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Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Publicado en GP: Anexo III 12 de octubre de 2016. |
Que expide la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano; reforma y adiciona el artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y reforma el artículo 3o. de la Ley de Planeación. Proceso Legislativo: Iniciativa suscrita por los senadores Francisco Búrquez Valenzuela (PAN), Fernando Herrera Ávila (PAN), Emilio Gamboa Patrón (PRI), Miguel Barbosa Huerta (PRD), Víctor Hermosillo y Celada (PAN), Alejandro Encinas Rodríguez (PRD), Zoé Robledo Aburto (PRD), Armando Ríos Piter (PRD), Juan Carlos Romero Hicks (PAN), Ernesto Ruffo Appel (PAN), Héctor Larios Córdova (PAN), Jesús Casillas Romero (PRI), Enrique Burgos García (PRI), Daniel Amador Gaxiola (PRI), Carlos Romero Deschamps (PRI), Roberto Albores Gleason (PRI), Miguel Romo Medina (PRI), Ismael Hernández Deras (PRI), Jorge Luis Lavalle Maury (PAN), Ernesto Cordero Arroyo (PAN), Daniel Ávila Ruiz (PAN) y Héctor David Flores Ávalos (PAN); y las senadoras Angélica Araujo Lara (PRI), Lorena Marín Moreno (PRI), Cristina Díaz Salazar, Marcela Torres Peimbert (PAN), Carmen Dorantes Martínez (PRI), Yolanda de la Torre Valdez (PRI), Lisbeth Hernández Lecona (PRI), Ma. del Rocío Pineda Gochi (PRI), Margarita Flores Sánchez (PRI), Ivonne Álvarez García (PRI), Graciela Ortiz González (PRI), el 13 de septiembre de 2016. (LXIII Legislatura) Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámite presentado el 29 de septiembre de 2016. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos a favor y 1 abstención. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXIII Legislatura) Minuta recibida el 04 de octubre de 2016. (LXIII Legislatura) Propuesta: Crear la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, cuyo objeto es fijar normas básicas e instrumentos de gestión de observancia general, para ordenar el uso del territorio y los asentamientos humanos en el país, con pleno respeto a los derechos humanos, así como el cumplimiento de las obligaciones que tiene el Estado para promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos plenamente; y establecer la concurrencia de los tres órdenes de gobierno en la planeación, ordenación y regulación de los asentamientos humanos en el territorio nacional, mismas que deberán conducirse bajo los principios de política pública: derecho a la ciudad, equidad e inclusión, derecho a la propiedad urbana, coherencia y racionalidad, participación democrática y transparencia, productividad y eficiencia, protección y progresividad del espacio público, resiliencia, seguridad urbana y riesgos, sustentabilidad ambiental y accesibilidad universal y movilidad. Establecer dentro de las finalidades de las NOMs establecer los lineamientos, criterios, especificaciones técnicas y procedimientos que deberán observar los tres órdenes de gobierno para garantizar las medidas adecuadas para el ordenamiento territorial y el desarrollo urbano y metropolitano en los términos de la Ley. |
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