Comisión Permanente del Segundo Receso del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 05, del 26 de Mayo de 2010.

 

                4. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO

SINOPSIS

1

Que reforma la fracción III del artículo 109 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Congreso del Estado de Chihuahua

Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados

Exentar del pago del impuesto sobre la renta a los ingresos por concepto de jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte.

2

Que reforma y adiciona la Ley Federal de Variedades Vegetales.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

Sen.

Adolfo Toledo Infanzón

(PRI)

Comisiones Unidas de Agricultura y Ganadería; y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Establecer como pena privativa de libertad de dos a seis años de prisión y multa de cien a diez mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal a quien use en forma dolosa, con fines de lucro y sin las autorizaciones correspondientes, las características o contenido de una variedad vegetal registrada o su material de propagación. Proponer que este delito se persiga de oficio.

3

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

César Daniel González Madruga

(PAN)*

Comisión de Juventud y Deporte de la Cámara de Diputados

Definir los criterios que deberá observar el Instituto en el cumplimiento de su objetivo, como son la integralidad y transversalidad de las políticas públicas, la no discriminación, la igualdad entre mujeres y hombres y el fomento al federalismo.  Establecer que el Instituto deberá elaborar el Programa Nacional de Juventud, el cual deberá ser congruente con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, así como de los programas sectoriales, institucionales y especiales; asimismo, emitir informes de evaluación periódica  para dar cuenta de los resultados en el cumplimiento de los objetivos y estrategias del mismo.  Crear al Órgano Coordinador de la Política Nacional de Juventud el cual tendrá como objeto garantizar la integralidad y transversalidad de la política nacional de juventud, así como su correcta instrumentación y ejecución a fin de brindar a los jóvenes las condiciones necesarias para su desarrollo integral; y al Sistema Nacional de Información, Investigación y Consulta sobre Juventud, el cual establecerá los mecanismos necesarios para generar las bases de datos con información relevante en materia de juventud.

4

Que reforma y adiciona los párrafos tercero y décimo primero y deroga el párrafo octavo del artículo 16; reforma y adiciona el segundo párrafo del artículo 17; y reforma y adiciona las fracciones I, II, III, V y IX del artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

Sen.

Carlos Sotelo García

(PRD)

 

A nombre propio y de Senadores de diversos Grupos Parlamentario

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales; y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores

Establecer que los imputados no estarán obligados a probar su inocencia La confesión rendida sin la asistencia del defensor o ante autoridad distinta a la judicial carecerá de todo valor probatorio; la autoridad proveerá de medios adecuados para que el inculpado establezca comunicación con su defensor o abogado al momento de su detención. La sola declaración de éstos no será suficiente para establecer la culpabilidad del procesado.  Las declaraciones de testigos colaboradores, sin elementos de convicción que las corroboren, no serán suficientes para establecer la culpabilidad del procesado. Toda privación de libertad contraria a lo dispuesto en la Constitución y en la ley obligará al Estado a indemnizar a la persona así lesionada en los términos que la propia legislación establezca.

5

Que reforma y adiciona el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 26 y 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

Pablo Escudero Morales

(PVEM)*

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Establecer que los grupos parlamentarios y los diputados integrantes en lo particular, podrán requerir información o documentación a los titulares de las dependencias y entidades del gobierno federal, mediante pregunta por escrito, la cual deberá ser respondida en un término no mayor a 15 días naturales a partir de su recepción.

6

Que expide la Ley que regula la Comercialización de los Servicios Educativos que Prestan los Particulares.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

Sen.

Luis Maldonado Venegas

(CONV)

Comisiones Unidas de Educación; y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores

Normar los servicios educativos particulares que son prestados a los educandos a cambio de una contraprestación económica, la cual debe ser proporcional a la calidad y naturaleza de la enseñanza recibida, a la diversidad de los servicios y a las instalaciones y recursos académicos que aquéllas utilizan para el cumplimiento de su objeto; establecer de  manera uniforme el monto de las prestaciones que deben ser abiertas. La Secretaría de Economía deberá fijar normas y procedimientos de comercialización que favorezcan un trato equitativo en la prestación de los servicios educativos que brindan los particulares, así como una mejor provisión de información.

