DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1.OFICIOS

a) Del Parlamento Latinoamericano.

b) Del Instituto Mexicano del Seguro Social.

c) De la Cámara de Senadores.

2. COMUNICACIONES

a) De la presidencia de la Mesa Directiva.

3. PROPOSICIONES DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

a) De la Junta de Coordinación Política.

b) De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

4. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

a) De la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas.

b) De la Procuraduría General de la República.

c) De la Secretaría de Gobernación.

5. PERMISOS CONSTITUCIONALES

a) De particular. Para aceptar condecoraciones.

6. MINUTAS

a) De permisos Constitucionales.

7. INICIATIVAS

8. DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) De proyecto de decreto.

b) De puntos de acuerdo.

9. DICTÁMENES NEGATIVOS

a) De iniciativas.

b) De minutas.

10.  PROPOSICIONES

11.  PROPOSICIONES DE URGENTE RESOLUCIÓN

12.  AGENDA POLÍTICA

13.  EXCITATIVAS

a) Para dictaminar iniciativas.

b) Para dictaminar minuta.

III. CITA A SESIÓN ORDINARIA

SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL PRIMER AÑO DE EJERCICIO

  Sesión de N°12, Marzo 13, 2007.

 

                7.     INICIATIVAS

No. 

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP: Marzo 13, 2007.

Sen.

Alfonso Elías Serrano

(PRI)

 

Nota: sin intervención en tribuna.

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Aumentar al 22.5% el monto de la recaudación federal participable que constituirá el Fondo General de Participaciones, y al 25% el monto mínimo que recibirán los municipios del fondo antes mencionado. Asimismo, crear el Fondo de Aportaciones para Municipios Fronterizos constituido por el 0.5% de la recaudación federal participable. Dicho fondo será distribuido por la Secretaría de Desarrollo Social entre los municipios colinden con fronteras internacionales, siéndoles asignado un 75% conforme al criterio del factor de población residente y el 25% restante al factor de población flotante, de acuerdo con la información estadística más reciente publicada por el Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

2

Que reforma el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación.

 

Publicación en GP: Marzo 13, 2007.

Sen.

Ramiro Hernández García

(PRI)

 

Nota: sin intervención en tribuna.

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Incorporar a los inversionistas que participan en fondos de inversión que apoyan inversiones en zonas de alta marginación a los supuestos de beneficios fiscales otorgados por el Ejecutivo Federal.

3

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y los artículos 6 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

Publicación en GP: Marzo 13, 2007.

Sen.

Ramiro Cué Monteagudo

(Convergencia)

 

Nota: sin intervención en tribuna.

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Hacienda y Crédito Público

Otorgar a los municipios la facultad de determinar sus ingresos, de crear las empresas propias municipales que requiera el desarrollo de la comunidad, y proponer su presupuesto de ingresos y egresos del año respectivo ante el Congresos Estatal correspondiente. Incluir dentro de los ingresos de la hacienda municipal el total del impuesto predial que se obtenga en su territorio, así como los rendimientos obtenidos por la explotación de sus propios bienes. Establecer que la fiscalización de las cuentas públicas de las entidades federativas y los municipios estará a cargo del congreso local a fin de revisar si se aplicaron los recursos de los fondos para los fines previstos, asimismo, la Auditoría Superior de la Federación, fiscalizará los recursos federales que se ejerzan por los estados y municipios, incluyendo a sus administraciones públicas paraestatales.

4

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Grupo Parlamentario del

PRI

 

Nota: sin intervención en tribuna.

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación

Reducir a 400 el número de diputados federales. 260 por el principio de mayoría relativa y 140 por el de representación proporcional. Reducir a 96 el número de senadores, de los cuales 64 serán electos por el principio de mayoría relativa y 32 según el principio de representación proporcional. Establecer que serán 260 los distritos electorales uninominales para la elección de diputados y 64 circunscripciones para la elección de senadores de mayoría.

5

Que reforma el artículo 3 de la Ley de Aguas Nacionales.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Dip.

 Manuel Torres Herrera

(PAN)

 

Nota: sin intervención en tribuna.

Comisión de Recursos Hidráulicos

Precisar que en el uso pecuario de aguas nacionales, el proceso de rastro es la etapa de preparación del animal para su primera enajenación.

6

Que reforma el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Dip.

