Relativo a la vacante de Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados de la LXI Legislatura. Acuerdo: PRIMERO.- En razón de que los ciudadanos Hilda Esthela Flores Escalera y Noé Fernando Garza Flores, diputados federales propietaria y suplente, respectivamente, del Partido Revolucionario Institucional, electos en la segunda circunscripción plurinominal, no se incorporarán a sus labores como diputados federales a la LXI Legislatura en el lapso que resta de ésta, se considera vacante dicha fórmula, por lo que resulta necesario actuar conforme a lo previsto en el artículo 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice: ?...la vacante de miembros de la Cámara de Diputados, electos por el principio de representación proporcional, será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido;...? Así como, de conformidad con lo señalado en el artículo 20, numeral 3, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales que a la letra dice: 3. Las vacantes de miembros propietarios de la Cámara de Diputados, electos por el principio de representación proporcional, deberán ser cubiertas por los suplentes de la fórmula electa respectiva. Si la vacante se presenta respecto de la fórmula completa, será cubierta por aquella fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido.? De igual forma el artículo 11 del Reglamento de la Cámara de Diputados establece: 1. Las vacantes de diputados o diputadas electos por el principio de mayoría relativa o representación proporcional, se cubrirán conforme a lo dispuesto en la Constitución, en sus artículos 63, primer párrafo y 77, fracción IV.. SEGUNDO.- Dese cuenta al Instituto Federal Electoral, a efecto de que dicho órgano informe a esta soberanía de la fórmula de candidatos que siga en el orden de la lista regional de la segunda circunscripción plurinominal del Partido Revolucionario Institucional, para que los miembros de dicha fórmula puedan ser llamados a ocupar el cargo de diputado federal a la LXI Legislatura. TERCERO.- Notifíquese a los ciudadanos Hilda Esthela Flores Escalera y Noé Fernando Garza Flores. CUARTO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Parlamentaria |