Secretaría General |
Dirección General de Apoyo Parlamentario |
Comisión Permanente de la LIX Legislatura/Primer Receso del Primer Año de Ejercicio/Marzo 10, 2004. |
9. EXCITATIVAS | IV. ASUNTOS NO ABORDADOS |
10. AGENDA POLÍTICA
No. |
Asunto |
Origen |
Estadística |
1 |
Comentarios sobre el Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, que incorpora "La Acción de Nulidad de Juicio Concluido". El Sen. David Jiménez González (PRI), señaló que la Procuraduría General de la República tenía razón al haber realizado una inclusión del capítulo XII al Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal; el Legislador Local, los asambleístas, cometieron sin lugar a dudas errores de carácter legislativo y errores de carácter jurídico y una falta total de técnica jurídica, al tratar de incorporar este Título Décimo Segundo Bis, la figura de "nulidad de juicio concluido" y en el artículo 737, que es la última parte de este Título Décimo Segundo Bis, establecer la figura del fraude procesal. Subrayó que en lo que se deben concentrar más es en fortalecer, en el caso del Distrito Federal, los órganos de gobierno y no tratar de predominar, por llamarlo de alguna manera, en el ejercicio de cada una de las competencias, atribuciones y funciones de los órganos, las disposiciones que pudieran encuadrar a los apetitos de carácter político o de poder público que se pudieran tener. Finalmente destacó que lo que deben hacer es dar una recomendación a la Asamblea de Representantes del Distrito Federal, para que ajuste dichos dispositivos y desde luego respeten la técnica jurídica que debe prevalecer en todo proceso legislativo. |
Senador David Jiménez González (PRI) |
PRI 1
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Subtotal: 1
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