1 |
Que reforma los artículos 41 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo III. 11 de septiembre de 2014. |
Coordinadores de los Grupos Parlamentarios del PAN, del PRD, de MC y del PT.* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que el salario mínimo no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. Para tales efectos se determinará una Unidad de Referencia que deberá actualizarse conforme a las reglas y procedimientos que las leyes de la materia determinen. |
2 |
Que reforma 569 artículos de diversos ordenamientos. Publicación en GP: Anexo IV. 11 de septiembre de 2014. |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen, con opinión de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta Pública, y de Trabajo y Previsión Social. |
Substituir en 140 leyes la referencia a los “salarios mínimos” para sustituirla por “unidades de referencia” |