1.   OFICIOS CON PROPOSICIONES RELATIVAS AL PEF 2016

 

2.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

3.   COMUNICACIÓN RELATIVA A DESIGNACIONES DE CONSEJEROS ANTE EL CONSEJO GENERAL DEL INE

 

4.   ACUERDOS DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política.

 

5.   INICIATIVAS

 

6.   PROPOSICIONES

 

7.   EFEMÉRIDES

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 13

   

 

 

5.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma la fracción X del artículo 123 de la Ley General de Víctimas.

 

Publicación en GP:

Anexo I

08 de octubre de 2015.

Congreso del Estado de Querétaro

Comisión de Justicia, para dictamen.

Entregar el cuerpo o los restos humanos del familiar o personas cercanas a la víctima, a fin de que decida libremente su cremación o inhumación, una vez que se cuente con los dictámenes médicos que determinen la causa de la muerte, el mapa fotográfico del cuerpo o restos óseos de la víctima y, de ser posible, muestras de sangre, tejido óseo y análisis de las últimas sustancias procesadas por el hígado. Determinar el plazo no mayor a siete días naturales para que el Ministerio Público entregue los restos humanos y facultar a la Procuraduría su resguardo y la cadena de custodia, hasta en tanto se tenga sentencia firme que ponga fin al proceso judicial, salvo los casos en que sea notorio que la defunción fue originada por un accidente.

2

Que adiciona una nueva fracción VIII y reforma los párrafos tercero y quinto del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo I

08 de octubre de 2015.

Sen.

 Fernando Torres Graciano

(PAN)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Incluir como deducciones personales los pagos por cuotas de reinscripción en educación básica y media superior, para efectos del cálculo del impuesto anual.

3

Que se reforman los artículos 2 y 3 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

 

Publicación en GP:

Anexo I

08 de octubre de 2015.

Sen.

Fernando Enrique Mayans Canabal

(PRD)

Dejar de aplicar el 8 por ciento del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios a los alimentos derivados del cacao cuya densidad calórica sea de 275 kilocalorías o mayor por cada 100 gramos.

4

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

Alberto Martínez Urincho

(PRD)*

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Incorporar los elementos de definición de la naturaleza jurídica y adoptar un término común para referirse a los órganos constitucionales autónomos. Establecer un apartado específico para regular estos órganos.

5

Que reforma los artículos 65 y 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

Alberto Martínez Urincho

(PRD)*

Establecer que el Congreso se reunirá a partir del 1o. de agosto. Precisar que el segundo período no podrá prolongarse más allá del 31 de mayo del mismo año.

6

Que reforma el artículo 31 Bis de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

 Claudia Edith Anaya Mota

(PRI)*

Comisión de Transportes, para dictamen.

Supervisar el reordenamiento de las rutas ferroviarias concesionadas para que queden fuera de las zonas urbanas o centros de población, para tal fin, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes revisará y autorizará a los concesionarios las modificaciones de las rutas concesionadas.

7

Que expide la Ley para la Prevención, Tratamiento y Control de la Diabetes.

 

Publicación en GP:

Anexo III

22 de septiembre de 2015.

Dip.

Salomón Fernando Rosales Reyes

(PRI)

Comisión de Salud, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de prevenir, tratar y controlar la diabetes, a través de la función que ejercen las instituciones y dependencias de los sectores público, privado y social, que prestan servicios de atención diabetes, en el ámbito de competencia local. Crear el Instituto de la Diabetes dependiente de la Secretaría de Salud y facultar a la Secretaría para coordinar la elaboración del programa específico en la materia de diabetes, con la participación de las Instituciones Integrantes del Sistema Nacional y realizar a través de los profesionales de la salud, a toda persona usuaria de los servicios, la medición de glucosa, perfil de lípidos, presión arterial, circunferencia abdominal y peso.

8

Que se declara el 19 de noviembre de cada año “Día Nacional contra el Abuso Sexual Infantil”.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

Mariana Arambula Meléndez

(PAN)

Comisión de Derechos de la Niñez, para dictamen.

Declarar el 19 de noviembre de cada año “Día Nacional contra el Abuso Sexual Infantil”.

9

Que expide la Ley General de Consulta de los Pueblos y Comunidades Indígenas de México.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

Victoriano Wences Real

(PRD)

Comisiones Unidas de Gobernación, y de Asuntos Indígenas, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de establecer los casos en que debe consultarse a las comunidades indígenas, y la forma en que deben llevarse a cabo las consultas, en sus fases de diseño, planeación, operación, seguimiento, y evaluación, para alcanzar acuerdos o el consentimiento informado, relacionado con las propuestas que las instituciones públicas les presenten y, en su caso, incorporar las recomendaciones y conclusiones que realicen. Establecer los objetos, los sujetos, las materias, el procedimiento, las modalidades y las sanciones de la consulta a pueblos y comunidades indígenas.

10

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

Arturo Álvarez Angli

(PVEM)

Comisión de Economía, para dictamen.

