Datos
de la
LXII Legislatura
CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

 

1.   OFICIOS

 

2.   SOLICITUD DE DIPUTADA

 

Para retirar iniciativa

 

3.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

4.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES, DE ORGANISMO INTERNACIONAL Y GRUPO DE TRABAJO

 

5.   INICIATIVAS

 

6.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto

 

7.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 

8.   PROPOSICIONES

 

9.   PROTESTAS DE LEY

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

 

Segundo Período de Sesiones Ordinarias
del Tercer Año de Ejercicio

 

 

Sesión 13

 

   

 

 

 

7.     DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

12 de marzo de 2015.

Que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de seguridad sanguínea.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Senador Fernando Enrique Mayans Canabal (PRD) el 05 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura del 08 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a Discusión del 10 de abril de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 91 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida el 22 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de febrero de 2015. (LXII Legislatura)

Propuesta:

Incluir como objeto de la educación para la salud el orientar y capacitar a la población sobre la donación de órganos, tejidos y células con fines terapéuticos. La Secretaría de Salud deberá llevar a cabo campañas permanentes sobre la importancia de la donación de órganos, tejido y células para fines de trasplantes, así como de sangre y sus componentes para efectos de transfusiones y otros usos terapéuticos. Definir que se entenderá por “Células troncales”, “Sangre”, “Plasma”, “Tejido”, “Transfusión”, “Hemoderivados” y redefinir “Trazabilidad”. Reforma qué establecimientos de salud que requieren de autorización sanitaria; señala que para los de servicios de sangre la licencia tendrá vigencia de 5 años prorrogables. Indicar a cargo de qué establecimientos estará la disposición de sangre, componentes sanguíneos y células troncales con fines terapéuticos. El Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea tendrá a su cargo el Registro Nacional de Sangre y de Células Troncales, el cual integrará y mantendrá actualizada la información relativa a la a disposición de sangre, componentes sanguíneos y células troncales. Imponer prisión de 1 a 5 años y multa de 10 a 125 días de salario mínimo general a quien introduzca en territorio nacional sangre humana o cualquiera de sus componentes sin permiso de la Secretaría de Salud.

 

Intervenciones:

 

Por la Comisión: Dip. Leobardo Alcalá Padilla.

 

Para fijar postura:

Dip. Rubén Benjamín Félix Hays (NA)

Dip. Martha Beatriz Córdova Bernal (MC)

Dip. María del Carmen Martínez Santillán (PT)

Dip. María del Rosario de Fátima Pariente Gavito (PVEM)

Dip. José Ignacio Olvera Caballero (PRD)

Dip. María Lucrecia Arzola Godínez (PAN)

Dip. María de Jesús Huerta Rea (PRI)

 

Para hablar a favor:

Dip. Marcos Rosendo Medina Filigrana (PRD)*

Dip. Simón Lomelí Cervantes (PAN)

 

* Propuso modificación.

a)  En votación económica se desechó la propuesta de modificación del Dip. Medina Filigrana.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, por 348 votos a favor, 13 en contra y 7 abstenciones.

c)  Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

 

2

Comisión de Salud

 

Publicación en GP:

Anexo III.

12 de marzo de 2015.

Que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud, en materia de bebidas alcohólicas.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Miguel Antonio Osuna Millán (PAN), suscrita por diputados de diversos Grupos Parlamentarios, el 11 de octubre de 2011. (LXI Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 08 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión el 08 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 304 votos en pro, 2 en contra y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida en Cámara de Senadores el 13 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura el 10 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a discusión el 22 de abril de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 85 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

Declaratoria de Publicidad emitida el 26 de febrero de 2015. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Modificar el nombre del Programa contra el Alcoholismo para quedar como Programa para la prevención, reducción y tratamiento del uso nocivo del alcohol, la atención del alcoholismo y la prevención de enfermedades derivadas del mismo, así como la protección de la salud de terceros y de la sociedad frente al uso nocivo del alcohol. Sustituir los términos “niños, adolescentes”, “obreros y campesinos” por “menores de edad” y “grupos vulnerables”. Establecer lo que se debe entender por uso nocivo del alcohol. Prever como acciones del Programa, la promoción de los servicios de prevención, detección temprana, diagnóstico oportuno, derivación, tratamiento y rehabilitación del individuo, considerando la educación, monitoreo interno y un programa de seguimiento y evaluación de metas y logros internos. Señalar las facultades de la Secretaría de Salud en el marco de la protección de la salud de terceros y de la sociedad frente al uso nocivo del alcohol.

Por la Comisión: Dip. Mario Alberto Dávila Delgado

 

Para fijar postura:

Dip. Loretta Ortíz Ahlf (MORENA)

Dip. Rubén Benjamín Félix Hays (NA)

Dip. María del Carmen Martínez Santillán (PT)

Dip. José Francisco Coronato Rodríguez (MC)

Dip. Felipe Arturo Camarena García (PVEM)

Dip. Edgar Emilio Pereyra Ramírez (PRD)*

Dip. Viridiana Lizette Espino Cano (PAN)

Dip. Martha Loera Arámbula (PRI)

 

Para hablar a favor:

Dip. Fernando Belaunzarán Méndez (PRD)

Dip. Nelly del Carmen Vargas Pérez (MC)

 

*Propuso modificaciones al artículo 3, fracción XIX, y al artículo 187 Bis 1.

a)  En sendas votaciones económicas se desecharon las propuestas de modificaciones del Dip. Pereyra Ramírez.

b)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto, por 365 votos a favor y 1 en contra.

c)  Pasa al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

 

 

 

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