SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 2, de Febrero 5, 2008.

 

                3. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que adiciona un inciso d) a la fracción II del artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Febrero 5, 2008

Congreso del estado de Tamaulipas

Comisión de Puntos Constitucionales

Incluir como uno de los fines de la educación, el impulsar y garantizar por los conductos procedentes y a través de los mecanismos adecuados, el fortalecimiento de la cultura y las bellas artes.

2

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Vivienda.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Martha Margarita García Müller

(PAN)

Comisión de Vivienda

Establecer que en la política nacional de vivienda, así como en los instrumentos normativos, programáticos y administrativos que expidan conforme a su competencia los gobiernos estatales y municipales en materia de vivienda, deberán considerar los criterios  de accesibilidad y adaptabilidad  de las personas con discapacidad y de los adultos mayores. Asimismo, la obligación de la Comisión Nacional de Vivienda, de promover, en coordinación con los organismos de vivienda estatales y municipales correspondientes, que en cada desarrollo habitacional se construyan cuando menos el 3% de viviendas con base en los criterios antes mencionados.

3

Que reforma el artículo 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Miguel Ángel Arellano Pulido

(PRD)

Comisión Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia

Incorporar que el Ministerio Público deberá aportar los elementos suficientes para la cuantificación del daño ocasionado por la comisión de un delito. Asimismo, homologar el plazo de prescripción de la reparación del daño con el que señale la ley para la pena privativa de la libertad correspondiente al delito cometido.

4

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica, y la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Humberto Dávila Esquivel

(Nueva Alianza)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de Energía

Actualizar la denominación de la encargada de la conducción de la política energética del país, de la Secretaría de Energía, Minas e Industria Paraestatal (SEMIP) a  la Secretaría de Energía (SENER).

5

Que adiciona un artículo 5 Bis a la Ley Federal de Juegos y Sorteos.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Antonio Medellín Varela

(PAN)

Comisión de Gobernación

Establecer que en las terminales electrónicas en que se realicen sorteos de símbolos o números mediante soporte electrónico con números seleccionados de forma aleatoria, deberán devolver a los usuarios vía premios por lo menos 75 por ciento de la cantidad total que durante su vida útil reciban por concepto de apuestas. Asimismo, que la Secretaría de Gobernación deberá establecer los mecanismos y procedimientos necesarios para garantizar su cumplimiento.

6

Que reforma el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Juan Nicasio Guerra Ochoa

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que las leyes regularán las acciones y procedimientos para la protección de derechos e intereses colectivos, así como las medidas que permitan a los individuos su organización para la defensa de los mismos.

7

Que adiciona una fracción VI al artículo 7 de la Ley General de Educación.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Beatriz Collado Lara

(PAN)

 

Nota: Sin intervención en tribuna

Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos

Incorporar como fin de la educación impartida por el Estado, organismos descentralizados y particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, fomentar y promover los valores cívicos y una cultura política democrática.

8

Que adiciona una fracción VII Bis al artículo 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Alejandro Sánchez Camacho

(PRD)

Comisión de  Gobernación

Incorporar dentro de los asuntos que le corresponden a la Secretaría de Economía, estudiar y hacer público, durante los 5 días posteriores al mes de que se trate, el comportamiento de los precios de los artículos de consumo y uso popular de la canasta básica, teniendo como indicador el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) calculado por el Banco de México. Asimismo, el establecer un control de precios en cuanto se registre un incremento del INPC en los artículos de consumo y uso popular por arriba del salario mínimo vigente, teniendo como referencia que el incremento sea mayor de 2 puntos porcentuales del salario mínimo y que éste se sostenga durante 3 meses consecutivos, conforme a lo que determine el indicador referido.

9

Que reforma el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Rosa Elva Soriano Sánchez

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que los derechos fundamentales son oponibles a todo acto u omisión de entes públicos y privados que lesione, restrinja, altere o amenace en cualquier medida a la Constitución y a las disposiciones legales que emanen de ella, así como a los tratados internacionales celebrados.

10

Que adiciona un artículo 189 Bis y reforma el Capítulo IV del Título Sexto del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Miguel Ángel Arellano Pulido

(PRD)

Comisión de Justicia

Tipificar la agresión contra agentes de la autoridad, como el ataque a un elemento de los cuerpos de seguridad pública, procuración de justicia, de los centros de reclusión o del Ejército Mexicano, con la finalidad de evitar su detención o evadirse de la misma, estableciendo de 1 a 3 años de prisión si la agresión fuere sólo física y sin uso de ningún tipo de arma, de 1 a 8 años si se utilizaré arma y de 3 a 15 años, cuando se utilicen armas de fuego o explosivos, independientemente de aquellas que merezcan por la comisión de otros delitos que pudieren producirse o ya se hubieren producido.

11

Que reforma diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP: Anexo I. Febrero 5, 2008.

Dip.

Irene Aragón Castillo

(PRD)

Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público y de Seguridad Social

Aumentar de 16 a 18 años de edad, el derecho a recibir la pensión de orfandad.

 

Regresar

Inklusion
Loading