7

Para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor de la H. Cámara de Diputados el nombre del General Plutarco Elías Calles.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

Alfredo Villegas Arreola

(PRI)

 

A nombre propio y del Dip. Óscar Lara Salazar

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados

Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor de la H. Cámara de Diputados el nombre del General Plutarco Elías Calles.

8

Que reforma la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

Armando Ríos Píter

(PRD)

 

A nombre de la Dip. Claudia Edith Anaya Mota (PRD)

Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados

Actualizar la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas para que contenga disposiciones que protejan a las personas con discapacidad y a las víctimas de este delito que adquieren una discapacidad.

9

Que reforma el artículo 259 bis del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

Eduardo Ledesma Romo

(PVEM)*

Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados

Imponer pena corporal al que asedie a persona de cualquier sexo sin su consentimiento, con el fin de obtener de ésta un acto sexual, con la amenaza de causar a la víctima un mal relacionado con las expectativas que pueda tener de dicha relación. Aumentar la penalidad cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de 18 años de edad o persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo o la obligue a ejecutarlo.

10

Que reforma los artículos 21, párrafo décimo e inciso a), 115, fracciones III, inciso h) y VII y adiciona un párrafo final a la fracción I del artículo 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

Morelos Jaime Carlos Canseco Gómez

(PRI)

 

A nombre de los Dips.

Yolanda de la Torre Valdez, Ricardo Armando Rebollo Mendoza, José Ricardo López Pescador, Óscar García Barrón y Pedro Ávila Nevarez (PRI)

Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados

Suprimir las policías municipales y establecer que serán los gobernadores los encargados de la seguridad pública y tendrán bajo su mando a la policía preventiva, de tránsito y vialidad estatal.

11

Que adiciona un párrafo tercero al artículo 5º de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

Sen.

Rosalinda López Hernández

(PRD)

 

A nombre propio y de los Senadores José Luis García Zalvidea, José Ranulfo Luis Tuxpan Vázquez, Rubén Fernando Velázquez López (PRD)

Comisiones Unidas de Derechos Humanos, de Equidad y Genero y de Estudios Legislativos, de la Cámara de Senadores

Crear un Observatorio Ciudadano para la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el cual será encargado de diseñar e instrumentar un mecanismo de monitoreo y evaluación independiente de las normas y políticas públicas, así como del cumplimiento de los compromisos internacionales contraídos por el Estado Mexicano, en relación con los derechos de las mujeres y la equidad de género, el cual estará integrado por mujeres provenientes de las organizaciones de la sociedad, la academia, así como de instituciones públicas y privadas. El Consejo Consultivo de la Comisión Nacional establecerá en el Reglamento, la forma de integración, los requisitos, la duración y el funcionamiento de éste órgano.

12

Que se adiciona y deroga diversos artículos de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

Jorge Carlos Ramírez Marín

(PRI)

 

A nombre propio y del Dip. Roberto Armando Albores Gleason (PRI)

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados.

Suprimir el Comité de Información, Gestoría y Quejas.  Crear un Capítulo Octavo “Del E-Congreso o Congreso Digital”, con el fin de que la Cámara de Diputados cuente con un comité denominado “E-Congreso”, encargado de administrar, coordinar la operación y vigilar el adecuado desempeño de la Plataforma Tecnológica E-Congreso, compuesta por el Sistema Electrónico de Proceso Legislativo (SISEPRO), el Sistema Electrónico de Participación Ciudadana (SEAC) y el Sistema Electrónico de Información Legislativa (SIL).  Establecer como atribuciones y facultades del Comité E-Congreso las siguientes: Coordinar la operación del Sistema Electrónico de Proceso Legislativo (SISEPRO), el Sistema Electrónico de Atención Ciudadana (SEAC), y el Sistema Electrónico de Información Legislativa (SIL), recibir, procesar y sistematizar las solicitudes de información, demandas de apoyo, inquietudes y quejas de la ciudadanía hechas a los diputados, por medios físicos o electrónicos; a través del Sistema Electrónico Atención Ciudadana (SEAC), administrar, en coordinación con la Dirección General de Tecnologías de Información, los medios de contacto electrónicos de la Cámara de Diputados con el ciudadano, particularmente la página de Internet y el buzón electrónico de la Cámara, gestionar y administrar, junto con la Coordinación General de Comunicación Social, las redes sociales virtuales, en Internet, de la Cámara, coordinar y operar el Centro de Atención Telefónica de la Cámara de Diputados.

