1.   COMUNICACIONES

 

a) De C. Diputado.

 

b) De Coordinador de Grupo Parlamentario.

 

2.   OFICIOS

 

3.   OFICIOS CON PROPOSICIONES RELATIVAS AL PEF 2016

 

4.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

5.   COMUNICACIÓN RELATIVA A DESIGNACIONES DE CONSEJEROS ANTE EL CONSEJO GENERAL DEL INE

 

6.   ACUERDOS DE ÓRGANOS DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

7.   MINUTAS

 

Con proyecto de decreto.

 

8.   INICIATIVAS

 

9.   PROPOSICIONES

 

10.    EFEMÉRIDES

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 10

   

 

 

 

8.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que adiciona un tercero párrafo al artículo 101 de la Ley General de Población.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

29 de septiembre de 2015.

Congreso del Estado de Chihuahua

Comisión de Población, para dictamen.

Establecer que la comprobación de supervivencia para personas que reciban una pensión, jubilación o beneficios económicos de programas sociales, se podrá realizar mediante el procedimiento de confronta a que se refiere el primer párrafo.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Aduanera, en materia de prevención de lavado de dinero.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

29 de septiembre de 2015.

Senadores

Juan Alejandro Fernández Sánchez-Navarro, Juan Carlos Romero Hicks, José María Martínez Martínez, Ernesto Javier Cordero Arroyo, Maki Esther Ortiz Domínguez, Daniel Gabriel Ávila Ruiz, Héctor Larios Córdova y Fernando Torres Graciano

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Regular mecanismos en materia de prevención de lavado de dinero. Prohibir que con las mercancías que entren o salgan del país, se internen o extraigan del mismo, dinero en efectivo, tarjetas de prepago, cheques nacionales. Establecer las sanciones cuando las autoridades aduaneras descubran cantidades de dinero, tarjetas, mismas que deberán ordenar y practicar la retención de una cantidad equivalente a la multa máxima aplicable, respecto de cantidades superiores a diez mil dólares e inferiores a treinta mil dólares. Precisar que las autoridades aduaneras en el acta de retención que se levante, harán constar la fundamentación y motivación de la misma, así como el plazo de tres días hábiles para ofrecer las pruebas y alegatos que a su derecho convenga. Prever que pasarán a propiedad del fisco federal las cantidades cuando se descubran con las mercancías u ocultas en ellas o en el medio de transporte no autorizado.

3

Que adiciona un párrafo tercero al artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo I.

29 de septiembre de 2015.

Sen.

Héctor Yunes Landa

(PRI)

Otorgar un estímulo fiscal del 30 por ciento del salario efectivamente pagado, al patrón que contrate adultos mayores en jornada laboral de 6 horas y remunere las 8 horas que señala la Ley Federal del Trabajo.

4

Que reforma los artículos 126 y 130 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo II

10 de septiembre de 2015.

Dip.

María del Rocío Rebollo Mendoza

(PRI)

Comisión de Seguridad Social, para dictamen.

Exceptuar la suspensión del pago de pensión, cuando el pensionado temporal por invalidez se encuentre internado en la clínica del instituto, en cuyo caso se le dispensará de acudir al departamento de medicina del trabajo, para la revaloración de la pensión por invalidez temporal. Eliminar la dependencia económica al viudo o concubinario de la trabajadora asegurada o pensionada por invalidez para el derecho a la pensión.

5

Que reforma el artículo 46 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputada

Jisela Paes Martínez

(PAN)

 

Suscrita por los Dips. Víctor Ernesto Ibarra Montoya y Herminio Corral Estrada

(PAN)

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

Establecer la prohibición de realizar obras y actividades de explotación minera metalúrgica a cielo abierto, en la cual se utilice cualquier compuesto que incluya cianuro o mercurio en las áreas naturales protegidas. Señalar que las obras y actividades de explotación minera distintas que se pretendan realizar en áreas naturales protegidas de competencia federal, deberán sujetarse a la evaluación del impacto ambiental prevista en la ley y a las demás disposiciones jurídicas que les resulten aplicables

6

Que expide la Ley de Fomento a la Integración de Insumos Nacionales para Obras de Infraestructura Pública no Energética.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputado

Waldo Fernández González

(PRD)

