DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. OFICIOS

a) De congresos de los estados.

b) Del Instituto Federal Electoral.

2. RATIFICACIÓN DE NOMBRAMIENTOS

a) De Servidores Públicos.

b) Del Grados Militares.

3. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

a) De congresos de los estados.

b) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

c) De la Secretaría de Gobernación.

4. INICIATIVAS

5. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) De permisos constitucionales. Para prestar servicios.

6. DICTAMEN DE PRIMERA LECTURA CON DISPENSA DE TRÁMITES

a) De permiso constitucional. Al Ejecutivo Federal. Para ausentarse del territorio nacional.

7. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) De permisos constitucionales. Para prestar servicios.

b) De permisos constitucionales. Para aceptar condecoraciones.

c) De permiso constitucional. Para aceptar y desempeñar el cargo de Cónsul Honorario.

d) De ratificación de nombramientos.

e) Con puntos de acuerdo.

8. PROPOSICIONES

9. PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

COMISIÓN PERMANENTE DEL PRIMER RECESO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 3, de Enero 9, 2008.

 

                7. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

                       b) De permisos constitucionales. Para aceptar condecoraciones.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TURNO O TRÁMITE

1

Primera Comisión

 

Publicación en GP:

Enero 9, 2008.

Que concede permiso a los ciudadanos Asís Abraham Daguer y Abelardo Vara Rivera, para aceptar y usar las condecoraciones de la "Orden del Cedro Nacional", en grado de Comandante y de la "Orden de Dannebrog", en grado de Caballero, que les otorgan los gobiernos del Líbano y del Reino de Dinamarca, respectivamente.

 

Proceso Legislativo:

Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado el 19 de diciembre de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 4 de enero de 2008.

 

Decreto:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se concede permiso al ciudadano Asís Abraham Daguer, para aceptar y usar la condecoración de la "Orden del Cedro Nacional", en grado de Comandante, que le otorga el gobierno del Líbano.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano Abelardo Vara Rivera, para aceptar y usar la condecoración de la "Orden de Dannebrog", en grado de Caballero, que le otorga el gobierno del Reino de Dinamarca.

a) En votación económica se les dispensó la Segunda Lectura, junto con los anteriores dictámenes.

b) Aprobados en votación nominal por 33 votos, de manera conjunta con los anteriores dictámenes.

c) Pasaron al Ejecutivo Federal para sus efectos constitucionales.

2

Que concede permiso al ciudadano José Luis Martínez y Hernández, pueda aceptar y usar las condecoraciones de la "Orden Jinete de Madara", en Primer Grado y de la "Orden al Mérito de la República de Hungría", en grado de Comendador (división civil), que le otorgan los gobiernos de las repúblicas de Bulgaria y de Hungría, respectivamente.

 

Proceso Legislativo:

Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado el 19 de diciembre de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 4 de enero de 2008.

 

Decreto:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se concede permiso al ciudadano José Luis Martínez y Hernández, para aceptar y usar las condecoraciones de la Orden Jinete de Madara, en Primer Grado y de la Orden al Mérito de la República de Hungría, en Grado de Comendador (división civil), que le otorgan los gobiernos de las repúblicas de Bulgaria y de Hungría, respectivamente.

3

Que concede permiso a los ciudadanos Selma Ancira Berny y Luis Maldonado Venegas, puedan aceptar y usar las condecoraciones "Medalla de Aleksandr Punshkin" y de la "Orden del Cedro Nacional", en grado de Comandante, que les otorgan los gobiernos de la Federación de Rusia y del Líbano, respectivamente.

 

Proceso Legislativo:

Oficio de la Secretaría de Gobernación presentado el 19 de diciembre de 2007.

Dictamen de Primera Lectura presentado el 4 de enero de 2008.

 

Decreto:

ARTÍCULO PRIMERO.- Se concede permiso a la ciudadana Selma Ancira Berny, para aceptar y usar la Medalla de Aleksandr Pushkin, que le otorga el gobierno de la Federación de Rusia.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Se concede permiso al ciudadano Luis Maldonado Venegas, para aceptar y usar la condecoración de la Orden del Cedro Nacional, en grado de Comandante, que le otorga el gobierno de Líbano.

 

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