Establecer que la Procuraduría Federal de Protección al Consumidor debe fomentar entre los productores y proveedores de bienes y servicios la práctica de procesos de producción que minimicen los efectos negativos sobre el medio ambiente. Asentar que la utilización de publicidad engañosa en relación con las prácticas ambientales de una empresa referentes a procesos de producción amigables con el medio ambiente o los beneficios ambientales de un producto o servicio se considera una falta grave sancionable con clausura total o parcial de hasta  noventa días y multa de $138,854.28 a $3´887,919.91. Indicar que el monto recaudado será destinado al Fondo para el Cambio Climático. Señalar que las aseveraciones genéricas como “verde”, “ecológico”, “orgánico”, o “sustentable” deben justificarse expresamente. Considerar como caso particularmente graves la infracción que pueda poner en peligro la vida, la salud, la seguridad de un grupo de consumidores o la conservación del medio ambiente.

11

Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

Araceli Damián González

(MORENA)

A nombre propio y suscrita por diputados integrantes de su Grupo Parlamentario

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Facultar a las Cámaras para integrar comisiones para investigar el funcionamiento de la administración pública federal, centralizada y paraestatal, de las Empresas Productivas del Estado, así como del Poder Judicial de la Federación y de los órganos autónomos, y hacer del conocimiento de las autoridades competentes los resultados de las investigaciones.

12

Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo II

10 de septiembre de 2015.

Dip.

Verónica Delgadillo García

(MC)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Otorgar un estímulo fiscal a quien contrate adultos mayores, consistente en el equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas de 40 a 64 años y 50 % del salario efectivamente pagado a las personas de 65 años y más.

13

Que reforma los artículos 6° de la Ley Agraria y 32 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

 Karina Sánchez Ruíz

 (NA)

Comisiones Unidas de Reforma Agraria, y de Desarrollo Rural, para dictamen.

Fomentar e incentivar la inclusión de los grupos sociales en situación de vulnerabilidad en toda la cadena de producción agrícola.

14

Que reforma el artículo 23 de la Ley Federal de Derechos.

 

Publicación en GP:

Anexo III

22 de septiembre de 2015.

Dip.

Erika Lorena Arroyo Bello

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Reducir en un 50 por ciento durante el mes de septiembre, el pago de derechos de determinadas cuotas por la prestación de servicios notariales en las oficinas consulares mexicanas.

15

Que reforma el artículo 186 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

José Máximo García López

(PAN)

Otorgar un estímulo fiscal a quien contrate personas a partir de los 40 años y más, consistente en los equivalentes del salario efectivamente pagado a las mismas, de 40 a 54 años el equivalente al 20 por ciento, de 55 a 64 años el equivalente al 15 por ciento y de 65 años y más el equivalente al 25 por ciento del salario efectivamente pagado.

16

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP:

Anexo II

06 de octubre de 2015.

Dip.

Carlos Hernández Mirón

(PRD)

Crear el Fondo de Capitalidad para el Distrito Federal determinado anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente, sólo para efectos de referencia al .65 por ciento de la recaudación federal participable y destinar principalmente las aportaciones federales que por concepto de Fondo de Capitalidad reciba el Distrito Federal a la recuperación de los costos que por concepto de capital del país eroga el Distrito Federal y sus Demarcaciones Territoriales, por los servicios que presta a la población flotante proveniente del resto de las entidades federativas que diariamente transita en el Distrito Federal.

17

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

María Candelaria Ochoa Avalos

(MC)

Comisión de Igualdad de Género, para dictamen.

Fortalecer el mecanismo de alerta por violencia contra las mujeres. Definir a ésta como el mecanismo de protección colectivo, emergente y temporal que concentra las acciones coordinadas de los tres órdenes de gobierno para garantizar una vida libre de violencia a las mujeres, en un territorio determinado. Prever los supuestos en los que procederá la alerta. Prever quienes podrán presentar la solicitud de declaratoria correspondiente. Crear los comités de Selección y de Expertas. Precisar los elementos para la presentación de una solicitud de alerta, así como el procedimiento de declaratoria de la misma.

18

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

Carmen Victoria Campa Almaral

(NA)

Comisiones Unidas de Salud y de Derechos de la Niñez, para dictamen.

Ley General de Salud.

Explicitar que los convenios entre la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas en materia de prevención de accidentes, serán establecer el uso obligatorio de sillas o asientos infantiles en todo vehículo que transporte a menores de 12 años, entre otras.

Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Sancionar la falta de uso de sillas o asientos infantiles en vehículos que transporten a menores 12 años de edad.

19

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

 

Publicación en GP:

Anexo III

08 de octubre de 2015.

Dip.

Juan Romero Tenorio

(MORENA)

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Incluir a las personas morales que realicen actividades empresariales de producción, enajenación y adquisición de bienes y servicios para el pago del impuesto sobre la renta excepto aquéllos cuyos ingresos propios por la actividad empresarial hubieran excedido de la cantidad de seis millones de pesos. Limitar a tributar en los términos del régimen fiscal de incorporación fiscal a los trabajadores de personas morales con fines lucrativos y a los contribuyentes que obtengan más del veinte por ciento de sus ingresos por la enajenación onerosa de mercancías de procedencia extranjera. Considerar como sujetos del régimen a los contribuyentes personas físicas que perciban ingresos por concepto de cualesquiera de los ramos de seguro que componen el esquema integral de seguridad social, los beneficiarios de los programas de salud, asistencia y desarrollo social que implemente la Federación. Exentar a quienes tributaban bajo el Régimen de Pequeños Contribuyentes y en el nuevo Régimen de Incorporación Fiscal de presentar declaraciones informativas.

 

 

*Sin intervención en tribuna.

 

 

 

 

 

 

    Regresar  

 

 

Inklusion
Loading