1 |
Dip. Antonio Benítez Lucho (PRI) |
Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores |
Que se adiciona un párrafo tercero, pasando el actual a ser cuatro, al artículo 376 de la Ley General de Salud, se reforman los artículos transitorios primero y tercero, y se adicionan los artículos cuarto y quinto del ?Decreto por el que se reforma el artículo 376 de la Ley General de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2005?. Publicación en GP de la Comisión Permanente: 10 de agosto de 2011. |
Se formula la excitativa |