Datos
de la
LXII Legislatura

CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

1.   COMUNICACIÓN

 

De Comisión Especial

 

2.   SOLICITUD DE DIPUTADA

 

Para retirar iniciativa.

 

3.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

4.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES, COMISIONES ESPECIALES, GRUPOS DE AMISTAD Y ORGANISMO INTERNACIONAL.

 

5.   DECLARATORIA DE ENTRADA EN VIGOR DEL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, EN ESTADOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA.

 

6.   INFORME RELATIVO A SOLICITUDES DE CONSULTA POPULAR.

 

7.   ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO

 

De la Junta de Coordinación Política

 

8.   INICIATIVAS

 

9.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 

10. PROPOSICIONES

 

11. PROTESTA DE LEY

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 08

   

 

 

7.      ACUERDO DE ÓRGANO DE GOBIERNO.

 

De la Junta de Coordinación Política.

No.

ACUERDO

TRÁMITE

1

Por el que se suscribe en sus términos el Informe presentado por la Comisión Especial para dar Seguimiento a la Problemática Generada por el Derrame de diversas sustancias contaminante a los ríos Sonora y Bacanuchi y hace suyas las recomendaciones plasmadas en dicho informe.

 

Acuerdo:

PRIMERO. El Estado de Sonora y sus habitantes no se han beneficiado de la explotación de sus recursos naturales. La extracción de sus riquezas minerales no ha ayudado a elevar el nivel de vida de los sonorenses. La empresa Grupo México y su filial la mina Buenavista del Cobre S.A. de C.V. lejos de actuar como una empresa responsable, respetuosa del medio ambiente y solidaria con la población de la zona, ha puesto en riesgo la vida humana, el entorno ambiental y el desarrollo económico de la región.

Una mina que reporta ganancias de 4.4 millones de dólares diariamente, que cuenta con un historial negativo y de impunidad, que no protege la salud de sus trabajadores y cierra centros hospitalarios (Hospital del Ronquillo), que no respeta sus derechos laborales y que no contrata personas de Cananea y exhibe letreros discriminatorios en las puertas de sus instalaciones, no puede ser considerada en México como una empresa socialmente responsable.

Es por ello, que esta soberanía recomienda la creación de un Fondo de Desarrollo Regional, solventado por la empresa, que comprenda todos los aspectos básicos para la reactivación económica y social de Sonora, como lo son: salud, alimentación, educación, infraestructura, trabajo y recuperación de todas las actividades productivas y económicas, como un mecanismo compensatorio que restituya la equidad distributiva con un piso inicial de 5 mil millones de pesos,  aportado por la empresa, y detone el potencial de desarrollo que Grupo México le ha escamoteado a la entidad.

SEGUNDO. El fideicomiso anunciado por el gobierno federal con cargo a Grupo México, que tendrá un monto inicial de 2 mil millones de pesos, debe tener un enfoque preponderantemente humano y priorizar la reparación de los daños y perjuicios ocasionados a los jornaleros, productores, comerciantes, ganaderos, a las víctimas del derrame y en general, a toda la población afectada de la región, con una perspectiva a largo plazo que permita evaluar la suficiencia de los recursos y cuantificar ¡as aportaciones necesarias para el resarcimiento del daño social, económico y ambiental infligido. Esta instancia debe contar con un comité técnico especializado que decida los objetivos y que tenga un manejo transparente de los recursos, alejado de toda entrega selectiva o politizada.

TERCERO. El fideicomiso solventado por la empresa debe garantizar a los municipios afectados el abasto suficiente y oportuno de agua potable, tanto para consumo humano a través de plantas potabilizadoras, de la infraestructura necesaria que permita a los pobladores ejercer su derecho fundamental de acceso al líquido vital, como para sus múltiples actividades (incluido el uso agrícola y ganadero) y que cumpla con los estándares de calidad. Asimismo, transparentar y publicitar el monitoreo permanente que realice CONAGUA, a efecto de otorgar certeza y confianza a la población. CUARTO. Hacer valer el imperio de la ley, exigiendo a todas las autoridades competentes el ejercicio de todas las acciones y recursos civiles, penales, administrativos y laborales a que haya lugar, para sancionar de manera ejemplar a la empresa y personas que resulten responsables.

