Secretaría General |
Dirección General de Apoyo Parlamentario |
Comisión Permanente de la LIX Legislatura/Segundo Receso del Primer Año de Ejercicio/Agosto 11, 2004. |
12. INICIATIVAS
No. |
Iniciativa |
Origen |
Turno o Trámite |
Materia |
Propuesta |
1 |
Con Proyecto de decreto que reforma el párrafo segundo de la fracción VIII del apartado A del artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Congreso del Estado de Puebla |
Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados. |
Constitucional / Autonomía Estatal |
Fortalecer en el ordenamiento constitucional los derechos colectivos y culturales de los pueblos indígenas. Otorgar a los pueblos y comunidades indígenas el derecho de tener voz y representación como sujetos de derecho público. |
2 |
Con Proyecto de decreto que adiciona un nuevo primer párrafo al artículo 12, recorriéndose los subsecuentes, y reforma el primer párrafo del articulo 19, ambos de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
Senador Carlos Chaurand Arzate (PRI) |
a) Se turnó a la Comisión de Justicia y Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores. b) Se instruyó su publicación en el Diario de los Debates. |
Amparo |
Establecer que los órganos legislativos puedan ocurrir a juicio mediante representación de sus titulares de las oficinas de asuntos jurídicos, cuando estas posean el carácter de autoridades ordenadoras respecto de los actos que se reclamen. 1. Señalar que los órganos legislativos federales, de los Estados y del Distrito Federal, puedan ser representados en juicio por conducto de los titulares de sus respectivas oficinas de asuntos jurídicos o representantes legales, en tanto tengan el carácter de autoridades ordenadoras respecto de los actos que se les reclamen. 2. Determinar que las autoridades responsables que tengan el carácter de ejecutoras no puedan ser representadas en juicios de amparo, pero sí podrán acreditar delegados que concurran a las audiencias, rindan pruebas, aleguen y efectúen promociones. |
3 |
Con Proyecto de decreto de reforma al artículo 122 y adición de un tercer párrafo al artículo 571 de la Ley de Vías Generales de Comunicación. |
Diputado Jorge Uscanga Escobar (PRI) |
Se turnó a la Comisión de Comunicaciones y Seguridad Pública de la Cámara de Diputados. |
Penal |
Facultar al Ministerio Público como autoridad competente para solicitar y recibir información de las empresas generales de vías de comunicación. Señalar que la petición que haga el Ministerio Público para recibir información deba desahogarse en un plazo de 24 horas cuando se investiguen delitos de delincuencia organizada, secuestro ó persona detenida. Asimismo, los concesionarios o permisionarios que no atiendan los requerimientos de información que les formulen las autoridades competentes, sean sancionados con multas de quinientos a mil días de salario mínimo general vigente. |
4 |
Con Proyecto de decreto que adiciona un párrafo al artículo 49 de la Ley de Instituciones de Crédito, para regular las comisiones por servicios a usuarios de la banca.
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Diputado Jesús Emilio Martínez Álvarez (Convergencia) |
Se turnó a la Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados. |
Bancario |
Modificar el Marco Jurídico, a fin de que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como el Banco de México regulen el cobro de comisiones a usuarios por los servicios de la Banca. Establecer que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y Banco de México establezcan las comisiones, cargos y cuotas que habrán de regir los servicios y usos bancarios, atendiendo para ello la opinión de la Comisión Federal de Competencia y la media internacional de costo de diversos servicios bancarios. |
5 |
Con Proyecto de decreto que reforma los artículos 259 y 267 de la Ley del Seguro Social y el artículo 152 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con el objeto de modificar la forma en que se designa a los directores generales de ambos institutos; así como los criterios para la integración de sus |
Diputado Omar Ortega Álvarez (PRD) A nombre del Diputado Iván García Solís (PRD) |
Se turnó a la Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados. |
Seguridad Social |
Señalar que el Ejecutivo designe a los directores generales del Instituto Mexicano del Seguro Social y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, la cual deba ser ratificada por la Cámara de Diputados por las dos terceras partes de sus miembros presentes, con el objeto garantizar mayor representatividad, profesionalismo e idoneidad de quienes desempeñen tales cargos. 1. Disponer que el Ejecutivo Federal establezca las bases para determinar, con criterios de pluralidad y representatividad, las organizaciones de trabajadores y de patrones que deban intervenir en la designación de los miembros de la Asamblea General, del Consejo Técnico y de la Comisión de Vigilancia del IMSS. 2. Precisar que los Directores Generales del Seguro Social e Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, deban ser nombrados por el Presidente de la República y ratificados por la Cámara de Diputados en votación de las dos terceras partes de sus miembros presentes. |