Victorio Montalvo Rojas

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Otorgar efectos generales a las sentencias de amparo contra leyes, tratados internacionales o cualquier norma jurídica de carácter general cuando ésta haya sido declarada inconstitucional por jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación

7

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado b) del Artículo 123 Constitucional, y del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 6, 2007.

Dip.

Juana Leticia Herrera Ale

(PRI)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Justicia

Otorgar al trabajador, el derecho de gozar de 45 días de convivencia con sueldo íntegro, cuando haya adoptado a un menor o incapaz. Incluir como requisito del adoptante soltero, ser persona sana y no contar con ninguna enfermedad terminal o contagiosa, debiendo acreditarlo mediante certificado médico. Establecer que los requisitos de adopción deben ser claros, que las autoridades deberán negar o aprobar la adopción en un plazo que no exceda de 4 meses una vez hecha la solicitud, incurriendo en responsabilidad el funcionario que no cumpla dicho plazo. Precisar la diferencia entre una adopción simple y una plena.

8

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros.

Dip.

María del Carmen Salvatori Bronca

(Convergencia)

 

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Definir a la tarjeta de crédito y los elementos que debe contener. Establecer la normatividad que regule su uso entre consumidores y proveedores, la obligación de las entidades comerciales o comercios establecidos a solicitar al cliente una identificación oficial para poder realizar el pago. Asimismo, las sanciones por incumplimiento o violaciones a dichas disposiciones, el reembolso al cliente por el monto de los pagos realizados con las tarjetas de crédito o débito pero por personas distintas de los titulares.

9

Que reforma el artículo 153 del Código Fiscal de la Federación.

Dip.

Manuel Cárdenas Fonseca

(Nueva Alianza)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que los ejecutores fiscales deberán nombrar como depositarios al representante legal o al deudor de un crédito fiscal no cubierto. Y  en caso de embargo de bienes raíces o de negociaciones, los depositarios tendrán el carácter de administradores o de interventores con cargo a la caja.

10

Que reforma el artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dip.

Aida Marina Arvizu Rivas

(Alternativa)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que el financiamiento público para el sostenimiento de las actividades de los partidos políticos, será del 0.05% del Presupuesto de Egresos de la Federación aprobado para el año anterior. Asimismo, que el financiamiento público para campañas de éstos será, en jornadas en que se elijan tanto a Presidente de la República como a legisladores del Congreso de la Unión, el equivalente al monto antes señalado, y tratándose de jornadas electorales en que se renueve únicamente a diputados federales, el monto será el equivalente al 50% del antes señalado. Asimismo, la obligación de partidos políticos, autoridades y demás relacionadas con el sistema electoral, de proporcionar todo tipo de información relativa a erogaciones y aportaciones realizadas por los simpatizantes, dentro de una campaña, al órgano electoral competente para efectos de control y vigilancia. Que toda autoridad deberá abstenerse de difundir, por cualquier medio, los asuntos relacionados a la gestión, obra pública e imagen institucional durante las jornadas electorales federales, salvo los programas de protección civil.

11

Que reforma los artículos 118, 119, 120 y 123 de la Ley General de Población.

Dip.

Cruz Pérez Cuellar

(PAN)

Comisión de Población, Fronteras y Asuntos Migratorios

Despenalizar las actividades relacionadas con la inmigración, siendo sancionadas únicamente en días multa. Excluyendo de lo anterior, cuando un extranjero no exprese u oculte su condición de expulsado para obtener permiso de internación por parte de la autoridad competente, disminuyendo el rango de la pena privativa de la libertad.

12

Que reforma el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Dip.

Raciel Pérez Cruz

(PRD)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que la elección de los integrantes de los ayuntamientos será bajo el principio de representación proporcional, eligiendo por planilla separada al presidente municipal de los otros integrantes del cabildo.

13

Que reforma diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Dip.

