Secretaría General |
Dirección General de Apoyo Parlamentario |
Comisión Permanente de la LIX Legislatura/Primer Receso del Primer Año de Ejercicio/Marzo 03, 2004. |
A b) De las Legislaturas de los Estados
No. |
Origen |
Contenido |
Turno o Trámite |
1 |
Congreso del Estado de Aguascalientes |
Remite oficio, que contiene punto de acuerdo, para que se exhorte a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal para que en su programa de modernización de carreteras para el año 2004 se incluya la ejecución de la ampliación de cuatro carriles de la carretera Aguascalientes-Calvillo. Resolutivos: 1. Se exhorta a la Cámara de Diputados de H. Congreso de la Unión a que apruebe la asignación de los recursos necesarios para la ampliación a cuatro carriles de la carretera Aguascalientes-Calvillo, en el Estado de Aguascalientes. 2. Se exhorta al Titular de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes del Gobierno Federal a que en su programa de modernización de carreteras para el año 2004 se incluya la ejecución de la ampliación a cuatro carriles de la carretera Aguascalientes-Calvillo, en el Estado de Aguascalientes. |
Se turnó a la Comisión de Transportes de la Cámara de Diputados, para su conocimiento. |
2 |
Congreso del Estado de Baja California |
Remite oficio, que contiene punto de acuerdo, por el que se exhorta a la Cámara de Senadores a aprobar las reformas en materia de salud en relación con el genoma humano. Resolutivo Único: Se aprueba que este H. Congreso del Estado mediante oficio, realice un atento llamado al Senado de la República para que, en el ámbito de sus facultades, apruebe las importantes reformas que en materia de salud aprobó la Cámara de Diputados, por las cuales se crea el Instituto Nacional de Medicina Genómica y por las que se legisla en materia de salud "el genoma humano". |
Se turnó a las Comisiones de Salud y Seguridad Social, de Ciencia y Tecnología y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores. |
3 |
Congreso del Estado de Chihuahua |
Remite oficio, que contiene acuerdo, respecto a modificación y reestructuración de tarifas de energía eléctrica del 9 de agosto del 2003. Resolutivos: 1. La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado de Chihuahua, solicita respetuosamente a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la reforma del "Acuerdo que Autoriza la Modificación y Reestructuración a las Tarifas para Suministro y Venta de Energía Eléctrica"; que entró en vigor el 9 de agosto del 2003, a efecto de que, en el cálculo del límite de energía anual (LEA) para la aplicación de la tarifa 9-N, se conceda para todo el país un volumen de extracción de agua adicional del 40% en el 2004, y un 20% para el 2005, tomando como base el déficit de sobreexplotación de los acuíferos más críticos. 2. Remítase copia del presente acuerdo, así como de la iniciativa que le diera origen, al Honorable Congreso de la Unión, así como a las Secretarías de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; de Energía, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, todas ellas del Gobierno Federal, para su conocimiento y efectos conducentes. |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados, para su conocimiento. |
4 |
Congreso del Estado de Oaxaca |
Remite oficio, que contiene acuerdo, respecto al Punto de Acuerdo del Congreso del Estado de Colima, para abolir la Pena de muerte de nuestra Carta Magna. Resolutivo Único: La Quincuagésima Octava Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca se adhiere al acuerdo emitido por el Honorable Congreso del Estado de Colima, en virtud de que se debe abolir la pena de muerte de nuestra Carta Magna, considerando que la abolición de la pena de muerte contribuye a elevar la dignidad humana y desarrollar progresivamente los derechos humanos, y convencidos de que todas las medidas de abolición de dicha pena deberían ser consideradas un adelanto en el goce del derecho a la vida. Transitorio: El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación. Remítase copia del presente acuerdo al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Colima, al Honorable Congreso de la Unión y a la Secretaría de la Defensa Nacional, para su conocimiento y efectos correspondientes. |
Se turnó a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos de la Cámara de Diputaos. |
5 |
Congreso del Estado de Oaxaca |
