Relativo a las minutas pendientes de dictamen, recibidas antes del 1 de septiembre de 2012. Acuerdo: PRIMERO.- Se declara finalizado el proeceso legislativo a que se refiere el artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de las minutas de ley o decreto referidas en el anexo al presente acuerdo y que fueron recibidias antes del 1 de septiembre de 2012. Archívense como asunto total y definitivamente conclidos y actualícense los registros parlamentarios. SEGUNDO.- Se instruye a la Secretaría de Servicios Parlamentarios actualizar los registros y bases de datos legislativos, e informar de lo anterior a las comisiones a efecto de que se descarguen los asuntos de sus invenatrios. TERCERO.- Comuniquese lo anterior a la Cámara de Senadores, con objeto de que proceda en consecuencia y actualice sus registros parlamentarios. CUARTO.- Publiquese el acuerdo y su anexo en la Gaceta Parlamentaria e incorporese al Diario de los Debates. |