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Que reforma los artículos 25 y 147 de la Ley del Seguro Social. Publicación en GP: Anexo I. 8 de diciembre de 2011. |
Senadores Rogelio Rueda Sánchez, María de los Ángeles Moreno Uriegas y Raúl Mejía González (PRI) * |
Se turnó a las Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social, para dictamen |
Incrementar la cuota que aportarán los patrones, los trabajadores y el estado para cubrir las prestaciones en especie del seguro de enfermedades y maternidad de los pensionados y sus beneficiarios, en los seguros de riesgos de trabajo, invalidez y vida, así como retiro, cesantía en edad avanzada y vejez de 1.5 por ciento a dos punto veinticinco por ciento sobre el salario base de cotización; de dicha cuota, corresponderá al patrón pagar el uno punto quinientos setenta y cinco por ciento, a los trabajadores el cero punto cinco mil seiscientos veinticinco por ciento y al Estado el cero punto mil ciento veinticinco por ciento. Incrementar al uno punto doscientos veinticinco y el cero punto cuatro mil trescientos setenta y cinco por ciento sobre el salario base de cotización, la cuota que le corresponde cubrir a los patrones y a los trabajadores. |