Por el que se proponen a la Mesa Directiva las reglas para el desarrollo de la discusión y votación del dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de reforma laboral. Acuerdo: PRIMERO.- El objeto único de las presentes reglas es normar el desarrollo de la discusión y votación del Dictamen con proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Reforma Laboral. SEGUNDO.- La discusión en lo general y en lo particular se desarrollará de la siguiente manera: I. Para fundamentar el dictamen a nombre de la comisión, hará uso de la palabra por diez minutos, el Presidente de la Comisión de Trabajo y Previsión Social. II. Un integrante por cada Grupo Parlamentario, en orden ascendente, podrá disponer de cinco minutos para exponer su postura. El orador no podrá ser interrumpido por moción de cuestionamiento. I. Posteriormente, el Presidente integrará una lista de oradores para hablar en pro o en contra, hasta por tres minutos, pudiendo registrar hasta seis oradores en cada sentido. Al concluir, el Presidente consultará si se encuentra suficientemente discutido, para pasar a la votación en lo general de los artículos no impugnados. IV. Una vez aprobado el dictamen en lo general, se dará paso a la discusión en lo particular. Las reservas tendrán que presentarse por escrito ante la Secretaría antes del comienzo de la discusión del dictamen en lo general, que iniciará cuando la comisión presente su fundamentación, después de este momento no se recibirá reserva alguna. La presentación, discusión y votación de las reservas, se organizará por capítulos o bien por título, en el caso de que el título no contenga capítulos, de la siguiente manera: 1. Para presentar la reserva, el proponente hará uso de la palabra hasta por tres minutos, concluida la presentación, el Presidente consultará a la Asamblea si se admite a discusión. a. En caso negativo se tendrán por desechadas. b. En caso de aceptarse, podrán hablar un orador a favor y otro en contra, hasta tres minutos por intervención. Una vez concluidas las intervenciones correspondientes, la Presidencia consultará al Pleno, en votación económica, si se acepta la reserva; si la respuesta fuera negativa, se tendrá por desechada, pero si fuera afirmativa, se tendrá por aceptada. 2. Al finalizar la discusión de las reservas correspondientes a un título o capítulo, se realizará la votación nominal en conjunto de los artículos correspondientes, modificados por la Asamblea o en los términos del dictamen, así hasta terminar con todas las reservas. 3. Cuando hubiere duda fundada sobre el resultado de una votación económica, a juicio de la Presidencia, se procederá a votación nominal. TERCERO.- En el desarrollo de la sesión la Mesa Directiva podrá determinar las formas que puedan adaptarse en los debates, discusiones y deliberaciones para el adecuado desarrollo de la sesión. |