1.   INICIATIVAS

2.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 15

   

 

 

 

1.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma la Fracción II del artículo 3 de la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos, y reforma la fracción I y adiciona una fracción IV, recorriéndose las subsecuentes del Artículo Único del Decreto por el que se establece el Horario Estacional que se aplicará en los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

14 de octubre de 2015.

Congreso del Estado de Chihuahua

Comisión de Energía, para dictamen.

Incluir el Estado de Chihuahua a la Zona Pacífico y aplicar el horario estacional a partir de las dos horas del primer domingo de abril, terminando a las dos horas del último domingo de octubre de cada año al Estado de Chihuahua, sujeto al meridiano 90 grado por ubicación y 90 grados por horario estacional.

2

Que reforma el artículo 83 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

 Daniel Torres Cantú

(PRI)

Comisión de Gobernación, para dictamen.

Establecer como requisito para ser integrante de la mesa directiva de casilla, ser residente del distrito electoral federal que comprenda a la casilla.

3

Que reforma el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputado

Federico Döring Casar

(PAN)

Comisión d Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Eliminar el cálculo del impuesto aplicando tasa 0 a la enajenación de alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar.

4

Que expide la Ley Federal para la Erradicación de la Desigualdad y el Fomento de la Igualdad Económica entre Hombres y Mujeres.

 

Publicación en GP:

Anexo III

06 de octubre de 2015.

Dip.

Héctor Javier García Cháve(PRD)

Comisión de Igualdad de Género, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de reconocer como un derecho humano de las mujeres la no discriminación que se expresa en el ámbito económico, como el acceso, control y decisión de recursos financieros que el Estado Mexicano oferta para favorecer el impulso económico de las mujeres emprendedoras para alcanzar la igualdad económica entre hombres y mujeres. Financiar las iniciativas individuales o asociativas que las mujeres presenten ante las entidades públicas encargadas de su ejecución. Otorgar recursos económicos, tecnológicos, educativos y productos específicos que formen parte de los programas y fondos y prohibir utilizar los recursos derivados de los programas o fondos con fines partidistas o de promoción de la imagen de algún candidato, partido o servidor público.

5

Que reforma el artículo 71 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

 

 

Publicación en GP:

Anexo II

13 de octubre de 2015.

Dip.

Javier Octavio Herrera Borunda

(PVEM)

Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

Publicar los Informes Trimestrales de Rendición de Cuentas, que registren los conceptos de ingresos de los recursos públicos municipales, estatales y federales, y su correspondiente aplicación en los rubros de obra pública y de adquisición de bienes destinados a la prestación de servicios públicos.

6

Que reforma los artículos 25 y 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

 

Publicación en GP:

Anexo II

13 de octubre de 2015.

Dip

Blandina Ramos Ramírez

(MORENA)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Incluir la producción de alimentos, en las áreas estratégicas que ejerza el Estado de manera exclusiva que no constituirán monopolios.

7

Que reforma los artículos 64 y 115 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II

13 de octubre de 2015.

Dip.

Claudia Sofía Corichi García

(MC)

Comisión de Salud, para dictamen.

Establecer que en la organización y operación de los servicios de salud destinados a la atención materno-infantil, las autoridades sanitarias competentes establecerán acciones de seguimiento y apoyo nutricional específico, durante todo el embarazo, informando en todo momento la importancia que tiene este aspecto durante esta etapa. Señalar que la Secretaría de Salud deberá normar el valor nutritivo y características específicas de la alimentación en mujeres embarazadas, en función de las normas internacionales existentes para ello y tendrá a su cargo establecer las necesidades nutritivas que deban satisfacer los cuadros básicos de alimentos. Indicar que tratándose de las harinas industrializadas de trigo y de maíz, se exigirá la fortificación obligatoria de éstas, indicándose los nutrientes y las cantidades que deberán incluirse.

8

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

Ariadna Montiel Reyes

(Sin partido)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Crear el Fondo de Aportaciones para la Atención de los Costos de Capitalidad, administrado por el gobierno del Distrito Federal y determinado anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales. Ejercer las aportaciones federales con cargo al Fondo de Aportaciones para la Atención de los Costos de Capitalidad para seguridad pública, movilidad, medio ambiente, servicios públicos, infraestructura y espacio público.

9

Que reforma los artículos 18 y 19 de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa.

 

Publicación en GP:

Anexo II

13 de octubre de 2015.

Dip.

Jorge Enrique Dávila Flores

(PRI)

Comisión de Competitividad, para dictamen.

Integrar al presidente del Instituto Nacional del Emprendedor en el Consejo Nacional para la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa y precisar que el Consejo contará con un secretario técnico a cargo del presidente del Instituto.

10

Que reforma el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

Carlos Alberto de la Fuente Flores

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Reestablecer el dictamen fiscal, estipular sus casos y procedimiento.

11

Que reforma el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y adiciona los artículos 1-Bis a la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y a la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental.

 

Publicación en GP:

Anexo III

06 de octubre de 2015.

