Secretaría General |
Dirección General de Apoyo Parlamentario |
Comisión Permanente de la LIX Legislatura/Primer Receso del Primer Año de Ejercicio/Febrero 04,2004. |
2. INICIATIVAS
No. |
Iniciativa |
Origen |
Turno o Trámite |
Materia |
Propuesta |
1 |
Proyecto que abroga la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos. |
Congreso del Estado de Jalisco |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados. |
Tenencia/Uso de vehículos |
Abrogar la Ley del Impuesto Sobre Tenencia o uso de Vehículos. 1. Que las distorsiones que genera el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos afectan tanto los autos nuevos como los usados. En particular, los vehículos usados considerados de lujo en el año modelo de fabricación tienen una carga fiscal muy onerosa, que riñe con todo principio de equidad y proporcionalidad. En esos casos, la aplicación del impuesto a lo largo de los 10 años de vigencia que tiene la ley implica un tributo superior a 100 por ciento del valor del vehículo. 2. Es evidente que la recaudación con impuestos confiscatorios representa, al menos por un tiempo, mayores ingresos que con tributos equitativos que respeten la capacidad de pago del contribuyente, pero con el paso de los años se estimulan acciones de rechazo, protesta, contrabando de autos y corrupción, que contaminan la estructura impositiva y la asignación eficiente de recursos. Adicionalmente, el principio de equidad tributaria debe estar por encima de objetivos meramente recaudatorios. |
2 |
Con proyecto de decreto que reforma la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales, adicionando un artículo 50 bis, con la finalidad de que se usen los colores de la Bandera Nacional en su conjunto exclusivamente para identificar la Nación Mexicana. |
Congreso del Estado de Jalisco |
Se turnó a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados. |
Símbolos Patrios |
Adicionar un artículo 50 bis a la Ley Sobre el Escudo, la Bandera y el Himno Nacionales con el fin de: 1. Utilizar los colores de la Bandera Nacional en su Con - junto exclusivamente para identificar la nación mexicana. 2. Prohibir la utilización del Escudo, la Bandera y el Himno Nacional como logotipos, emblemas o identificadores de partidos y asociaciones políticas o religiosas, a fin de evitar su deformación, como puede ser la introducción de otros elementos, su mutilación o uso indebido, con fines y provecho particulares y puramente publicitarios, propagandísticos o de manipulación ideológica, religiosa, partidaria o sectaria. |
3 |
Con proyecto de Ley que reforma el artículo 333 de la Ley General de Salud. |
Congreso del Estado de Jalisco |
Se turnó a la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados. |
Trasplantes |
Instaurar las condiciones necesarias para el trasplante de órganos. Establecer en la Ley General de Salud que en el supuesto contrario a lo establecido por esta Ley, en cuestión de transplantes (para realizar trasplantes entre vivos, se deberá tener parentesco por consanguinidad, afinidad o civil, ser cónyuge, concubina o concubinatario del receptor en todos los casos a excepción del transplante de médula ósea), cada caso en particular deberá ser aprobado por el comité interno de trasplantes del establecimiento de salud que lleve a cabo la intervención. |
4 |
Con proyecto de decreto que reforma de la Ley General de Sociedades Cooperativas, a efecto de que sean incorporadas las cooperativas escolares de educación básica, en sus diversas modalidades, como el caso particular del Estado de Jalisco, en donde se denominan Centros de Atención y Servicio (CAS). |
Congreso del Estado de Jalisco |
Se turnó a las comisiones de Fomento Cooperativo y de Economía Social de la Cámara de Diputados. |
Sociedades Cooperativas |
Promover e instituir la creación del Acuerdo que Contempla la Figura y el Funcionamiento Legal de los Centros de Atención y Servicios (CAS) y/o Cooperativas Escolares de Educación Básica. |
5 |
Con proyecto de decreto que reforma los artículos 59 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de juicio ciudadano a representantes del Congreso de la Unión. |
Diputado Germán Martínez Cazares (PAN) |
Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados. |
Juicio Ciudadano |
Constituir las bases para la reelección de Senadores y Diputados para periodos legislativos inmediatos. 1. Establecer que los senadores titulares y suplentes que hubieren estado en ejercicio podrán ser electos para un periodo consecutivo, mientras que los diputados propietarios o suplentes se reelegirán hasta por tres periodos consecutivos. 2. Especificar que los senadores y diputados propietarios electos, no podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de suplentes. 3. Instaurar la reelección para el periodo inmediato de diputados propietarios a las legislaturas de los estados, o suplentes que hubieran estado en ejercicio, en los términos que señalen las constituciones de los estados. |
6 |
Con Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 3 fracción I, II y III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; adiciona una fracción XIII al artículos 7 y adiciona una fracción IV al artículo 8 de la Ley General de Educación. |
Suscrita por el Senador Elías Moreno Brizuela (PRD) y el Sen. Miguel Ángel Navarro Quintero (PRI) Sin intervención en tribuna. |
Se turnó a las comisiones unidas de Puntos Constitucionales, Educación y Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores. |
Nutrición |
Dedicar especial interés al aspecto nutricional en los programas educativos que imparte el Estado. 1. La educación que imparta el Estado fomentará el correcto comportamiento nutricional en el educando dotándolo de información necesaria para las correctas prácticas alimentarias. 2. Incluir la asignatura de Educación Nutricional en las estructuras curriculares de la educación pre-escolar, primaria, secundaria y de educación superior. 3. Reglamentar en los diferentes medios de comunicación la inclusión de mensajes visuales y auditivos que tengan incidencia en aspectos de salud. 4. Promover los convenios necesarios entre las Secretarías del Estado, involucradas en el aspecto educativo y las Entidades Públicas y Privadas relacionadas con la Salud Pública para tomar las medidas necesarias para su cumplimiento. 5. Conferir al educando la información necesaria establecida por el progreso científico y las Normas Oficiales Mexicanas de la Secretaría de Salud con el fin de llevar a cabo la correcta práctica alimentaria.
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7 |
Con proyecto de decreto por el que se reforma la denominación del Capitulo III del Título Décimo Segundo, así como los artículos 219, 220 y 301; y se adicionan los artículos 219 bis, 220 bis y 307 bis de la Ley General de Salud. |
Diputado Luis Antonio González Roldan (PVEM) |
Se turnó a la Comisión de Salud, de la Cámara de Diputados. |
Bebidas Cafeinadas |
Incluir en la Ley General de Salud, la definición de bebidas cafeinadas, así como su reglamentación. 1. Considerar bebidas cafeinadas aquellas que contengas una proporción mayor de 150 miligramos de cafeína por litro. 2. Implementar en los envases de las bebidas cafeinadas las siguientes leyendas: a) "El consumo reiterado de este producto es nocivo para la salud b) "Bebida Cafeinada" c) "Estimulante del sistema nervioso central". Todas en forma clara visible y destacada, y sin que se invoque o se haga referencia a alguna disposición legal. 3. Especificar que en ningún caso se podrá expender o suministrar bebidas cafeinadas a menores de edad. 4. Prohibir en los locales de consumo, la expedición de bebidas alcohólicas y cafeinadas de manera conjunta. 5. La publicidad de las bebidas cafeinadas será objeto de autorización por la Secretaría de Salud. 6. Implementar una serie de requisitos en el caso de la publicidad de bebidas cafeinadas. |