No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que adiciona un artículo 9 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. |
Congreso del Estado de Chihuahua * |
Comisiones Unidas de Comercio y Fomento Industrial y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores |
Establecer que los propietarios o representantes legales de las casas de empeño, deberán llevar un registro pormenorizado de los contratos de mutuo con interés y garantía prendaria o asimilable a los que celebren, que será remitido de manera mensual a la Secretaría de Seguridad Pública estatal ó municipal. Asimismo, que el incumplimiento a esta disposición se sancionará conforme a la Ley aplicable. |
2 |
Que reforma el segundo párrafo del artículo 9-A de la Ley de Coordinación Fiscal. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Congreso del Estado de Chihuahua * |
Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Diputados |
Modificar la aportación hecha por el Estado, por el municipio o por ambos, de ?25%? a ?50%? del monto total de los ingresos brutos que obtenga por la operación del puente de peaje de que se trate. |
3 |
Que reforma por incorporación de un inciso i) a la fracción II del artículo 2-A y por derogación de la fracción V del artículo 15, la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Congreso del Estado de Nuevo León * |
Establecer que el transporte público terrestre de personas, excepto por ferrocarril, pagará el impuesto que se calculará aplicando la tasa del 0% de los valores establecidos por la Ley. |
4 |
Que reforma el primer párrafo del artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados |
Establecer que la pena de prisión vitalicia, sólo podrá imponerse al que cometa los delitos de producción, tenencia o tráfico de narcóticos, secuestro, homicidio calificado o violación. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. |
Sen. Luis Fernando Rodríguez Lomelí (PAN) * |
Comisiones Unidas de Salud y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores. |
Establecer que la información o publicidad de los alimentos, complementos y suplementos alimenticios, remedios herbolarios y productos de perfumería y belleza, deberán ser comprobables técnica y/o científicamente de forma patente, de acuerdo a los lineamientos para su clasificación y autorización, en lo referente a sus propiedades y efectos secundarios de su uso inmediato y frecuente. |
6 |
Que modifica los artículos 51, 55, 56, 58, 59 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. |
Dip. José Murat (PRI) A nombre propio, de los Dips. César Duarte Jáquez, César Octavio Camacho Quiroz y del Sen. Fernando Jorge Castro Trenti (PRI) |
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Estudios Legislativos, con opinión de la Comisión de Desarrollo Municipal de la Cámara de Senadores. |
Establecer que los diputados del Congreso de la Unión podrán ser reelectos hasta por 3 periodos consecutivos, y sólo podrán ser reelectos aquéllos que hayan cumplido un periodo completo en dicho cargo. Para ser electos nuevamente en el mismo cargo deberán transcurrir 2 periodos. Asimismo, los senadores podrán ser reelectos sólo para 1 periodo inmediato, y posteriormente, deberá pasar una legislatura para ocupar nuevamente dicho cargo. |
7 |
Que reforma la Ley Federal de Defensoría Pública y la Ley General de Población. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. |
Sens. Rubén Fernando Velázquez López, José Luis Máximo García Zalvidea y Lázaro Mazón Alonso (PRD) * |
Comisiones Unidas de Justicia y de Estudios Legislativos, Primera de la Cámara de Senadores |
Establecer que para el caso de extranjeros asegurados por autoridad migratoria, el defensor público deberá vigilar el respeto a los derechos humanos de su representado, y formular las demandas de amparo respectivas, cuando las garantías individuales se estimen violadas, mientras no cuente con asistencia de su embajada. |
8 |
Que reforma el artículo 420, fracción II Bis del Código Penal Federal. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Dip. Alain Ferrat Mancera (PVEM) * |
Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados |
Sancionar a quien de manera dolosa capture, transforme, acopie, transporte, destruya o comercie con el caracol rosado (Strombus gigas) cuando exceda de 8 kilogramos de peso. |
9 |
Que adiciona un artículo 72-B de la Ley Federal de Radio y Televisión. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Dip. Martha Angélica Romo Jiménez (PAN) * |
Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía de la Cámara de Diputados |
