Secretaría General |
Dirección General de Apoyo Parlamentario |
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SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO |
SESIÓN N° 4/ Febrero 10, 2005. |
5. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA
No. |
Origen |
Dictamen |
Turno o Trámite |
1 |
Comisión de Juventud y Deporte |
Con proyecto que adiciona el artículo 99 de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Dip. Fernando Espino Arévalo (PVEM) en sesión Ordinaria del 14 de Septiembre del 2004. Nota: - Esta iniciativa es presentada adicionando un artículo 104 bis y modificada al artículo 99 de la Ley General de Cultura Física y Deporte. Matería: Deporte Propuesta: Establecer que la CONADE promueva y gestione la constitución de fideicomisos destinados al otorgamiento de un reconocimiento económico vitalicio, a los deportistas que en representación oficial obtengan o hayan obtenido una o más medallas en Juegos Olímpicos o Paralímpicos. Determinar que la CONADE rija los criterios y bases para el otorgamiento y monto de la beca a que se harán acreedores los beneficiados por los fideicomisos creados para reconocimiento a medallistas Olímpicos y Paralímpicos. |
Quedó de Primera lectura. |
2 |
Comisión de Salud |
Con proyecto por el que se reforman los artículos 234 y 245 de la Ley General de Salud. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Dip. José Ángel Córdova Villalobos (PAN) en Sesión Ordinaria del 28 de septiembre de 2004. Materia: Salud. Propuesta: 1. Presenta el término "estupefacientes". 2. Describe el término "substancias psicotrópicas" y las clasifica en cinco grupos los cuales detalla. 3. Señala que las sustancias consideradas como estupefacientes y psicotrópicas serán determinadas mediante las disposiciones de carácter general que emita el Consejo de Salubridad General mediante su publicación en el Diario Oficial de la Federación. |
Quedó de Primera lectura. |
3 |
Comisión de Salud |
Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 195, 201, 210, 258, 264, 286 Bis y 370 de la Ley General de Salud. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Dip. José Ángel Córdova Villalobos (PAN) en Sesión Ordinaria del 28 de septiembre de 2004. Materia: Salud. Propuesta: 1. Señala que los insumos para la salud serán normados por la Farmacopea Mexicana (FEUM). 2. Crea la Comisión Permanente de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos que será un órgano técnico asesor con el fin de actualizar la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos mediante acuerdos de colaboración que celebre con la Secretaría de Salud, a través de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios. 3. Señala que la Secretaría de Salud, determinará los tipos de establecimientos dedicados al proceso de los Productos y Servicios de Importación y Exportación que deberán efectuar su control interno con base en las normas oficiales mexicanas o las disposiciones aplicables que al efecto se expidan. 4. Precisa que los productos o actividades médicas que los establecimientos manipulen, así como el proceso, uso y mantenimiento de equipos médicos y agentes, deban sujetarse a la última edición de la Farmacopea. 5. Determina que en caso de incumplimiento de lo establecido en los reglamentos, normas oficiales mexicanas, las demás disposiciones generales que emita la Secretaría de Salud, o de las aplicables de la Farmacopea de los Estados Unidos Mexicanos, las autorizaciones sanitarias serán revocadas. |
Quedó de Primera Lectura. |
4 |
Comisión de Salud |
Con proyecto de decreto que se reforma los artículos 420 y 421 y adiciona el artículo 414 Bis a la Ley General de Salud. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Dip. María Cristina Díaz Salazar (PRI) en sesión Ordinaria del día 14 de octubre del 2004. Matería: Salud Propuesta: Señalar que será procedente la acción de aseguramiento prevista en el artículo 414 como medida de seguridad, para el caso de que se comercialicen productos y mercancías que indebidamente hubieren sido publicitados o promovidos como medicamentos o a los cuales se les hubiera atribuido cualidades o efectos terapéuticos, presentándolos como una solución definitiva en el tratamiento preventivo o rehabilitatorio de un determinado padecimiento, no siendo medicamentos y sin que los mismos cuenten con registro sanitario para ser considerados como tales. Establecer que en caso de que se actualice el supuesto previsto en el párrafo anterior, la medida de seguridad se aplicará respecto de los productos que tenga almacenados el fabricante, así como de los que se encuentren en poder de distribuidores, comercializadores o comerciantes para efectos de su venta al público. |
Quedó de Primera lectura. |
5 |
Comisión de Salud |
Con proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción VIII Bis al artículo 5 de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por la Dip. María Cristina Díaz Salazar (PRI) en Sesión Ordinaria del 7 de diciembre de 2004. Materia: Salud. Propuesta: Incluye al Instituto Nacional de Rehabilitación dentro de los organismos descentralizados considerados como Institutos Nacionales de Salud. |
Quedó de Primera lectura. |