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Comisiones Unidas de Unidas de Juventud y Deporte y de Salud Publicación en GP: Anexo III, Abril 10, 2007. |
Que reforma las leyes General de Salud y del Instituto Mexicano de la Juventud. Proceso Legislativo: Minuta presentada el 7 de septiembre de 2005 para los efectos del inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX) Acuerdos: PRIMERO.- Se desecha la minuta con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley General de Salud y la Ley del Instituto Mexicano de la Juventud, de fecha 7 de septiembre de 2005. SEGUNDO.- Archívese el expediente como asunto totalmente concluido. |
a) En votación económica se autorizó dar lectura solo a los puntos de acuerdo. b) Aprobado en votación económica. c) Archívense los expedientes como asuntos totalmente concluidos. |
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Comisiones Unidas de Salud y de Economía Publicación en GP: Anexo III, Abril 10, 2007. |
1. Que reforma los artículos 115 de la Ley General de Salud y 49 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Proceso Legislativo: Minuta presentada el 5 de septiembre de 2006 para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Acuerdos: PRIMERO.- Se desecha la minuta con proyecto de decreto que reforma los artículos 115 de la Ley General de Salud y 49 de la Ley Federal de Protección al Consumidor. 2. SEGUNDO.- Se devuelve al Senado de la República, con fundamento en el inciso d) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para sus efectos constitucionales. Intervinieron en contra del Dictamen: la Dip. Susana Monreal Ávila (PRD), y los Dips. Alejandro Sánchez Camacho (PRD), Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (PRD) y Juan Nicasio Guerra Ochoa (PRD) y Octavio Martínez Vargas (PRD). Para rectificar hechos: el Dip. Samuel Aguilar Solís (PRD) y la Dip. Adriana Rodríguez Vizcarra Velázquez (PAN). |
a) En votación económica se autorizó dar lectura solo a los puntos de acuerdo, de manera conjunta con los anteriores. b) En votación económica se aprobó devolver el dictamen a las Comisiones Unidas. |