Remite oficio, que contiene decreto, en el que se solicita a la Entidad Superior de Fiscalización de la Federación, se apegue a sus funciones de Acuerdo al Artículo 46 de la Ley de Coordinación Fiscal. Resolutivo Único: La Quincuagésima Octava Legislatura del Estado Libre y Soberano de Oaxaca manifiesta que la Entidad Superior de Fiscalización de la Federación apegue sus funciones a lo ordenado por el artículo 46, fracción III, de la Ley de Coordinación Fiscal federal, toda vez que resulta violatorio y se atenta contra la soberanía del Estado de Oaxaca pretender efectuar auditorías sin fundamento legal alguno, y en contravención a las disposiciones que se refieren al control, supervisión, vigilancia y fiscalización del manejo de dichos recursos por cada autoridad y cada nivel de gobierno que expresamente establece el ordenamiento antes citado para cada etapa que la misma Ley establece desde su presupuestación hasta su total erogación. Comuníquese el contenido de este acuerdo al Honorable Congreso de la Unión, así como al Titular del Ejecutivo Federal, Vicente Fox Quesada, a las Legislaturas de los Estados y a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, para que, de creerlo procedente, se adhieran al presente acuerdo. Transitorio: El presente acuerdo entrará en vigor el día de su aprobación, publíquese en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla. |
Se turnó a la Comisión de Vigilancia de la Auditoria Superior de la Federación de la Cámara de Diputados. |
6 |
Congreso del Estado de Tlaxcala |
Remite oficio, que contiene punto de acuerdo, en el que por el que se adhiere al punto de acuerdo del Congreso del Estado de Querétaro para exhortar al Titular del Poder Ejecutivo apoye al Instituto Mexicano de Tecnología del Agua. Resolutivos: 1. El Honorable Congreso del Estado de Tlaxcala apoya y se adhiere al punto de acuerdo emitido por la LIV Legislatura del Congreso del Estado de Querétaro, por el que solicitan exhortar al titular del Poder Ejecutivo Federal para que apoye las funciones, atribuciones y objeto del Instituto Mexicano de Tecnología del Agua (IMTA), impidiendo su desaparición como organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal. 2. Se haga del conocimiento por conducto de la Secretaría Parlamentaria de este Honorable Congreso del Estado el presente punto de acuerdo al Congreso de la Unión y a las Legislaturas de cada uno de los estados y la del Distrito Federal. |
Se turnó a la Comisión de Recursos Hidráulicos de la Cámara de Senadores. |
7 |
Congreso del Estado de Veracruz |
Remite oficio, que contiene decreto, por el que se crean los Municipios Libres de San Rafael y de Santiago Sochiapan del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Resolutivos: 1. Se crea el Municipio libre de San Rafael, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, al haberse satisfecho los requisitos que al efecto establece el artículo 6 de la Ley Orgánica del Municipio Libre. Será cabecera de este Municipio la actual congregación de San Rafael y quedará integrado, además de ésta, por las localidades siguientes: Ampliación Manuel Avila Camacho, Ampliación de Pavón, El Arenal, Arroyo Zarco, La Aurora, La Bacinica, Bella Esperanza, Buenos Aires, El Cabellal, Calle Chica, Calle Grande, Cementeras del Pital, El Cocal, La Chancla, Ejido Vega de San Marcos (Cuerillo), Emiliano Zapata, La Esperanza, El Faisán, Galvarino Barria Pérez, La Gloria, Guadalupe Victoria; El Guayabal, Héctor Barrientos, Ignacio Zaragoza (La Poza), La Isla, Isla de Santa Rosa, La Laguna, Lomas de Arena, Manuel Avila Camacho, Mata de Plátano, Melchor Ocampo, Nuevo Centro de Población Presidente Benito Juárez, Nuevo Faisán, El Ojite, Oro Verde, La Pajarera, Las Palmas, El Paraíso, Paso de Telaya, Los Pasos, La Pitahaya, El Pital, El Porvenir, Puente Casitas, Puntilla Aldama, Río Mar, La Rivera de Puntilla, San Lorenzo, Santa Adelaida, Santa Elena, Solteros, El Tablazo, Tepetates, Tinoco, Tres Bocas, Tres Encinos, Ursulo Galván, Vega de San Marcos, Zacatales y Zanjas de Arena, así como todas las localidades comprendidas en la poligonal correspondiente. 2. El Municipio de San Rafael tendrá una superficie total de veintinueve mil ciento catorce hectáreas, cuarenta y siete áreas y sesenta y cuatro centiáreas, y los límites siguientes: al norte y noreste, con el Municipio de Tecolutla; al oeste, con el Municipio de Martínez de la Torre; al sur, con el Municipio de Misantla; y al sur y sureste, con el Municipio de Nautla, de acuerdo con la circunscripción territorial determinada por las localidades señaladas en el artículo anterior, que se indican también en el plano que se encuentra agregado en el expediente respectivo. 