1.   COMUNICACIONES

 

a) De CC. Diputados.

 

b) De Coordinador de Grupo Parlamentario.

 

2.   CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO

 

3.   ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

4.   INICIATIVAS

 

5.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

 

Con proyecto de decreto.

 

6.   PROPOSICIÓN

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 24

   

 

 

 

 

4.  INICIATIVAS

 

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

27 de octubre de 2015.

Diputado Alejandro Armenta Mier

(PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Gobernación, para opinión

Integrar la Cámara de Diputados con 100 diputados electos según el principio de representación proporcional.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Desarrollo Social, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

11 de noviembre de 2015.

Diputada

María del Rosario Rodríguez Rubio

(PAN)

Comisiones Unidas de Desarrollo Social, y de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

Crear el padrón único de beneficiarios e incluir a las personas atendidas por los programas de desarrollo social federales,  estatales y municipales. Obligar a las dependencias y organismos de la administración pública federal, entidades federativas y municipios, a proporcionar a la Secretaría de Desarrollo Social la información para integrar sus padrones. Precisar los rubros del padrón único y prohibir la utilización de la información o documentación de los padrones con fines de promoción de un servidor público o partido político, con fines electorales, comerciales o índole distinta a su objeto. Requerir la adscripción al padrón único para el otorgamiento de subsidio. Procesar la información concerniente al padrón único en plataformas tecnológicas compatibles que permitan la consulta pública de la información.

3

Que reforma el artículo 67 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

27 de octubre de 2015.

Diputada

Evelyn Parra Álvarez

(PRD)

Comisión de Justicia, para dictamen

Señalar domicilio para recibir notificación del auto que admita la contestación de la demanda, para efectos de que el actor pueda ampliar su demanda.

4

Que reforma los artículos 48 de la Ley General de Educación y 14 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Jasmine María Bugarín Rodríguez

(PRI)

Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Asuntos Indígenas, para dictamen.

Atribuir al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, ubicar geográficamente los lugares donde se hablan las diferentes lenguas en el país y sus variantes, conforme al Catálogo de las Lenguas Indígenas Nacionales, e identificar las que se encuentran en riesgo de extinción, para que la Secretaría de Educación Pública defina las lenguas que incorporará en los planes y programas de estudio de educación básica e imparta la enseñanza de una lengua materna, fundamentalmente las que se encuentren en peligro de extinción en los planes y programas de estudio obligatorios y aplicables en toda la República Mexicana.

5

Que reforma los artículos 88 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y 56 de la Ley de Seguridad Nacional.

 

Publicación en GP:

Anexo II

04 de noviembre de 2015.

Dip.

María Elena Orantes López

(MC)

 

Suscrita por el Dip. José Clemente Castañeda Hoeflich (MC)

Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, y de Gobernación, para dictamen.

Considerar en la integración de las Comisiones Bicamerales, por lo menos a un representante de cada grupo parlamentario existente en cada una de las cámaras, respetando los principios de pluralidad y proporcionalidad.

6

Que reforma los artículos 36 y 40 de la Ley de Asistencia Social.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Olga Catalán Padilla

(PRD)

Comisión de Salud, para dictamen

Establecer que los integrantes del Consejo Consultivo del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), no podrán ser cónyuges o parientes consanguíneos del Titular del Ejecutivo Federal, de los secretarios o subsecretarios de Estado. Establecer los requisitos que deberán reunir los integrantes del Consejo Consultivo y el Director General del DIF.

7

Que reforma el artículo 33 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

11 de noviembre de 2015.

Diputado

Carlos Bello Otero

(PAN)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Facultar a las autoridades educativas para desarrollar e implementar programas y acciones integrales para atender y erradicar las causas educativas del problema de deserción temporal y permanente de los educandos en los niveles de educación básica y media superior, con un enfoque que preste atención y corresponsabilidad a la escuela y a los actores en su interior como factores de la deserción.

8

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Protección Civil.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Carlos Sarabia Camacho

(PRI)

Comisión de  Protección Civil, para dictamen

Incluir los conceptos de “Instalaciones Vitales”, “Programa Interno de Protección Civil Virtual” y “Ruta de Capacitación de Protección Civil”. Crear una Secretaría de Protección Civil, a nivel estatal, y a nivel municipal una dirección, su organización, estructura y funcionamiento deberá apegarse a lo establecido en el reglamento de Ley y deberá operar en forma independiente a cualquier otro organismo. Verificar que la capacitación que se imparta a los diferentes grupos de brigadistas se apegue a lo estipulado en la ruta de capacitación de protección civil.

