No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Energía para el Campo y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Publicación en GP: Anexo II 05 de noviembre de 2015. |
Dip. Alex Le Baron González (PVEM)* |
Comisiones Unidas de Energía, y de Gobernación, para dictamen. |
Facultar a la SAGARPA en coordinación con la Secretaría de Energía, para establecer los precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios, considerando las condiciones económicas y sociales prevalecientes en el ámbito nacional e internacional. Prever que la solicitud de cuota energética deberá hacerse por cada sitio productivo y será determinada y entregada por la SAGARPA a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a más tardar el 30 de junio de cada año, para que ésta a su vez la incluya en el presupuesto que el ejecutivo entrega al legislativo. |
2 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Publicación en GP: Anexo IV 27 de octubre de 2015. |
Dip. Gianni Raúl Ramírez Ocampo (PRI) |
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Precisar los conceptos de Cédula Única de Discapacidad y de Registro Nacional de Personas con Discapacidad. Establecer el derecho a poseer la Cédula y formar parte del Registro. Facultar al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia para expedir la Cédula y llevar el Registro. Determinar las funciones del Registro Nacional de Personas con Discapacidad y establecer la obligación de las instituciones de salud pública y privada, de notificar al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, del nacimiento de niñas o niños que hayan nacido con alguna discapacidad, a fin conformar el Registro Nacional de Personas con Discapacidad, y establecer políticas públicas para las personas discapacitadas desde su nacimiento. |
3 |
Que expide la Ley Federal de Consulta a los Pueblos y Comunidades Indígenas. Publicación en GP: Anexo II 04 de noviembre de 2015. |
Dip. Juan Alberto Blanco Zaldívar (PAN) |
Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión |
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de establecer los lineamientos que garanticen a los pueblos y comunidades indígenas el derecho de consulta para dar cumplimiento a las disposiciones establecidas en el artículo 2 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los tratados internacionales en la materia de los que México sea parte. |
4 |
Que reforma el artículo 17 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Publicación en GP: Anexo IV. 15 de octubre de 2015. |
Dip. Erika Irazema Briones Pérez (PRD) |
Comisión de Igualdad de Género, para dictamen. |
Implementar diversas acciones a cargo de los tres órdenes de gobierno a fin de garantizar a las mujeres la erradicación de la violencia, como son: transporte público una forma segura; identificar los actos constitutivos de delito; crear un banco de datos sobre las órdenes de protección y de las personas sujetas a ellas. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de las Leyes de Vivienda, de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, y General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Publicación en GP: Anexo II 04 de noviembre de 2015. |
Dip. Juan Manuel Celis Aguirre (PVEM) |
Comisiones Unidas de Vivienda, y de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Ley de Vivienda: Convenir lo que se entiende por vivienda adaptada. Incluir dentro de los lineamientos de la ley el promover que los proyectos urbanos y arquitectónicos de vivienda, así como sus procesos productivos y la utilización de materiales se adecuen a los rasgos culturales y locales para procurar su identidad y diversidad; así como a las condiciones y necesidades físicas de las personas adultas mayores y personas con discapacidad. Establecer como uno de los elementos del Programa Nacional de Vivienda las estrategias y líneas de acción para facilitar el acceso al financiamiento público y privado para construcción y mejoramiento de vivienda para pueblos y comunidades rurales indígenas; así como para la adaptación de la misma, de acuerdo con las condiciones y necesidades físicas de sus habitantes. Incluir en las tareas de la Comisión Nacional de Vivienda el establecer vínculos institucionales, convenios de asistencia técnica, innovación arquitectónica y tecnológica e intercambio de información con gobiernos nacionales y organismos nacionales e internacionales, en coordinación con las autoridades competentes. Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores: Establecer como tarea que corresponde a las instituciones públicas de vivienda de interés social, garantizar las acciones necesarias a fin de concretar programas de vivienda que permitan a las personas adultas mayores la obtención de créditos accesibles para adquirir una vivienda propia o remodelarla y adaptarla en caso de ya contar con ella. Incluir a la Comisión Nacional de Vivienda dentro del Consejo Directivo del INAPAM. Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad: Asentar que los programas de vivienda del sector público o sector privado deberán incluir proyectos arquitectónicos de construcciones que consideren sus necesidades de accesibilidad. Las instituciones públicas de vivienda otorgarán facilidades para recibir créditos o subsidios para la adquisición, redención de pasivos y construcción, remodelación o adaptación de vivienda. Incluir a la Comisión Nacional de Vivienda en el Consejo Nacional para el Desarrollo y la Inclusión de las Personas con Discapacidad. |
6 |
Que expide la Ley de Amnistía, en favor de los sentenciados por delitos relacionados con el consumo o posesión de Cannabis Sativa, Índica o Marihuana. Publicación en GP: Anexo II 05 de noviembre de 2015. |
Dip. Jorge Álvarez Maynez (MC) A nombre propio y del Dip. Víctor Manuel Sánchez Orozco (MC) |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Crear un ordenamiento jurídico que decreta la amnistía en favor de quienes se haya ejercitado o pudiere ejercitarse acción penal ante los tribunales del orden federal, por los delitos cometidos con motivo del consumo o posesión de cannabis sativa, índica y americana o marihuana, así como el psicotrópico “tetrahidrocannabinol” y sus variantes estereoquímicas. Conceder los mismos beneficios a quienes se encuentren sustraídos de la acción de la justicia. |
7 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. Publicación en GP: Anexo II 05 de noviembre de 2015. |
Dip. Abdies Pineda Morín (PES) |
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Incluir el concepto de “Progresividad” como la obligación del Estado de generar una mayor y mejor protección y garantía de los derechos de las personas con discapacidad y considerar el principio de progresividad en las políticas públicas. Brindar facilidades administrativas para la constitución de organismo integrados por personas con discapacidad. Atribuir a la Secretaria de Salud la atención prioritaria a los adultos mayores con discapacidad. Elaborar un padrón nacional de asistencia pública y privada en la prestación de los servicios dirigidos a las personas con discapacidad para procurar su plena inclusión. |
8 |
Que reforma el artículo 130 de la Ley del Seguro Social. Publicación en GP: Anexo III 27 de octubre de 2015. |
Dip. Óscar Valencia García (PRI) A nombre propio y de los Diputados Álvaro Rafael Rubio y Edith Yolanda López Velasco (PRI) |
Comisión de Seguridad Social, para dictamen. |
Aplicar el derecho a la pensión de viudez en los mismos términos para el viudo o concubinario de la trabajadora asegurada o pensionada por invalidez. |
9 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta y de la Ley de Coordinación Fiscal. Publicación en GP: Anexo II 05 de noviembre de 2015. |
Dip. J. Apolinar Casillas Gutiérrez (PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Ley del Impuesto sobre la Renta: Posibilitar que los contribuyentes puedan optar por pagar el impuesto sobre la renta en el régimen de incorporación fiscal, RIF, o reincorporarse al régimen de los pequeños contribuyentes. Dar Impulso administrativo y capacitación a los pequeños contribuyentes. Establecer la obligación de que la autoridad fiscal envíe cartas informativas a los contribuyentes cuando se implementen cambios. Permitir que los adquirientes de negocios, activos, gastos y cargos diferidos, puedan decidir el régimen en que deseen tributar. Ley de Coordinación Fiscal: Permitir que las autoridades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, participen al 100 por ciento de la recaudación que se obtenga del impuesto sobre la renta que se entere a la federación, correspondiente al Fondo de Compensación del Régimen de Pequeños Contribuyentes. |
10 |
Que adiciona el artículo 2o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. Publicación en GP: Anexo III 06 de octubre de 2015. |
Dip. Victoriano Wences Real (PRD) |
Comisión de Asuntos Indígenas, para dictamen. |
Consultar a los pueblos indígenas sobre diversos proyectos que pretendan modificar el entorno de las comunidades indígenas. |
11 |
Que adiciona el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo II 05 de noviembre de 2015. |