Adicionar un artículo para establecer que los anuncios de productos y servicios dirigidos a los niños deberán cumplir con lo previsto en la Declaración de los Derechos de los Niños de las Naciones Unidas, y en la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes. |
10 |
Que reforma y adiciona al artículo 347 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Dip. Maricela Contreras Julián (PRD) * |
Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados |
Sancionar la promoción personal durante el tiempo que desempeñen su encargo ya sea con recursos públicos o privados, a las autoridades o los servidores públicos, de cualquiera de los Poderes de la Unión; de los poderes locales; órganos de gobierno municipales; órganos de gobierno del Distrito Federal; órganos autónomos, y cualquier otro ente público. |
11 |
Que reforma los artículos 203, 204 y 213 de la Ley del Seguro Social. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Dip. Silvia Luna Rodríguez (Nueva Alianza) * |
Comisión de Seguridad Social de la Cámara de Diputados |
Incluir la seguridad dentro de los servicios de guardería infantil. Establecer que deberán contar con los recursos financieros, el mobiliario, el equipo, así como el material didáctico y de consumo necesarios para su buen funcionamiento. Capacitar teórica y prácticamente al personal que labore en guarderías. Certificar, supervisar y dar seguimiento por parte del IMSS a los servicios que presten las guarderías, utilizando indicadores para evaluar la seguridad, cobertura y calidad de los servicios. Incluir requisitos en materia de seguridad para establecer una guardería, conforme a los criterios de seguridad y las disposiciones emitidas por el Programa Nacional de Protección Civil y las Normas Oficiales Mexicanas. |
12 |
Que reforma los párrafos primero y segundo del artículo 16 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Dip. Antonio Ortega Martínez (PRD) * |
Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación de la Cámara de Diputados. |
Explicitar que la Auditoría Superior de la Federación, a más tardar en el mes de enero del año siguiente al que se presentó la Cuenta Pública, dará a conocer a las entidades fiscalizadas la parte que les corresponda de los resultados finales y las observaciones preliminares que se deriven de la revisión de la misma, a efecto de que dichas entidades presenten las justificaciones y aclaraciones que correspondan; asimismo el proceso de aclaraciones de los resultados y observaciones deberá iniciar inmediatamente de que concluya la revisión. |
13 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional y deroga un artículo de la Ley Reglamentaria de la fracción XIII Bis del Apartado B del Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Dip. Ana Yurixi Leyva Piñón (PRD) * |
Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados |
Suprimir como sujetos obligados al cumplimiento de la presente ley, a las siguientes instituciones: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, Juntas Federales de Mejoras Materiales, Instituto Nacional de la Vivienda, Lotería Nacional, Instituto Nacional de Protección a la Infancia, Instituto Nacional Indigenista, Comisión Nacional Bancaria y de Seguros, Comisión Nacional de Valores, Comisión de Tarifas de Electricidad y Gas, Centro Materno-Infantil Maximino Ávila Camacho y Hospital Infantil; así como de los otros organismos descentralizados, similares a los anteriores que tengan a su cargo función de servicios públicos. Establecer las reglas y el funcionamiento mediante el cual se regirán los estatutos, la constitución y la cancelación de los sindicatos. |
14 |
Que adiciona la fracción XV Bis al numeral 2 del artículo 39 la de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, a efecto de crear la Comisión de Ética y Transparencia. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Dip. Humberto López Lena Cruz (S/P) * |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados |
Crear la Comisión Ordinaria de ?Ética y Transparencia?, de la Cámara de Diputados. |
15 |
Que reforma el tercer párrafo del artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP del Senado: 1 de julio de 2009. Publicación en GP: 3 de julio de 2009. |
Dip. Ana Yurixi Leyva Piñón (PRD) * |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados |
Establecer que el derecho a la protección de la salud se dará en condiciones de calidad, accesibilidad, asequibilidad, disponibilidad y no discriminación y que el Estado garantizará la tutela de este derecho y el acceso universal a los servicios para atender las necesidades de salud de la población mediante un sistema unificado, con financiamiento solidario y equitativo de instituciones públicas de salud. |