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Que reforma y adiciona la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud. Publicación en GP: Anexo I. 21 de octubre de 2010. |
Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Sen. Renán Cleominio Zoreda Novelo, a nombre del Sen. Adolfo Toledo Infanzón, el 12 de mayo de 2010. (LIX Legislatura) Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de octubre de 2010. (LXI Legislatura) Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 19 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 76 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) Propuesta: Establecer que el Director del Instituto Mexicano de la Juventud, remita a las Mesas Directivas de ambas Cámaras del H. Congreso de la Unión, al inicio de los Periodos Ordinarios de Sesiones de cada año legislativo, los estudios e investigaciones relativos a la problemática y características juveniles previstas en la Ley; así como difundir los proyectos de desarrollo de la juventud, el seguimiento a las acciones de los programas y sus correspondientes propuestas. |
Comisión de Juventud y Deporte |
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Que reforma y adiciona la Ley General de Cultura Física y Deporte. Publicación en GP: Anexo I. 21 de octubre de 2010. |
Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Sen. Alfonso Elías Serrano, el 11 de marzo de 2008. (LX Legislatura) Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de octubre de 2010. (LXI Legislatura) Dictamen a discusión presentado en la Cámara de Senadores el 19 de octubre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 89 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura) Propuesta: Establecer que las Asociaciones Deportivas Nacionales observarán en todo momento los principios de democracia, representatividad, equidad, legalidad, transparencia y rendición de cuentas. Que las Federaciones Mexicanas que soliciten el registro como Asociaciones Deportivas Nacionales, siendo los estatutos uno de los requisitos, que éstos contengan al menos: órganos de dirección, de administración, de auditoría, de evaluación de resultados y de justicia deportiva, así como sus respectivas atribuciones; tipo y número de asambleas que se realizarán durante el año, indicando las materias que en ellas podrán tratarse, y el quórum para sesionar; procedimiento y quórum para reforma de estatutos y adopción de acuerdos; el reconocimiento de las facultades de la CODEME en materia de procesos electorales y evaluación de resultados de las Asociaciones Deportivas Nacionales; normas sobre administración patrimonial y forma de fijar cuotas de los asociados; mecanismos de apoyo para sus deportistas afiliados, dirigidos a todos aquellos trámites que se requieran para su participación en competiciones nacionales e internacionales, y el reconocimiento de evaluar y supervisar la correcta aplicación y ejercicio de los recursos públicos, así como los resultados de los programas operados con los mencionados recursos, conforme lo disponen la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Establece como obligación de las Asociaciones Deportivas Nacionales, el rendir a la CONADE y a la CODEME un informe anual sobre las actividades realizadas y los resultados nacionales e internacionales alcanzados, y acompañar al mismo el programa de trabajo para el siguiente ejercicio; dicho informe será evaluado por la Confederación Deportiva Mexicana, A.C. (CODEME). |