Dip. Eduardo Francisco Zenteno Núñez (PVEM) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Facultar a los municipios, en los términos de las leyes federales y estatales relativas, para elaborar y mantener actualizados sus propios planes y programas en materia de protección civil. |
12 |
Que reforma los artículos 7o. y 48 de la Ley General de Educación. Publicación en GP: Anexo II 04 de noviembre de 2015. |
Dip. María Elena Orantes López (MC) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen. |
Establecer dentro de los fines de la educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial, el promover mediante la enseñanza el conocimiento de la pluralidad lingüística de la Nación, el respeto a los derechos lingüísticos de los pueblos indígenas y la perspectiva pluricultural de nuestra nación. Asentar que los ayuntamientos, electos mediante usos y costumbres, podrán proponer a las autoridades educativas locales y al Consejo Estatal Técnico de Educación, la incorporación conceptos, materias, métodos y materiales de enseñanza en los planes y programas de estudio, siempre que no contravengan leyes mexicanas vigentes y que estén relacionados con la reafirmación la esencia pluricultural de nuestra nación. |
13 |
Que reforma el artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo II 05 de noviembre de 2015. |
Dip. Melissa Torres Sandoval (PES) A nombre del Dip. Alejandro González Murillo (PES) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Crear la Comisión ordinaria de “Familia” en la Cámara de Diputados. |
14 |
Que reforma los artículos 108 y 110 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo III 27 de octubre de 2015. |
Dip. Julio Saldaña Morán (PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen |
Considerar al Presidente de la República como servidor público, establecer su responsabilidad por violaciones a la Constitución y a las leyes federales, por el manejo y aplicación indebidos de fondos y recursos federales, y podrá ser acusado por faltas administrativas graves, actos de corrupción, daño patrimonial al Estado y por conflicto de intereses. Incluir al Presidente de la República como sujeto de juicio político. |
15 |
Que reforma el artículo 32 de la Ley General de Asentamientos Humanos. Publicación en GP: Anexo II 04 de noviembre de 2015. |
Dip. Delia Guerrero Coronado (PRI) |
Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial, para dictamen. |
Establecer en la legislación estatal de desarrollo urbano, las disposiciones para la regulación de los estacionamientos, la cual deberá contemplar, al menos, las tarifas aplicables a los estacionamientos públicos, la gratuidad del servicio para los clientes de centros comerciales y garantizar condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad y cuestiones que atiendan al interés público. |
16 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Publicación en GP: Anexo II 06 de octubre de 2015. |
Dip. Luis Gilberto Marrón Agustín (PAN) |
Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen. |
Fiscalizar las participaciones federales con motivo de: el ejercicio de las atribuciones de la Auditoría Superior de la Federación; la fiscalización de la Cuenta Pública; y la revisión del Programa para la Fiscalización del Gasto Federalizado. |
17 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Publicación en GP: Anexo II. 29 de septiembre de 2015. |
Dip. Claudia Sofía Corichi García (MC)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer que el patrón que otorgue previsión social a sus trabajadores, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 7, párrafo quinto, podrá acceder a un crédito en razón del 53 por ciento del impuesto sobre la renta a los recursos destinados a previsión social en el ejercicio fiscal de que se trate. |
18 |
Que reforma el artículo 6o. de la Ley General de Educación. Publicación en GP: Anexo II 04 de noviembre de 2015. |
Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC)* |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen. |
Establecer que el servidor público que impida o condicione la prestación del servicio educativo a los educandos, condicione la inscripción, el acceso a la escuela, la aplicación de evaluaciones o exámenes, la entrega de documentación a los educandos o afectar en cualquier sentido la igualdad en el trato a los alumnos, al pago de contraprestación alguna, cometerá el delito de abuso de autoridad y le serán aplicadas las sanciones previstas en el Código Penal Federal. |