Comisión de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de prever la promoción a la integración de insumos nacionales para obras de infraestructura pública no energética. Fomentar la utilización de insumos producidos y servicios prestados por empresas nacionales en la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético. Impulsar la competitividad de las empresas nacionales productoras de insumos y prestadoras de servicios, necesarios para la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético. Promover la autorregulación de las empresas nacionales productoras de insumos y prestadoras de servicios necesarios para la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético. Establecer un sistema de reconocimientos y beneficios a las empresas nacionales productoras de insumos y prestadoras de servicios necesarios para la ejecución de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético. Regular la actuación de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que tengan el carácter de contratantes de obras de infraestructura pública en sectores distintos al energético.

7

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputado

Omar Noé Bernardino Vargas

(PVEM)

Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen.

Otorgar puntos en el caso de licitación pública para la adquisición de bienes, arrendamientos o servicios que utilicen la evaluación de puntos y porcentajes, a la empresa que cuente con trabajadores jóvenes en el rango de edad de 18 a 25 años. Solicitar para los servicios de consultoría, asesoría e investigación, en primera instancia al Conacyt o a los Consejos Estatales de Ciencia y Tecnología. Incluir a los artesanos, ganaderos, pequeños talleres y empresas formadas por mujeres a efecto que las dependencias y entidades públicas no realicen el procedimiento de licitación y lo puedan hacer bajo el esquema de invitación o adjudicación directa y establecer que la suma de las operaciones, no podrá exceder del treinta y cinco por ciento del presupuesto de adquisiciones, arrendamientos y servicios autorizado a la dependencia o entidad en cada ejercicio presupuestario.

8

Que adiciona el artículo 35 Bis a la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

24 de septiembre de 2015.

Diputado

Ángel Antonio Hernández de la Piedra

(MORENA)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

Transmitir en señal abierta y en tiempo real por el Canal del Congreso las reuniones de la Junta de Coordinación Política.

9

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, de la Ley General de Vida Silvestre, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y de la Ley de Organizaciones Ganaderas.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Dip.

Jorge Álvarez Maynez (MC)

 

Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario

Comisiones Unidas de Ganadería, y de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen.

Priorizar respeto a los derechos humanos y al medio ambiente, evitando el maltrato animal. Establecer que en ningún caso, el estado podrá destinar recursos o promover acuerdos que impliquen prácticas de maltrato animal o estén vinculadas al desarrollo de espectáculos públicos o privados en donde se realicen actos de maltrato contra los animales. Precisar en el concepto de actividad ganadera que no incluyan la crianza de animales con fines para espectáculos públicos o privados en donde se implique maltrato animal, en especial donde participen toros, novillos, becerros o vaquillas, y en general cualquier animal destinado a eventos taurinos; y en la suscripción de convenios de coordinación incluir criterios que aseguren un gasto con base en la legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, racionalidad, austeridad, rendición de cuentas, equidad de género, respeto a los derechos humanos y al medio ambiente, evitando el maltrato animal.

10

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputada

Soralla Bañuelos de la Torre

(NA)

Comisión de Justicia, para dictamen.

Establecer que los datos personales se manejen con discreción tanto en el ministerio público, como ante la autoridad judicial. Establecer reglas para dirimir controversias en caso de conflicto. Ampliar el supuesto de atracción competencial para que el Ministerio Público pueda hacer uso de esa facultad cuando se trate de delitos cometidos contra periodistas, o de aquellas personas que, no siendo periodistas, se dediquen a esa actividad. Asentar que cuando se pierda o extravíe la carpeta de investigación o la carpeta administrativa -el expediente se debe dar intervención al Ministerio Publico para que proceda a desarrollar la investigación conducente. Establecer la prohibición de que en ningún caso la declaración del imputado se obtendrá mediante la utilización de métodos, actos o conductas violatorias de los derechos fundamentales del imputado. Obligar a los jueces a llevar un registro de los abogados que litigan en su sede. Señalar como obligación del abogado defensor el pedir la absolución del imputado, esto cuando proceda. Estatuir que la entrevista al imputado se realice sin restricción alguna, por lo tanto cualquier acto intimidatorio de la autoridad la hará incurrir en responsabilidad. Imponer el derecho del acusado(a) a no declarar o de hacerlo pero en presencia de su defensor, a obtener su libertad bajo caución, cuando no esté detenido por delitos graves, así como el derecho a recibir visita de sus familiares más cercanos. Establecer que en el desahogo del procedimiento penal, la autoridad debe informar al implicado los derechos que le asisten y esa información debe constar en una certificación, además de ser fundado y motivado.