9

Que adiciona el artículo 84-Bis a la Ley General de Población.**

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Rosa Guadalupe Chávez Acosta

(PRI)

Comisión de Población, para dictamen

Facultar a la Secretaría de Gobernación Federal a través de la Secretaría de Relaciones Exteriores, Representantes Consulares, coordinados con el Instituto Nacional de Migración y organismos en la materia, para organizar campañas de concientización y orientación a las familias mexicanas, que se encuentran en calidad de ilegales en Estados Unidos de América, para que se acerquen a las autoridades correspondientes a efecto de que les expidan el acta de nacimiento en ese país, de sus hijas e hijos, con el respectivo Apostillamiento, así como para la expedición del acta de nacimiento mexicana.

10

Que reforma el artículo 14 de la Ley General de Educación.**

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Rosa Guadalupe Chávez Acosta

(PRI)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen

Gestionar ante las instituciones educativas, donde estén matriculados niñas y niños que han sido repatriados, la impartición del idioma inglés y adoptar las medidas necesarias para su adaptación al sistema educativo, mediante programas de becas, para que los estudiantes de la licenciatura en lenguas, apoyen a estas niñas y niños.

11

Que reforma los artículos 17 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y 91 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Claudia Sofía Corichi García

(MC)

Comisiones Unidas de Transparencia y Anticorrupción, y de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

Establecer que la Secretaría de la Función Pública y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público no podrán autorizar la contratación de seguros de gastos médicos mayores.

12

Que reforma los artículos 7o. de la Ley General de Educación y 88 de la Ley General de Cultura Física y Deporte.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Manuel Vallejo Barragán

(PRI)

Comisiones Unidas de Educación Pública y Servicios Educativos, y de Deporte, para dictamen.

Estimular la educación física y la práctica del deporte, realizándose cuatro veces a la semana, en sesiones de una hora, en todos los niveles y grados de educación, con el objeto de frenar el aumento de los índices de sobrepeso y obesidad.

13

Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

11 de noviembre de 2015.

Diputado

Sergio Emilio Gómez Olivier

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen

Prever que para el desarrollo de actividades científicas, tecnológicas y de innovación, el Estado proveerá recursos a las instituciones públicas de investigación y de enseñanza superior, otorgará financiamiento a los proyectos que considere estratégicos para el desarrollo económico y social del país, contribuirá a la formación de capital humano, promoverá la cooperación internacional y creará incentivos para las actividades de investigación, de desarrollo tecnológico y de innovación que realice el sector social o privado.

14

Que reforma el artículo 58 del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo III

29 de octubre de 2015.

Dip.

Tomás Octaviano Félix

(PRD)

Comisión de Justicia, para dictamen

Establecer que el nombre y apellidos que le correspondan, que en ningún caso podrán contener elementos que sean ofensivos, discriminatorios o sean motivo de exposición al ridículo para la persona. Asentar que el juez del Registro Civil podrá, a petición de parte interesada realizar de manera pronta y expedita las modificaciones a las actas de nacimiento que contengan nombres, apellidos o apellidos con nombres propios, que sean ofensivos o discriminatorios para la persona, haciendo constar también en el acta el nombre que fue modificado, si es mayor de 18 años, o si no lo es, por medio de los padres, de la madre o del padre o quien ejerza la patria potestad o bien el incapaz, por medio de su representante legal. Señalar que el cambio de nombre o apellidos no implica la renuncia de derechos u obligaciones para su titular.

15

Que reforma el artículo 149 Ter Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputada

Claudia Edith Anaya Mota

(PRI)

Ampliar los supuestos del delito de discriminación, con el objeto de permitir la exacta aplicación de la Ley para quienes discriminan a cualquier persona en detrimento de sus derechos humanos.

16

Que declara el 8 de noviembre como Día del Urbanista Mexicano.

 

Publicación en GP:

Anexo III

29 de octubre de 2015.

 

Dip.

José Lorenzo Rivera Sosa

(PRI)

Comisión de Gobernación, para dictamen

Declarar el 8 de noviembre como Día Del Urbanista Mexicano.

17

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

11 de noviembre de 2015.

Dip.

Elías Octavio Iñiguez Mejía

(PAN)

Comisión de Salud, para dictamen

Adicionar como competencia del Consejo de Salubridad General, la de opinar acerca de la pericia necesaria para la certificación de habilidades técnicas y auxiliares de la salud. Establecer que las autoridades educativas competentes emitirán la certificación y recertificación que acredite que los técnicos y auxiliares de la salud poseen las habilidades requeridas para el ejercicio de sus actividades.