QUINTO. Hacer un llamado a la autoridad competente a redoblar las acciones de vigilancia y supervisión de la mina Buenavista del Cobre, S.A. de C.V., a fin de revisar las violaciones en que ha incurrido la mina y prevenir cualquier otra en el futuro, en materia ambiental, laboral y en general de seguridad industrial, con objeto de proceder a la suspensión de actividades ya la evaluación de la cancelación de la concesión otorgada a Grupo México.

SEXTO. Esta Comisión Especial considera urgente e indispensable que las comisiones ordinarias correspondientes de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, presenten un paquete legislativo que fortalezca al Estado mexicano en su función reguladora y sancionadora, que eleve los montos de las multas y sanciones, que dote al Estado de capacidad para actuar con prontitud; una legislación que cuente con un protocolo claramente definido de los pasos a seguir en caso de cualquier contingencia, sea la actividad de que se trate de cualquier empresa, asimismo que contenga los siguientes principios fundamentales:

1. Sanciones y multas de acuerdo al daño generado, proporcional a las ganancias percibidas y a ia reincidencia en ilícitos

2. Cuando se presente una contingencia ambiental considerada importante por la autoridad correspondiente, debe estipularse claramente que la suspensión de actividades debe ser inmediata, hasta en tanto no se realice la investigación que permita el deslinde de responsabilidades.

3. Debe fortalecerse la capacidad de la autoridad competente para aplicar multas y sanciones de manera directa e inmediata.

4. Debe quedar clara la responsabilidad de que el que contamina paga no solamente la remediación ambiental y la indemnización a las personas directamente afectadas, sino todo lo que comprende la recuperación económica, ambiental y social de una comunidad.

Con independencia del monto de las multas, el que contamina no sólo es responsable del daño ambiental, sino también de las afectaciones económicas y sociales.

5. Pierde la concesión quien contamina y pone en riesgo los ecosistemas y la vida humana.

SÉPTIMO. Incluir al municipio de Cananea en el programa de poblaciones afectadas.

OCTAVO. Garantizar el acceso oportuno a servicios de salud de calidad para atender las repercusiones y afectaciones presentes y futuras provocadas por el derrame ocasionado por la mina Buenavista del Cobre S.A. de C.V., así como realizar los estudios necesarios, a efecto de determinar si la región afectada presenta una mayor incidencia en enfermedades y afecciones imputables a la contingencia tales como cáncer, malformaciones, padecimientos crónico-degenerativos y envenenamiento paulatino, entre otras.

NOVENO. Que la empresa cumpla con las medidas sanitarias pertinentes, emitidas por la autoridad competente, con el objeto de proteger la salud de los pobladores.

DÉCIMO. Garantizar a los pobladores de la región el pleno ejercicio de sus derechos humanos, como el acceso al trabajo digno, sin que medie ningún tipo de discriminación.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión Especial: Dip. Marco Antonio Bernal Gutiérrez

 

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Cristina Olvera Barrios (NA)

Dip. Lilia Aguilar Gil (PT)

Dip. Francisco Alfonso Durazo Montaño (MC)

Dip. Laura Ximena Martel Cantú (PVEM)

Dip. Lorenia Iveth Valles Sampredro (PRD)

Dip. José Enrique Reina Lizárraga (PAN)

Dip. Willy Ochoa (PRI)

 

En Contra:

Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT)

a)  Aprobado en votación económica

b) Comuníquese.

 

Publicación en GP:

Anexo VI.

17 de septiembre de 2014.

 

 

 

    Regresar  

 

 

Inklusion
Loading