13

Que reforma y adiciona la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

Mary Telma Guajardo Villarreal

(PRD)*

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados

Prever que los órganos públicos y las autoridades federales, en el ámbito de su competencia, lleven a cabo medidas positivas y compensatorias a favor de la igualdad de oportunidades para las mujeres, como prorrogar a las madres trabajadoras el tiempo de los periodos pre y postnatales y los derivados de éstos, para acceder y permanecer, según sea el caso, a los diversos programas de estímulos económicos y académicos, que sean otorgados con base en criterios de productividad en programas como son becas, incentivos por desempeño académico o profesional, acciones de profesionalización, goce de años sabáticos, distinciones y premios.  Asimismo, serán considerados para la entrega de proyectos y/o informes de trabajo, cualquiera que sea su periodicidad.

14

Que adiciona la Ley de Energía para el Campo.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

Sen.

Ricardo Pacheco

Rodríguez

(PRI)

 

A nombre del Sen. Francisco Herrera León (PRI)

Comisiones Unidas de Energía; y de Estudios Legislativos, Segunda de la Cámara de Senadores

Garantizar en el presupuesto asignado para el Programa de Energía para el Campo, los recursos necesarios para implementar las innovaciones tecnológicas que otorguen mayor sustentabilidad al uso de la energía en el campo.

15

Que reforma los artículos 59, 59-bis, 62 y 77 del Capítulo Tercero de la Ley Federal de Radio y Televisión.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

Martha Elena García Gómez

(PRD)*

Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Diputados

Establecer que en las transmisiones de televisión se contará con la inclusión del lenguaje de señas mexicano y el subtitulaje cerrado.

16

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Banco de México, de la Ley Orgánica de la Administración Pública, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, de la Ley de Instituciones de Crédito y de la Ley de Sistemas de Pagos.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

Sen.

Tomás Torres Mercado

(PRD)*

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público; y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores

Considerar que, con el objetivo de garantizar el pleno funcionamiento del sistema de pagos y del curso de la moneda nacional, el Banco de México establecerá como requisito para la autorización de permisos a intermediarios financieros que realicen operaciones de compra y venta de divisas, la libre convertibilidad de divisas en efectivo. Para tal efecto el Banco de México se coordinará con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para la identificación y seguimiento en el sistema financiero de aquellas operaciones de personas físicas o morales que superen en su conjunto montos de a diez mil dólares diarios de los Estados Unidos de América.

17

Que adiciona una fracción VIII al artículo 1 y reforma los artículos 22, la fracción I del 22-bis, el 41 y la fracción III del 116 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP de la Cámara de Senadores:

26 de mayo de 2010.

 

Publicación en GP:

28 de mayo de 2010.

Dip.

Cora Cecilia Pinedo Alonso

(NA)*

Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputados

Incluir como objeto de la Ley el propiciar el desarrollo sustentable y establecer las bases para impulsar y apoyar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación en materia ambiental. Considerar como instrumentos financieros los créditos, las fianzas, los seguros de responsabilidad civil, los fondos y los fideicomisos, cuando sus objetivos estén dirigidos al desarrollo tecnológico e innovación para la preservación del equilibrio ecológico y protección al ambiente.

*Sin intervención en tribuna.

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