18

Que reforma el artículo 6o. de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Julio Saldaña Morán

(PRD)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen

Aclarar que en caso de que alguna Entidad Federativa retrase la entrega de las participaciones federales a los municipios, la federación hará la entrega directa de los recursos a éstos, descontando la participación del monto que corresponda al Estado de que se trate, previa opinión de la Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales.

19

Que reforma el artículo 102 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

15 de octubre de 2015.

Diputada

Yulma Rocha Aguilar

(PRI)

Comisión de Seguridad Social, para dictamen

Disminuir de treinta a por lo menos quince cotizaciones semanales en el periodo de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio en dinero a la asegurada durante el embarazo y el puerperio.

20

Que reforma el artículo 25 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo III

27 de octubre de 2015.

Diputada

Maricela Contreras Julián

(PRD)

Comisión de Salud, para dictamen

Garantizar los servicios de salud a domicilio a la población con grado de vulnerabilidad, a través de programas que la federación y las entidades federativas implementen.

21

Que reforma los artículos 20, 21 y 90 del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

27 de octubre de 2015.

Diputada

María Gloria Hernández Madrid

(PRI)

Comisión de Justicia, para dictamen

Considerar que hay reincidencia cuando el condenado por delito doloso sea condenado por nuevo delito doloso, establecer como delincuente habitual, al reincidente en el mismo género de delitos condenado por un nuevo delito doloso, y para otorgar y disfrutar de los beneficios de la condena condicional requerir que el sentenciado no sea reincidente.

22

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

15 de octubre de 2015.

Diputado

Marco Antonio García Ayala

(PRI)*

Comisión de Juventud, para dictamen.

Adicionar como atribución del Instituto Mexicano de la Juventud, la de elaborar programas de orientación sobre salud mental y fortalecimiento del autoempleo. Agregar un listado de conceptos y definiciones para la presente Ley.

23

Que reforma el artículo 99 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

 

Publicación en GP:

Anexo III

27 de octubre de 2015.

Diputado

Christian Joaquín Sánchez Sánchez

(PRI)*

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen

Obligar a las autoridades federales, estatales y municipales a brindar las condiciones necesarias a los productores para el transporte de recursos forestales no maderables, especialmente tratándose de pueblos indígenas.

24

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas, de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, de la Ley Federal de Defensoría Pública, de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, y de la Ley Federal para prevenir y eliminar la Discriminación.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

27 de octubre de 2015.

Diputado

Christian Joaquín Sánchez Sánchez

(PRI)*

Comisiones Unidas de Asuntos Indígenas y de Derechos Humanos, para dictamen.

Establecer que el Instituto Federal de Defensoría Pública en coordinación con el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas proveerán a los juzgados y tribunales federales de intérpretes y traductores de las lenguas indígenas. Establecer que la Comisión Nacional de Derechos Humanos, promoverá con los entes anteriores, la formación de defensores públicos y de asesores jurídicos bilingües indígenas.

25

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores.

 

Publicación en GP:

Anexo IV

27 de octubre de 2015.

Diputado

Marco Antonio García Ayala

(PRI)*

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen.

Considerar como derecho de las personas adultas mayores, el de vivir en el seno de una familia, a mantener relaciones personales y contacto directo con la misma, además el de atención preferente. Establecer que la Secretaría de Desarrollo Social coordinará e implementará las acciones necesarias para promover la integración social de las personas adultas mayores.

26

Que reforma los artículos 13 de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas y 2o. de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

 

Publicación en GP:

Anexo III

10 de noviembre de 2015.

Dip.

Christian Joaquín Sánchez Sánchez

(PRI)*

Comisión de Asuntos Indígenas, para dictamen.

Atribuir al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas, a la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y a la Secretaría de Trabajo y Previsión Social el diseño e instrumentación de programas de empleo, a fin de incorporar a las personas de habla indígena como traductores e intérpretes en la prestación de servicios públicos en los tres órdenes de gobierno e incluir como función de la Comisión, diseñar programas de empleo para los pueblos y comunidades indígenas.

 

 

 *Sin intervención en tribuna.

** Presentadas en una sola intervención.

Turnos de las iniciativas 22 a 26 publicados en el Anexo VI de la Gaceta Parlamentaria del 11 de noviembre de 2015.

 

 

 

 

 

 

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