Que adiciona un artículo 41 Bis a la Ley General de Salud. Proceso Legislativo: Dictamen a Discusión presentado el 23 de septiembre de 2004. Aprobado por 344 votos en pro y 2 abstenciones. (LIX) Minuta recibida en el Senado de la República el 28 de septiembre de 2004. (LIX) Dictamen de Primera Lectura presentado en el Senado de la República el 25 de abril de 2006. (LIX) Dictamen a Discusión presentado en el Senado de la República el 26 de abril de 2006. Aprobado por 78 votos en pro. Se devolvió a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso e) del artículo 72 Constitucional. (LIX) Minuta presentada el 5 de septiembre de 2006. Dictamen: Otorgar al Ejecutivo Federal un plazo más amplio para cumplir la reglamentación correspondiente, por lo que se propone un plazo de 90 días, en lugar de los 30 señalados en la minuta. Precisar las funciones y responsabilidades de los comités hospitalarios de bioética. Definir los casos de establecimientos de atención médica que lleven a cabo actividades de investigación en seres humanos, señalando que deberán contar con un comité de ética en investigación, quienes serán los responsables de evaluar y dictaminar los protocolos de investigación en seres humanos. |