1.   OFICIOS

 

2.   OFICIOS RELATIVOS AL PAQUETE ECONÓMICO

 

3.   COMUNICACIÓN RELATIVA A CAMBIOS DE CONSEJEROS ANTE EL CONSEJO GENERAL DEL INE

 

4.   ACUERDOS DE ÓRGANOS DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

5.   INICIATIVAS RELATIVAS AL PAQUETE ECONÓMICO

 

6.   ANÁLISIS DEL TERCER INFORME DE GOBIERNO, EN MATERIA DE POLÍTICA ECONÓMICA

 

7.   PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

 

8.   PROPOSICIÓN

 

9.   AGENDA POLÍTICA

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 05

   

 

 

 

4.     ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

No.

ACUERDO

TRÁMITE

1

Por el que se crea el Comité de Administración de la Cámara de Diputados de la Sexagésima Tercera Legislatura.

 

Acuerdo:

PRIMERO.- El Comité de Administración tiene por objeto brindar apoyo a la Junta de Coordinación Política, en todo lo relacionado con las atribuciones administrativas que la normatividad le asigna.

Con ese carácter, podrá elaborar resoluciones, acuerdos, normas, políticas y lineamientos; formulará el anteproyecto anual del presupuesto de egresos de la Cámara y supervisará todo lo relativo con su ejercicio, control y evaluación; vigilará y autorizará los asuntos referentes a los recursos humanos, materiales, financieros y técnicos de la Cámara, incluidos aquellos relacionados con prerrogativas, apoyos y subvenciones de los grupos parlamentarios, apoyos a las comisiones y a los comités, y los que, en su caso, correspondan a los diputados.

El Comité participará en la supervisión de obras y servicios de cualquier naturaleza, viajes nacionales y viáticos, y demás facultades que le asigne la Junta de Coordinación Política.

Asimismo, el Comité de Administración promoverá la instauración de mejores prácticas administrativas en la Cámara.

La Junta de Coordinación Política ordenará al Comité de Administración sobre asuntos de su atención, mismos que resolverá mediante acuerdos específicos y de cuyo cumplimiento informará formalmente a la Junta.

SEGUNDO.- El Comité propiciará las acciones necesarias para el cabal cumplimiento del Reglamento para la Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, y de cualquier otro ordenamiento que fortalezca el desempeño y la rendición de cuentas de la Cámara, en estrecha coordinación, en lo procedente, con la Auditoria Superior de la Federación.

TERCERO.- El Comité de Administración se integrará por dos diputados de cada grupo parlamentario, designados por su respectivo coordinador, el primero con carácter de titular, el segundo de sustituto. Este último podrá acudir a las sesiones de trabajo, con derecho de voz, pero sólo ejercerá el voto cuando no asista el titular.

Cada coordinador podrá solicitar la sustitución de un miembro de su grupo parlamentario, en los términos previstos por el artículo 44, numeral 2, de la Ley Orgánica.

CUARTO.- El Comité de Administración quedará integrado por los siguientes diputados:

TITULAR

SUPLENTE

GRUPO

PARLAMENTARIO

Dip. Nancy Guadalupe Sánchez Arredondo

Dip. Georgina Trujillo Zentella

PRI

Dip. Marisol Vargas Bárcena

Dip. José Antonio Salas Valencia

PAN

Dip. Miriam Tinoco Soto

Dip. Fidel Calderón Torreblanca

PRD

Dip. José Antonio Arévalo González

Dip. José Refugio Sandoval Rodríguez

PVEM

Dip. Alicia Barrientos Pantoja

Dip. Roberto Alejandro Cañedo Jiménez

MORENA

Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich

Dip. Mirza Flores Gómez

MOVIMIENTO CIUDADANO

Dip. Jesús Rafael Méndez Salas

Dip. María Luisa Gutiérrez Santoyo

NUEVA ALIANZA

Dip. Melissa Torres Sandoval

Dip. Ana Guadalupe Perea Santos

ENCUENTRO SOCIAL

QUINTO.- A las reuniones del Comité de Administración concurrirá el Secretario General de la Cámara, con voz pero sin voto, acompañado del secretario de Servicios Administrativos y Financieros y, en su caso, de los funcionarios que requieran los temas a tratar.

