No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
De Decreto, para emitir una moneda conmemorativa por el Centenario de la promulgación de la Constitución de 1917. Publicación en GP: Anexo II 15 de septiembre de 2015. |
Diputados Alberto Martínez Urincho y María Cristina Teresa García Bravo (PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Emitir una moneda conmemorativa por el Centenario de la promulgación de la Constitución de 1917. |
2 |
Que reforma y adiciona el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo II 15 de septiembre de 2015. |
Diputados Alberto Martínez Urincho y María Cristina Teresa García Bravo (PRD)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes generales en materia de protección a personas defensoras de derechos humanos y periodistas. |
3 |
Que adiciona el artículo 111 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Publicación en GP: Anexo II 15 de septiembre de 2015. |
Dip. Alberto Martínez Urincho (PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer reglas que faciliten el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes que tengan su domicilio fiscal en poblaciones o en zonas rurales y sin servicios de Internet. |
4 |
Que reforma el artículo 3º de la Ley Orgánica de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente. Publicación en GP: Anexo II 15 de septiembre de 2015. |
Dip. Alberto Martínez Urincho (PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Establecer que la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente podrá prestar servicios de representación, sin importar la cuantía del asunto, cuando se estime que el mismo es socialmente trascendente y se afecte a pequeños productores, comunidades indígenas o núcleos de población ejidal, que por su situación los coloque en condición de vulnerabilidad. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Publicación en GP: Anexo II 15 de septiembre de 2015. |
Dip. Alberto Martínez Urincho (PRD)* |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen. |
Incluir dentro de las facultades de la Federación el expedir reglamentos, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones jurídicas para regular el manejo integral de los residuos en caminos o puentes federales, así como su clasificación y prevenir la contaminación o llevar a cabo su remediación cuando ello ocurra y el celebrar convenios con los gobiernos de las entidades federativas para prevenir la contaminación, o llevar a cabo actividades coordinadas para su remedición cuando ello ocurra, por residuos en caminos o puentes a su cargo. |
6 |
Que reforma el artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo II 15 de septiembre de 2015. |
Dip. Daniela De Los Santos Torres (PVEM)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de garantizar el derecho a vivir en familia de toda persona susceptible de ser adoptada. Prever los Derechos de los Adoptados. Establecer que los sistemas DIF nacional y de las entidades de la República contarán con un Consejo Técnico de Adopción, como órgano colegiado interdisciplinario cuya finalidad es procurar la adecuada integración de niñas, niños y adolescentes y mayores de edad discapacitados sujetos de adopción, a una familia que les proporcione las condiciones necesarias para su pleno y armonioso desarrollo. Prever los requerimientos para adoptar. Establecer el procedimiento para la entrega voluntaria de una niña, niño o adolescente con propósito de adopción. Derogar las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal, relativas a las actas de adopción, así como de la adopción. |
7 |
Que expide la Ley General de Adopción y se derogan diversas disposiciones del Código Civil Federal. Publicación en GP: Anexo II 15 de septiembre de 2015. |
Dip. Daniela De Los Santos Torres (PVEM)* |
Comisiones Unidas de Derechos de la Niñez, y de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico, con el objeto de garantizar el derecho a vivir en familia de toda persona susceptible de ser adoptada. Prever los Derechos de los Adoptados. Establecer que los sistemas DIF nacional y de las entidades de la República contarán con un Consejo Técnico de Adopción, como órgano colegiado interdisciplinario cuya finalidad es procurar la adecuada integración de niñas, niños y adolescentes y mayores de edad discapacitados sujetos de adopción, a una familia que les proporcione las condiciones necesarias para su pleno y armonioso desarrollo. Prever los requerimientos para adoptar. Establecer el procedimiento para la entrega voluntaria de una niña, niño o adolescente con propósito de adopción. Derogar las disposiciones contenidas en el Código Civil Federal, relativas a las actas de adopción, así como de la adopción. |
8 |
Que reforma el artículo Décimo Cuarto Transitorio de la Ley de Hidrocarburos. Publicación en GP: Anexo II 15 de septiembre de 2015. |
Dip. Jorge López Martín (PAN)* |
Comisión de Energía, para dictamen. |
Establecer que a partir del 1o de enero de 2016, los precios de las gasolinas y el diésel se determinarán bajo condiciones de mercado, quedando a cargo de la Comisión Federal de Competencia Económica la regulación de los precios máximos al público de dichos hidrocarburos. |