1.   COMUNICACIONES

 

a) De C. Diputada.

 

b) De Coordinador de Grupo Parlamentario.

 

2.   OFICIOS

 

3.   CONTESTACIÓN A PUNTOS DE ACUERDO

 

4.   ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

5.   MINUTAS A DISCUSIÓN

 

a) Con proyecto de ley.

 

b) Con proyecto de decreto.

 

6.   DICTAMEN A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

 

7.   PROPOSICIONES

 

8.   EFEMÉRIDE

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 20

   

 

 

 

6     DICTAMEN A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

No.

DICTAMEN

1

-

Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública.

 

Que se reforma y deroga diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Público Privadas.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL

Inicio: 13:58 hrs.

Término: 15:24 hrs.

Duración: 1:26 hrs.

DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR

Inicio: 15:35 hrs.

Término: 16:05 hrs

Duración: 00:30 hrs.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa del Ejecutivo Federal presentada el 08 de septiembre de 2015. (LXIII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 27 de octubre de 2015. (LXIII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que los proyectos de asociaciones público privadas serán viables cuando así lo determine la dependencia y entidad interesada, mediante dictamen que la misma emita. Para la elaboración de dicho dictamen, la dependencia o entidad que pretenda participar con recursos públicos federales en proyectos de asociación público privada que hayan dictaminado como viables deberán obtener el registro en la cartera de inversión. Cuando se trate de proyectos de asociación público privada que involucren recursos del Presupuesto de Egresos de la Federación deberán contar con el dictamen de viabilidad, el registro en la cartera de inversión y la autorización de la Comisión Intersecretarial de Gasto Público Financiamiento y Desincorporación; para el caso de que los proyectos involucren recursos públicos federales en numerario deberán contar con el dictamen de viabilidad y el registro en la cartera de inversión; los proyectos que involucren recursos públicos federales distintos a numerario, deberán contar con el dictamen de viabilidad correspondiente. Establecer que los proyectos de asociaciones público privadas autorizadas por la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación deberán incluirse en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal correspondiente, así como la estimación de máximo anual de gasto programable. El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, remitirá los proyectos a la Cámara de Diputados para someterlos a consideración de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, la cual deberá emitir resolución en un plazo no mayor de treinta días naturales contados a partir de recibida la información, en caso de que dicha Comisión no resuelva en el plazo señalado los proyectos se entenderán por aprobados. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberá incluir en los informes trimestrales que presenta al Congreso de la Unión, las propuestas no solicitadas que las dependencias y entidades hayan recibido durante el periodo que se reporta y que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley.

 

Publicación en GP: Anexo II. 29 de octubre de 2015.

 

DISCUSIÓN EN LO GENERAL

 

Intervenciones:

 

  Por la Comisión: Dip. Baltazar Manuel Hinojosa Ochoa

 

  Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Manuel Jesús Clouthier Carrillo

Dip. Abdies Pineda Morín (PES)

Dip. Jesús Rafael Méndez Salas (NA)

Dip. Rene Cervera García (MC)

Dip. Vidal Llerenas Morales (MORENA)

Dip. Remberto Estrada Barba (PVEM)

Dip. Tomás Octaviano Félix (PRD)

Dip. Alejandra Gutiérrez Campos (PAN)

Dip. Alfredo Del Mazo Maza (PRI)

 

 

Para hablar en contra:

Dip. Norma Rocío Nahle García (MORENA)

Dip. Alicia Barrientos Pantoja (MORENA)

Dip. Manuel Jesús Clouthier Carrillo

 

Para hablar a favor:

Dip. Emilio Enrique Salazar Farías (PVEM)

Dip. José Antonio Estefan Garfias (PRD)

Dip. David Epifanio López Gutiérrez (PRI)

Dip. Pedro Luis Noble Monterrubio (PRI)

 

Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no reservados del proyecto de decreto por 406 votos a favor y 36 en contra.

DISCUSIÓN EN LO PARTICULAR

 

Intervenciones para las reservas y trámite:

 

Dip. Renato Josafat Molina Arias (MORENA)

Reserva los artículos 2, 3, 27 y 29 de la Ley de Asociaciones Público Privadas.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Claudia Sofía Corichi García (MC)

Reserva el artículo 2 de la Ley de Asociaciones Público Privadas.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Vidal Llerenas Morales (MORENA)

Reserva los artículos 14, 21, 23, 24 y 26 de la Ley de Asociaciones Público Privadas.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Sergio López Sánchez (PRD)

Reserva el artículo 24 de la Ley de Asociaciones Público Privadas.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Dip. Candelaria Ochoa Ávalos (MC)

Reserva el artículo 27 y la adición de un artículo Transitorio de la Ley de Asociaciones Público Privadas.

 

Trámite: En votación económica se desechó.

Aprobado en lo general y en lo particular el Proyecto de Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Ley de Asociaciones Público Privadas, por 360 votos a favor, 59 en contra.

 

Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos constitucionales.

 

 

 

 

 

 

 

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