Para los efectos de suplencia del Secretario General en las reuniones del Comité de Administración, se estará a lo dispuesto por el artículo 52, numeral 2, inciso a) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

SEXTO.- El Comité de Administración será presidido, anualmente, por el diputado perteneciente al grupo parlamentario de quien presida la Junta.

SÉPTIMO.- El presidente tendrá facultades para convocar a las reuniones del Comité. Serán reuniones ordinarias aquellas que tengan por objeto dar seguimiento a los asuntos programados; serán extraordinarias cuando por su urgencia o relevancia deba resolverse sobre asuntos que así se consideren. Las reuniones ordinarias deberán celebrarse por lo menos una vez al mes, mediante citatorio escrito remitido con una anticipación mínima de cuarenta y ocho horas; el citatorio para las extraordinarias será igualmente por escrito y, en ambos casos, se deberá contar con el acuse de recibo correspondiente. A las reuniones extraordinarias se convocará con la mayor antelación posible a la fecha de su celebración. Los citatorios deberán consignar el orden del dia correspondiente.

En caso de que el presidente no convoque a la sesión ordinaria prevista, o a una extraordinaria solicitada, éstas podrán realizarse mediante la convocatoria de por lo menos tres miembros del Comité.

El Comité de Administración no podrá sesionar sin la concurrencia de los representantes de los grupos parlamentarios que, en conjunto, representen más de 250 votos, conforme al criterio de voto ponderado, acreditándose con los acuses de recibo de que todos los integrantes fueron convocados y conocieron los acuerdos respectivos.

OCTAVO.- Para el mejor desahogo de sus tareas, el Comité contará con un secretario técnico, quien preparará los documentos necesarios para las reuniones, levantará el acta correspondiente, llevará el registro de los acuerdos que se adopten, les dará el seguimiento y realizará las demás acciones que el Comité de Administración le instruya.

NOVENO.- El Comité de Administración procurará tomar sus decisiones por consenso; en caso de no lograrse éste, las adoptará por mayoría absoluta, mediante el sistema de voto ponderado, según el cual un diputado representa tantos votos como integrantes tenga su grupo parlamentario.

DÉCIMO.- El Comité actuará conforme a un programa de trabajo anual que será aprobado por la Junta de Coordinación Política, dentro de los primeros 30 días de cada año de ejercicio constitucional. Para el primer año de la Legislatura, el plazo será de 60 días. El Comité informará a la Junta, se manera mensual, sobre el avance en el cumplimiento de dicho programa.

DÉCIMO PRIMERO.- El Comité tendrá la facultad para determinar su propia organización y funcionamiento, así como los recursos que requiera para cumplir con su responsabilidad.

De igual forma, el Comité de Administración, para cumplir las facultades que le han sido asignadas, podrá organizarse en subcomités o crear los grupos de trabajo que estime conveniente, definiendo la integración y las tareas específicas de los mismos.

DÉCIMO SEGUNDO.- En términos de lo previsto por el artículo 62 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 47, 49, 50 y 52 del Reglamento para la Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Cámara de Diputados, la Secretaría General publicará las actas y los acuerdos adoptados por el Comité de Administración.

DÉCIMO TERCERO.- Lo no previsto en el presente acuerdo será resuelto por la Junta de Coordinación Política, que podrá revocar los acuerdos tomados por el Comité de Administración.

a)  Aprobado en votación económica

b) Comuníquese.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

10 de septiembre de 2015.

2

Por el que se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que considere la instalación de una mesa de trabajo con el Gobierno del estado de Guerrero y una comisión plural de diputados, a efecto de reprogramar la calendarización de las ministraciones de los recursos de los fondos de aportaciones federales para dicho estado

 

Acuerdo:

ÚNICO.- Se exhorta a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para que considere la instalación de una mesa de trabajo con el Gobierno del Estado de Guerrero y una comisión plural de diputados, a efecto de reprogramar la calendarización de las ministraciones de los recursos de los fondos de aportaciones federales para dicho estado, a que se refiere el acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de diciembre de 2014.

a)  Aprobado en votación económica

b) Comuníquese.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

10 de septiembre de 2015.

 

 

 

 

 

    Regresar  

 

 

Inklusion
Loading