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Comisión de Seguridad Social Publicación en GP: Anexo III. 30 de abril de 2012. |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado. (Uniones Civiles) Proceso Legislativo: Iniciativa de la Dip. Enoé Margarita Uranga Muñoz (PRD) y suscrita por el Dip. Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI), el 9 de marzo de 2010. (LXI Legislatura) Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de octubre de 2010. (LXI Legislatura) Dictamen a Discusión presentado el 9 de noviembre de 2010. Proyecto de decreto aprobado por 232 votos, 58 en contra y 17 abstenciones. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura) Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 11 de noviembre de 2010. (LXI Legislatura) Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de octubre de 2011. (LXI Legislatura) Dictamen a Discusión presentado el 3 de noviembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por unanimidad de 82 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (LXI Legislatura) Iniciativa suscrita por la Dip. Enoé Margarita Uranga Muñoz (PRD) a nombre propio y del Dip. Rubén Ignacio Moreira Valdez (PRI) el 9 de marzo de 2010. (LXI Legislatura) Minuta recibida el 8 de noviembre de 2011. (LXI Legislatura) Declaratoria de Publicidad emitida el 25 de abril de 2012. (LXI Legislatura) Propuesta: Establecer como beneficiarios y derechohabientes de los seguros, las prestaciones y los servicios que otorgan el Instituto Mexicano del Seguro Social y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, respectivamente, a aquellas personas que hayan suscrito una unión civil con un asegurado, asegurada, pensionado o pensionada, con el objeto de garantizar el ejercicio de esos derechos. |
a) Se sometió a discusión el 27 de abril de 2012. b) Aprobado en votación nominal, en lo general y en lo particular, por 252 votos en pro, 80 en contra y 15 abstenciones. c) Devuélvase a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos |
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Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública Publicación en GP: Anexo II. 30 de abril de 2012. |
Que reforma el artículo Trigésimo Quinto Transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012. Proceso Legislativo: Iniciativa suscrita por el Dip. Gerardo Sánchez García (PRI) y por diputados de diversos Grupos Parlamentarios el 25 de abril de 2012. (LXI Legislatura) Declaratoria de Publicidad emitida el 30 de abril de 2011. (LXI Legislatura) Propuesta: Crear un Fondo Especial de Recursos para atender las Contingencias Climáticas Extraordinarias (FERCCE) por un monto de 15 mil millones de pesos, para atender los daños ocasionados por las contingencias climatológicas de sequía en los estados de Sonora, Baja California, Baja California Sur, Aguascalientes, Tamaulipas, Coahuila, Chihuahua, Sinaloa, Durango, Nuevo León, Zacatecas, San Luis Potosí, Querétaro, Guanajuato, Michoacán, por las heladas en los estados de Tlaxcala, Puebla, México, Veracruz e Hidalgo, y por inundaciones en los estados de Tabasco y Colima. Intervenciones: Por la Comisión: Dip. Fermín Montes Cavazos Para fijar postura de su Grupo Parlamentario: Dip. Pedro Vázquez González (PT) Dip. Héctor Elías Barraza Chávez (PRD) Para hablar en pro: Dip. Mario Alberto Di Costanzo Armenta (PT) Dip. Emilio Serrano Jiménez (PRD) Para rectificación de hechos: Dip. Pedro Ávila Nevárez (PRI) |
a) En votación económica se autorizó someterlo a discusión. b) Aprobado en votación nominal, en lo general y en lo particular, por 289 votos en pro y 3 en contra. c) Pasa al Ejecutivo para efectos constitucionales. |
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Comisión de Justicia Publicación en GP: Anexo XII. 30 de abril de 2012. |
Que reforma y adiciona el Código Penal Federal, la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Dip. Agustín Carlos Castilla Marroquín (PAN) el 18 de noviembre de 2009. (LXI Legislatura) Iniciativa suscrita por el Dip. Gerardo del Mazo Morales (NA) el 21 de julio de 2010. (LXI Legislatura) Iniciativa suscrita por el Dip. Jorge Antonio Kahwagi Macari (NA) el 1 de diciembre de 2009. (LXI Legislatura) Iniciativa suscrita por la Dip. Dolores de los Ángeles Nazares Jerónimo (PRD) el 23 de febrero de 2010. (LXI Legislatura) Iniciativa suscrita por el Dip. Guillermo Cueva Sada (PVEM) el 25 de febrero de 2010. (LXI Legislatura) Iniciativa suscrita por la Dip. Laura Itzel Castillo Juárez (PT) el 8 de marzo de 2011. (LXI Legislatura) Iniciativa suscrita por la Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) el 3 de marzo de 2011. (LXI Legislatura) Declaratoria de Publicidad emitida el 30 de abril de 2011. (LXI Legislatura) Propuesta: Explicitar que la reparación del daño, debe ser integral, adecuada, eficaz y efectiva, proporcional a la gravedad del daño causado y a la afectación sufrida. El perdón del ofendido sólo podrá otorgarse cuando se hayan reparado la totalidad de los daños y perjuicios ocasionados por la comisión del delito. En los delitos contra el libre desarrollo de la personalidad, la libertad y el normal desarrollo psicosexual y en su salud mental, Cometidos en contra de una persona menor de dieciocho años de edad, el plazo para la prescripción comenzará a correr a partir del día en que la víctima cumpla la mayoría de edad. Indicar las sanciones a quienes cometan delitos relacionados al feminicidio, contra los derechos reproductivos, abuso sexual, estupro, violación, incesto, privación ilegal de la libertad con propósitos sexuales, trata equiparada, discriminación, violencia familiar y fraude familiar. |
a) En votación económica se autorizó someterlo a discusión. b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por unanimidad de 311 votos. c) Pasa al Ejecutivo para efectos constitucionales. |