Dip.

Isaura Ivanova Pool Pech

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Incluir los principios de atendiéndose los principios generales de derecho ambiental precautorio, preventivo, de obligatoriedad, para la restauración de daños y de participación informada a efecto de preservar y restaurar el equilibrio ecológico.

Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Incluir diversos principios rectores que servirán de marco para el desarrollo normativo de protección ambiental.

12

Que reforma el artículo 41 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP:

Anexo II

13 de octubre de 2015.

Dip.

Daniela De Los Santos Torres

(PVEM)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos para dictamen

Impartir la educación especial en los planteles de educación obligatoria de manera individualizada y brindar apoyo y acompañamiento psicopedagógico, coordinar la impartición de educación especial e incluir la orientación a los compañeros de clase de los planteles escolares.

13

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General en materia de Delitos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

24 de septiembre de 2015.

Dip.

Cuitláhuac García Jiménez

(MORENA)

Comisión de Gobernación, para dictamen.

Prever que en el caso de que sea utilizado el servicio público de transporte para el acarreo de votantes, se cancelará la concesión otorgada para prestar dicho servicio, cuando se acredite la comisión del delito.

14

Que reforma el artículo 73 de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

Flor Estela Rentería Medina

(PRI)

Comisión de Salud, para dictamen.

Establecer dentro de las acciones de promoción de la salud mental y la atención de las personas con trastornos mentales y del comportamiento a cargo de la Secretaría de Salud, las instituciones de salud y los gobiernos de las entidades federativas, en coordinación con las autoridades competentes, la  terapia psicológica obligatoria en el caso de cáncer de mama como parte del tratamiento, y de así determinarlo el médico o la Institución de Salud, incluir la cirugía reparadora o reconstructiva del seno, con o sin prótesis, según la indicación médica.

15

Que adiciona la fracción IX al artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo III

22 de septiembre de 2015.

Dip.

César Augusto Rendón García

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Deducir los pagos por servicios de enseñanza correspondientes a los tipos de educación básica, medio superior y superior a las personas físicas que obtengan determinados ingresos.

16

Que reforma el artículo 40 de la Ley de Migración

 

Publicación en GP:

Anexo II

13 de octubre de 2015.

Dip.

Miguel Alva y Alva

(MORENA)

Comisión de Asuntos Migratorios

Presentar la visa de tránsito para ingresar al país y permanecer en el territorio nacional por un tiempo ininterrumpido no mayor a sesenta días contados a partir de la fecha de entrada y establecer que los extranjeros que no cumplan con el plazo y sean deportados, no serán elegibles para el otorgamiento de una nueva visa de tránsito.

17

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

Beatriz Vélez Núñez

(PRI)

Comisión de Salud, para dictamen.

Adicionar un capítulo a la Ley denominado “Atención ambulatoria para la prevención, diagnóstico y control del cáncer de mama”, a través del cual se otorga carácter prioritario a las acciones de control del cáncer de mama por medio de establecimientos móviles en todo el territorio nacional.

18

Que reforma el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

22 de septiembre de 2015.

Dip.

Jisela Paes Martínez.

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Establecer el reconocimiento constitucional al derecho humano de las personas a la seguridad pública y a participar en las acciones que se realicen para la prevención social contra la violencia y la delincuencia.

19

Que reforma los artículos 52 a 54 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda

(PRI)

Disminuir de 200 a 100 el número de diputados por el principio de representación proporcional. Disminuir el umbral de máxima representación (número máximo de diputados que algún partido puede tener por ambos principios), pasando de 300 a 200.

20

Que reforma los artículos 189 y 190 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo III

22 de septiembre de 2015.

Dip.

Santiago Taboada Cortina

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Otorgar un estímulo fiscal a los contribuyentes que aporten proyectos de inversión de artes plásticas, danza, obras literarias y música.

22

Que reforma los artículos 28 y 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo II

10 de septiembre de 2015.

Dip.

Minerva Hernández Ramos

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Establecer que no serán deducibles los pagos de contribuciones en la parte subsidiada o que originalmente correspondan a terceros, excepto las aportaciones pagadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, incluidas las previstas en la Ley del Seguro de Desempleo y eliminar de este supuesto los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos y suprimir el monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes.

21

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 

Publicación en GP:

Anexo II

13 de octubre de 2015.

Dip.

Armando Luna Canales

(PRI)

Comisión de Seguridad Pública, para dictamen.

Facultar a la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública para formular los lineamientos para que la federación y las entidades federativas cumplan con la obligación de adquirir, instalar y mantener en operación equipos de videograbación en las patrullas y vehículos utilizados por los elementos de las Instituciones Policiales. Atribuir a la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios solicitar la colaboración de los prestadores de servicios de telecomunicaciones, para adquirir, instalar y mantener en operación los equipos de videograbación y adjuntar al informe policial las videograbaciones registradas por los equipos instalados en las patrullas y vehículos utilizados por los integrantes de las instituciones policiales.

 

 

 

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