Secretaría General |
Dirección General de Apoyo Parlamentario |
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SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO |
SESIÓN N° 5/ Febrero 15, 2005. |
b) De reincorporación de CC. Diputados | 3. COMPARECENCIA DEL LIC. SANTIAGO CREEL MIRANDA, SECRETARIO DE GOBERNACIÓN. |
2. LECTURA DEL ACUERDO EN RELACIÓN AL FORMATO DE LA COMPARECENCIA
No. |
Asunto |
1 | El Dip. Antonio Morales De la Peña Secretario de la Mesa Directiva, dio lectura al Acuerdo de la Junta de Coordinación Política, relativo al formato de la Comparecencia del Licenciado Santiago Creel Miranda, Secretario de Gobernación del Poder Ejecutivo Federal, ante el Pleno de la Cámara de Diputados, aprobado el 10 de febrero de 2005. Resolutivos: Primero: La comparecencia del titular de la Secretaría de Gobernación para informar sobre aspectos relativos a la Seguridad Nacional, la Política Interior, la Reforma del Estado y la Agenda Legislativa del Ejecutivo Federal para el Segundo Periodo del Segundo Año de Ejercicio de la LIX Legislatura, se desarrollará conforme a lo siguiente: a) El orden de intervención de las diputadas y diputados en la comparecencia a la que se refiere el presente acuerdo será el siguiente: Grupo Parlamentario del Partido Convergencia; Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo; Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México; Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática; Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional; Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional; Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional. b) En primer término, los Grupos Parlamentarios formularán sus cuestionamientos hasta por 8 minutos; c) El funcionario compareciente dispondrá de 8 minutos para responder a cada uno de los cuestionamientos que en su momento le hicieren los Grupos Parlamentarios; d) Acto seguido, los Grupos Parlamentarios tendrán derecho de réplica hasta por 5 minutos. Segundo: Hágase del conocimiento del titular de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 22, párrafo 2, de la Ley Orgánica del Congreso General. Tercero: Publíquese en la Gaceta Parlamentaria. |