Secretaría General |
Dirección General de Apoyo Parlamentario |
Primer Periodo Ordinario del Primer Año de Ejercicio de la LIX Legislatura/Octubre 23, 2003. |
5. MINUTAS |
6. DICTAMEN A DISCUSIÓN
No. |
Origen |
Dictamen |
Turno o Trámite |
Intervenciones |
Estadística |
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1 |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo segundo transitorio a los artículos 30, 32 y 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de marzo de 1997. Proceso Legislativo: 1. Iniciativa presentada por el Congreso del Estado de Jalisco en sesión de la Comisión Permanente del 5 de marzo de 2003, de la LVIII Legislatura. 2. Dictamen presentado en la Cámara de Senadores el 25 de marzo de 2003 y aprobado por 97 votos en pro y 0 en contra. 3. Minuta presentada en sesión de la Cámara de Diputados del 27 de marzo de 2003. 4. Iniciativa del Congreso del Estado de Michoacán, presentada al Pleno en la Sesión del día 1° de abril de 2003, de la LVIII Legislatura. 5. Dictamen de Primera Lectura el 21 de octubre de 2003. Materia: Constitucional/Doble Nacionalidad Resolutivo Único: Se reforma el artículo segundo transitorio del decreto de reformas a los artículos 30, 32 y 37 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veinte de marzo de 1997, para quedar como sigue: 1. ... 2. Quienes hayan perdido su nacionalidad mexicana por nacimiento, por haber adquirido voluntariamente una nacionalidad extranjera y si se encuentran en pleno goce de sus derechos, podrán beneficiarse de lo dispuesto en el artículo 37, apartado A), Constitucional previa solicitud que hagan a la Secretaría de Relaciones Exteriores, en cualquier tiempo. 3. … 4. … 5. … Transitorio Único. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. |
a) En votación económica se le dispensó la lectura. b) En votación económica se consideró suficientemente discutido en lo general y en lo particular. b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal, por 386 votos en pro, 37 en contra y 16 abstenciones. c) Se turnó a las Legislaturas de los Estados, para sus efectos constitucionales. |
Para fundamentar el dictamen a nombre de la Comisión: Dip. Arturo Nahle García Para el mismo tema: Dip. Pedro Vázquez González Dip. Luis Antonio González Roldán (PVEM) Dip. Jesús Porfirio González Schmal Dip. Álvaro Alías Loredo Dip. Jesús Lomelí Rosas (PRI) Para hechos: Dip. Alfredo Del Mazo González (PRI) |
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Subtotal: 7
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5. MINUTAS |