11

Que reforma el artículo 385 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputado

Manuel Jesús Clouthier Carrillo

(Independiente)

Comisión de Gobernación, para dictamen.

Eliminar la disposición que establece que las firmas de apoyo ciudadano para candidaturas independientes no se computarán cuando no se acompañen las copias de la credencial para votar vigente.

12

Que reforma los artículos 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y 146 y 193 del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

24 de septiembre de 2015.

Diputada

María Bárbara Botello Santibáñez

(PRI)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

Establecer que las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados, efectuarán reuniones cuando menos dos veces al mes, aun en los recesos de la misma. Establecer que al diputado que acumule dos inasistencias sin justificar a una reunión durante un bimestre, se le descontarán dos días de dieta.

13

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, y de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputado

Marco Antonio Gama Basarte,

(PAN)

 

Suscrita por la Dip. María de los Ángeles Rodríguez Aguirre (PAN)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Igualdad de Género, para dictamen.

Adicionar el concepto de “Acoso laboral”, entendido como el abuso de poder de quien ejerza actos de violencia verbales, físicas o psicológicas, entre otros. Sancionar de 250 a 5 mil días multa al patrón que cometa o permita acoso u hostigamiento laboral. Prohibir al patrón, la negativa ilegal de respetar la permanencia, condiciones generales de trabajo, oportunidades de ascenso y salario de los trabajadores.

14

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, y del Reglamento de la Cámara de Diputados.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

24 de septiembre de 2015.

Diputado

Julio Saldaña Morán

(PRD)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

Establecer la obligación de los grupos parlamentarios de presentar a la Junta de Coordinación Política un informe trimestral del ejercicio de los recursos asignados en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el desempeño de las actividades legislativas.

15

De decreto, para que se inscriba en el muro de honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la frase “A los Mártires del Movimiento Estudiantil de 1968”.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputado

Jesús Emiliano Álvarez López

(MORENA)

Inscribir en el muro de honor del Palacio Legislativo de San Lázaro la frase “A los Mártires del Movimiento Estudiantil de 1968”.

16

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, en materia de Delitos Electorales, y de la Ley General de Partidos Políticos, y del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputada

María Candelaria Ochoa Avalos

(MORENA)

Comisiones Unidas de Igualdad de Género, y de Gobernación, para dictamen.

Crear la figura de “Violencia Política”, entendida como cualquier acto que tenga por objeto impedir a una mujer el ejercicio de sus derechos político electorales. Definir los actos considerados como violencia política. Conceder como atribución del Instituto Nacional de las Mujeres la de promover el ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres. Considerar como privación de la vida por razones de género (feminicidio), cuando la víctima haya ejercido su derecho de participación política como candidata u ocupe un cargo de elección popular de cualquier nivel.

17

Que reforma el artículo 8o. de la Ley para impulsar el Incremento Sostenido de la Productividad y la Competitividad de la Economía Nacional.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputada

Angélica Reyes Ávila,

(NA)

Comisiones Unidas de Competitividad, y de Economía, para dictamen.

Impulsar las actividades productivas de los emprendedores de las micro, pequeñas y medianas empresas, en igualdad de oportunidades para mujeres y hombres.

18

Que reforma el artículo 2o. de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo III

22 de septiembre de 2015.

Dip.

Miguel Ángel Sulub Caamal

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Considerar el Producto Interno Bruto no minero en la fórmula del Fondo General de Participaciones.

19

Que expide la Ley General de la Beca Salario.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

24 de septiembre de 2015.

