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Primer Período de Sesiones Ordinarias del Tercer Año de Ejercicio |
Sesión 38 |
8. DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES Con proyecto de decreto.
No. |
ORIGEN |
DICTAMEN |
TRÁMITE |
1 |
Comisión de Reforma Agraria Publicación en GP: Anexo III. 03 de diciembre de 2014. |
Que reforma el inciso b) del artículo 80 de la Ley Agraria. Proceso Legislativo: Iniciativa suscrita por la Dip. María del Carmen Martínez Santillán (PT) el 30 de abril de 2014. (LXII Legislatura) Propuesta: Establecer que para el caso de que se desconozca el domicilio o ubicación de las personas que gozan del derecho del tanto; la notificación hecha al comisariado, con la participación de dos testigos o ante fedatario público, surtirá los efectos de notificación personal a quienes gocen de dicho derecho. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |
2 |
Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenamiento Territorial Publicación en GP: Anexo III. 09 de diciembre de 2014. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos. Proceso Legislativo: Iniciativa suscrita por los Diputados Jorge Herrera Delgado, Abel Guerra Garza y María Guadalupe Velázquez Díaz (PRI) el 30 de abril de 2014. (LXII Legislatura). Propuesta: Considerar los principios de accesibilidad a servicios, inclusión, equilibrio regional, habitabilidad, participación, prevención, racionalidad y sustentabilidad para la planeación y regulación de los asentamientos humanos, el desarrollo urbano y el ordenamiento territorial. Modificar las atribuciones de la Secretaria de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, entre las que establece la coordinación de las políticas nacionales de asentamientos humanos, suelo urbano y vivienda, transportes urbanos y metropolitanos, planeación y coordinación del financiamiento de infraestructura y equipamiento para el desarrollo urbano, metropolitano, regional y para el ordenamiento territorial, coordinar acciones para el desarrollo sustentable de los asentamientos humanos y el ordenamiento territorial de las conurbaciones y zonas metropolitanas. Promover la evaluación y proveer lo necesario para el cumplimiento del Programa Nacional de Desarrollo Urbano. Modificar las atribuciones de las entidades federativas y de los municipios en materia de planeación y desarrollo regional, de coordinación y gestión para el desarrollo de conurbaciones y zonas metropolitanas, cumplir y ejecutar los planes o programas municipales de desarrollo urbano, en congruencia con los programas estatales y con otros niveles de planeación. Establecer que los planes y programas de desarrollo urbano serán el sustento jurídico para definir y orientar la inversión pública de las entidades federativas y los municipios y promover obras, acciones e inversiones de los sectores privado y social. Determinar que los instrumentos de planeación deberán ser congruentes con los planes y programas contemplados en la legislación en materia de planeación y ambiental. |
3 |
Comisiones Unidas de Ciencia y Tecnología y de Transparencia y Anticorrupción Publicación en GP: Anexo III. 09 de diciembre de 2014. |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología y de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro Rangel Segovia (PRI), a nombre de los Diputados Manlio Fabio Beltrones Rivera, Irazema González Martínez Olivares y Ricardo Fidel Pacheco Rodríguez (PRI) y suscrita por los Diputados Marco Alonso Vela Reyes, Miguel Ángel Aguayo López, Salvador Barajas Del Toro, Rosalba Gualito Castañeda, Benito Caballero Garza, Gerardo Francisco Liceaga Arteaga, Minerva Castillo Rodríguez, José Everardo Nava Gómez, Patricia Elena Retamoza Vega y Fernando Zamora Morales, conformantes de la Comisión de Ciencia y Tecnología del Grupo Parlamentario del PRI, y por las Diputadas María del Rocío Corona Nakamura, Dulce María Muñiz Martínez (PRI) y los Diputados Juan Pablo Adame Alemán (PAN), Marco Antonio González Valdez, Faustino Félix Chávez y Rafael González Reséndiz (PRI), el 23 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura) Propuesta: Establecer que las instituciones de educación superior, entidades y organismos de la Administración Pública Federal que tengan como objeto predominante la realización de actividades de investigación, desarrollo tecnológico o innovación pueden crear unidades de vinculación y transferencia de conocimiento. Incluir a las instituciones de educación superior y entidades de la Administración Pública Federal para promover conjuntamente con los sectores público y privado la conformación de asociaciones estratégicas, alianzas tecnológicas, consorcios, unidades de vinculación y transferencia de conocimiento, nuevas empresas privadas de base tecnológica, y redes regionales de innovación. Determinar que los servidores públicos y entidades de la Administración Pública Federal que lleven a cabo actividades de investigación, desarrollo o innovación científica y tecnológica podrán realizar actividades de vinculación con los sectores público, privado y social, y recibir beneficios. Establecer que incurrirán en conflicto de intereses sólo cuando el servidor público obtenga beneficios por utilidades, regalías o cualquier otro concepto sin respetar la normatividad institucional. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |
4 |
Comisión de Puntos Constitucionales Publicación en GP: Anexo IX. 09 de diciembre de 2014. |
Que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo. Proceso Legislativo: Iniciativa suscrita por coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PAN, del PRD, de MC y del PT el 11 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura) Iniciativa suscrita por el Dip. Julio César Moreno Rivera (PRD) el 11 de noviembre de 2014. (LXII Legislatura) Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal el 05 de diciembre de 2014. (LXII Legislatura) Propuesta: Señalar que el organismo coordinador del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica será el encargado de calcular el valor de la Unidad de Medida y Actualización que será utilizada como unidad de cuenta, índice, base, medida o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y del Distrito Federal. El salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. |
5 |
Comisión de Puntos Constitucionales Publicación en GP: Anexo X. 09 de diciembre de 2014. |
Que reforma los artículos 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de régimen político y gobiernos de coalición. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Dip. Silvano Aureoles Conejo (PRD) el 04 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura). Propuesta: Establecer en las Constituciones locales, la facultad de los Gobernadores de los Estados de optar en cualquier momento por un gobierno de coalición con uno o varios de los partidos políticos representados en las Legislaturas de los Estados y la facultad de las legislaturas de los Estados de ratificar los nombramientos que los gobernadores hagan de los funcionarios que lo integrarán, con excepción del titular en el ramo de seguridad pública. Facultar a la Asamblea Legislativa para ratificar los nombramientos que el jefe de gobierno haga de los funcionarios que integren el gobierno de coalición, con excepción del titular en el ramo de seguridad pública; facultar al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para que en cualquier momento, opte por un gobierno de coalición con uno o varios partidos políticos representados en la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. |
6 |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales Publicación en GP: Pendiente |
Que reforma los artículos 19 y 20 de la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. Proceso Legislativo: Iniciativa suscrita por el Dip. Arturo Escobar y Vega (PVEM), el 18 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura). Propuesta: Incrementar el monto de la multa de trescientos a tres mil días multa a la persona que ocasione daños al medio ambiente. |
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