3. Se designan para integrar el Concejo Municipal de San Rafael, que estará en funciones del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro, a los ciudadanos Germán Castagne Maitret, Presidente; Jaime Ramagnoli Piñera, vocal primero; y Estela Murillo Peralta, vocal segunda; y a los ciudadanos Emilio Ismael Prigadaá Millot, Genaro Faibre Collinot y Jaime Antonio Maasberg Collinot, como suplentes, respectivamente. 4. Comuníquese el presente decreto a los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado, a los organismos autónomos del Estado, al Honorable ayuntamiento de Martínez de la Torre, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los Poderes de la Unión, al Instituto Federal Electoral y al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, para los efectos legales procedentes. Transitorios Primero. El presente decreto iniciará su vigencia el primero de enero del año dos mil cuatro, previa publicación en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado, con excepción de lo dispuesto en su segundo transitorio, que entrará en vigor el día siguiente al de dicha publicación. Segundo. El Congreso del Estado proveerá lo necesario para expedir la Ley de Ingresos del Municipio de San Rafael, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2004. |
De enterado. . |
8 |
Congreso del Estado de Veracruz |
Remite oficio, que contiene decreto, por el que se crean los Municipios Libres de San Rafael y de Santiago Sochiapan del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Resolutivos: 1. Se crea el Municipio libre de Santiago Sochiapan, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, al haberse satisfecho los requisitos que al efecto establece el artículo 6 de la Ley Orgánica del Municipio Libre. Será cabecera de este Municipio la actual congregación de Xochiapa y quedará integrado, además de ésta, por las localidades siguientes: Alfredo V. Bonfil, Amatlán, Arenalito, Arroyo Colorado Cruz Verde, Arroyo de Hojas, Arroyo Santa María, Augusto Gómez Villanueva, Benito Juárez, Boca del Monte, Ejido Sergio Vera Cervantes, El Medellín (Rancho), El Paraíso, El Tauro, El Trébol, El Zapote, Emiliano Zapata, Ignacio Ramírez, La Ceiba Nueva, La Guadalupe, La Laguna, La Providencia, La Unión Progreso Tatahuicapa, Lázaro Cárdenas, Mundo Nuevo, Niños Héroes, Nuevo Boca del Monte (La Ceibita), Nuevo Ideal de Arriba, Nuevo Progreso Tatahuicapa, Puebla, Rancho Hermanos Uscanga, Rancho San Miguelito, Río Lalana, Rubén Ortiz, San Cristóbal, San Francisco de Asís (Margarito Montes Parra-Dante Delgado), San Gabriel de la Chinantla, Santa Margarita Yogopi, Santa Teresa, Tatahuicapa y Vista Hermosa, así como todas las localidades comprendidas en la poligonal correspondiente. 2. El Municipio de Santiago Sochiapan tendrá una superficie total de cuarenta mil cuarenta y cuatro hectáreas, diecinueve áreas y dieciocho centiáreas, y los límites siguientes: al norte y noreste, con el municipio de Playa Vicente; al oeste, con el Municipio de Playa Vicente; al sur y suroeste, con límite del Estado de Oaxaca, de acuerdo con la circunscripción territorial determinada por las localidades señaladas en el artículo anterior, que se indican también en el plano que se encuentra agregado en el expediente respectivo. 3. Se designan para integrar el Concejo Municipal de Santiago Sochiapan, que estará en funciones del primero de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cuatro, a los ciudadanos Jorge Méndez Martínez, Presidente; Virginia González Chávez, vocal primera; y Gelacio Ubieta Hernández, vocal segundo; y los ciudadanos Ernesto Pedro Vargas, Casimira Hernández Bonota y Francisco Prisciliano Martínez, como suplentes, respectivamente. 4. Comuníquese el presente decreto a los Poderes Ejecutivo y Judicial del Estado, a los organismos autónomos del Estado, al Honorable Ayuntamiento de Playa Vicente, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los Poderes de la Unión, al Instituto Federal Electoral y al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática, para los efectos legales procedentes. Transitorios Primero. El presente decreto iniciará su vigencia el primero de enero de dos mil cuatro, previa publicación en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado, con excepción de lo dispuesto en su segundo transitorio, que entrará en vigor el día siguiente al de dicha publicación. Segundo. El Congreso del Estado proveerá lo necesario para expedir la Ley de Ingresos del Municipio de Santiago Sochiapan, del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, correspondiente al Ejercicio Fiscal de 2004. |
De enterado. |