Diputada

Lucía Virginia Meza Guzmán

(PRD)

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de consolidar, fortalecer, difundir, promover, transparentar y regular la beca salario a favor de la niñez y la juventud en la entidad federativa, a efecto de contribuir a la nivelación de condiciones de acceso a la educación, fomentar la permanencia de personas con mayores necesidades económicas en los centros educativos, evitando su deserción escolar por falta de recursos económicos, así como incentivar el aprovechamiento y el desempeño escolar. Integrar un Comité de Becas, encargado de analizar, dictaminar y realizar todas las acciones necesarias para la operación del Programa de becas, cuyos integrantes ostentarán un cargo honorario y deberá ser presidido por el titular de la Secretaría de Educación. Establecer una beca salario está dirigida a estudiantes inscritos en instituciones públicas de la República Mexicana, que cursan el tercer año de secundaria, el nivel de educación media superior y para estudiantes mexicanos de educación superior y que se encuentren cursando la licenciatura o el técnico superior universitario y los cuales participen en proyectos que contribuyan a mejorar el entorno comunitario y social en el que viven. Establecer los requisitos de inscripción y registro de los aspirantes, sus derechos y obligaciones.

20

Que expide la Ley para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Desaparición Forzada de Personas.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputado

Juan Romero Tenorio

(MORENA)

Comisión de Justicia, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de prevenir la desaparición forzada de personas; tipificar el delito de desaparición forzada de personas y desaparición de personas por particulares; sancionar a las o los autores, cómplices y encubridores del delito de desaparición forzada de personas, así como la tentativa e incitación a la comisión del mismo; inhibir la práctica de la desaparición forzada de personas, estableciendo su sanción bajo cualquier circunstancia, incluyendo situaciones de posible emergencia, peligro, disturbio público, catástrofe natural o cualquiera otra; establecer directrices para la creación de protocolos de búsqueda inmediata de personas desaparecidas y protocolos de investigación del delito; realizar acciones encaminadas al descubrimiento de la verdad ocurrida con las personas desaparecidas, así como la pronta localización de su paradero; definir criterios generales para la creación de bancos de datos genéticos y de cadáveres no identificados; y establecer las bases para conformar políticas públicas en materia de desaparición forzada.

21

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Turismo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputado

Luis Ernesto Munguía González

(MC)

 

Suscrita por los diputados Moisés Guerra Mota y Jorge Álvarez Máynez

(MC)

Comisión de Turismo, para dictamen.

Crear el Fondo para el Desarrollo Social de los Municipios Turísticos, integrado con los recursos que se asignen en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio que corresponda, tomando en cuenta los niveles de recaudación de la zonas turísticas que para tales efectos indique el Servicio de Administración Tributaria y emplearlos en inversión física con un impacto social, ambiental y de desarrollo urbano positivo.

22

Que reforma el artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputada

Ingrid Krasopani Schemelensky Castro

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Cambiar el carácter “facultativo” por “obligatorio” concedido a los municipios y a las demarcaciones territoriales, para disponer de hasta un 2% del total de recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones, según corresponda, para la realización de un Programa de Desarrollo Institucional.

23

Que expide la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales, y se adiciona el artículo 9 de la Ley General de Bienes Nacionales.

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

29 de septiembre de 2015

Ejecutivo Federal

Comisión de Economía, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular la planeación, el establecimiento y la operación de Zonas Económicas Especiales para impulsar el crecimiento económico sostenible, sustentable y equilibrado de las regiones del país que tengan mayores rezagos en desarrollo social, a través del fomento de la inversión, la productividad, la competitividad, el empleo y una mejor distribución del ingreso entre la población. Facultar al Ejecutivo Federal para emitir la declaratoria de las Zonas y los beneficios fiscales en materia de contribuciones. Sujetar las Zonas al régimen aduanero que regule la introducción y extracción de mercancías. Prever la estructura del Consejo Consultivo de cada Zona y los requisitos de los permisos y asignaciones. Calificar la construcción, mantenimiento, ampliación y desarrollo de la Zona, como causas de utilidad pública. Promover los principios de transparencia y rendición de cuentas y competencia. Reconocer que los bienes inmuebles federales en los que se establezcan Zonas Económicas Especiales se encuentren sujetos al régimen de dominio público de la Federación.

24

Que reforma el artículo 49 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

29 de septiembre de 2015.

Diputados de diversos Grupos Parlamentarios*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

Crear el Centro de Estudios de los Derechos Humanos de la población vulnerable y su inclusión.

 

* Sin intervención en Tribuna.

Turno de la iniciativa 24 publicado en el Anexo IX de la Gaceta Parlamentaria del 29 de septiembre de 2015.

 

 

 

 

 

 

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