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Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos; y de la Ley de Puertos. Publicación en GP: Anexo VIII. 06 de diciembre de 2016. |
Proceso Legislativo: Iniciativa suscrita en la Cámara de Senadores por el Ejecutivo Federal el 03 marzo de 2016. (LXIII Legislatura) Dictamen de Primera lectura presentado en la Cámara de Senadores el 29 de noviembre de 2016. (LXII Legislatura) Dictamen a discusión presentado el 30 de noviembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 63 votos a favor y 13 en contra. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura) Propuesta: Armonizar la legislación en materia marítima, en consideración a las modificaciones que la Organización Marítima Internacional ha llevado a cabo en los Convenios Internacionales para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS/74), y para Prevenir la Contaminación por los Buques (MARPOL73/78). Entre otras cuestiones proponen definir una autoridad marítima nacional, que ejercerá la administración marítima de México, por el Ejecutivo federal a través de la SEMAR para el ejercicio de la soberanía, protección y seguridad marítima, así como el mantenimiento del estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan a otras dependencias. En tal virtud, delimita y redistribuye las atribuciones que en materia marítima y portuaria poseen la SEMAR y la SCT, entre otras, transfiere las capitanías de puerto a la SEMAR y estipula reglas específicas para el buen funcionamiento portuario. |
Comisión de Gobernación, para dictamen, y a las Comisiones de Transportes, y de Marina, para opinión. |