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Secretaría de Hacienda y Crédito Público |
Administrador Central de Destino de Bienes |
Por la que informa que en noviembre de 2012 el Servicio de Administración Tributaria, a través de las autoridades aduaneras competentes, destinó únicamente mercancías perecederas, de fácil descomposición o deterioro y no transferibles al Servicio de Administración y Enajenación de Bienes. |
Comisión de Economía para su conocimiento |