Israel Beltrán Montes

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que la falta de autorización del cliente cuya información crediticia posee el buró de crédito se entenderá como violación de esta sociedad o de los usuarios a las disposiciones relativas al secreto financiero o a la confidencialidad, así como que, dicha autorización deberá constar por separado de la solicitud o contrato de crédito y en formatos autorizados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Precisar que las sociedades y los usuarios responderán por los daños que causen a los clientes al proporcionar información en contravención a lo antes señalado; y que responderán de los perjuicios cuando exista culpa grave, dolo o mala fe en el manejo de la base de datos. Definir y establecer como derecho de los clientes-deudores, el recibir un reporte particular de crédito de la sociedad de información crediticia, cuando ésta reciba información de algún usuario que constituya un adeudo en cartera vencida, estableciendo el procedimiento para su incorporación. Disminuir a 60 meses el plazo en que las sociedades deberán de conservar los registros que les sean proporcionados por los usuarios correspondientes a las personas físicas, debiendo eliminar su información relativa a créditos menores al equivalente a 1000 unidades de inversión (UDI) en un plazo no mayor de 24 meses.

14

Que reforma el artículo 6o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y deroga los artículos 31, 32 y 33 de la Ley de Imprenta.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Dip.

Humberto López Lena Cruz

(Convergencia)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Gobernación

Establecer que en caso de que la manifestación de ideas incurra en el ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público, sólo se aplicarán sanciones civiles que reparen el daño causado, quedando prohibidas las penas privativas de la libertad.

15

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Dip.

Manuel Cárdenas Fonseca

(Nueva Alianza)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias

Eliminar la obligación del Presidente de la República de asistir a la apertura de las sesiones ordinarias del primer periodo del Congreso General.

16

Que reforma los artículos 351 y 352 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Dip.

Francisco Antonio Fraile García

(PAN)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Convertir el régimen previsto para “industrias familiares” en el de “establecimientos familiares”. Establecer que el número de personas que integran el establecimiento familiar sea el correspondiente al número de integrantes de la familia con la limitación derivada de hasta el 50% de pupilos respecto al número total de familiares directos que integran el establecimiento. Incorporar la prohibición relativa al trabajo de los menores de 14 años en este tipo de establecimientos, así como a los pupilos y demás trabajadores ajenos a la familia dentro de las prerrogativas y demás disposiciones relativas a los trabajadores.

17

Que reforma el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Dip.

José Antonio Almazán González

(PRD)

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer que, para efectos de los fines de semanas largos, si existe contrato colectivo o individual y en estos se estipulan modalidades específicas para el disfrute, pago u otras sobre los días de descanso obligatorio, estos descansos se regirán por lo que establezca el contrato respectivo.

18

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Dip.

Juan Francisco Rivera Bedoya

(PRI)

Comisión de Justicia, con opinión de la Comisión de Salud

Incorporar la tutela especial de atención médica para el caso de personas que cuenten con incapacidad o discapacidad originada por enfermedades o deficiencias persistentes de carácter físico, psicológico o sensorial que les impida gobernarse por sí mismos o no puedan manifestar su voluntad por algún medio y que, además, no exista una esperanza real y presente de que pueda dejar su estado de incapacidad o discapacidad. Asimismo, las bases de designación, desempeño y modos de extinción, revocación, nulidad o caducidad de dicha figura jurídica.

19

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP: Anexo I. Marzo 13, 2007.

Dips.

Carlos Alberto Torres Torres y Salvador Arredondo Ibarra

(PAN)

 

A nombre propio y del Dip. Mario Alberto Salazar Madero (PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Crear órganos auxiliares de los poderes públicos y organismos autónomos existentes en cada ámbito de gobierno responsables de realizar estudios y emitir recomendaciones no vinculatorias en materia de remuneraciones de servidores y entes públicos. Establecer los principios rectores que regirán dicha función. Así como, establecer que ninguna remuneración será superior a la que perciba el Presidente de la República y que ningún servidor público podrá percibir una remuneración mayor a la establecida para su superior jerárquico.

20

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación y de la Ley del Servicio de Administración Tributaria.

 

Publicación en G.P.: Anexo I, Marzo 13, 2007.

Dip.

Pablo Trejo Pérez

(PRD)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Acotar a 2, las veces que el Ejecutivo Federal podrá emitir modificaciones a las resoluciones de Miscelánea Fiscal. Asimismo, eliminar la facultad del Ejecutivo federal para que pueda determinar o autorizar regímenes fiscales de manera individual o grupales y que pueda conceder subsidios o estímulos fiscales, sólo cuando lo disponga expresamente la Ley de Ingresos de la Federación.

21

De Ley General de Coordinación de los Programas Sociales para la Igualdad de Oportunidades.

 

Publicación en G.P.: Anexo I, Marzo 13, 2007.

Dip.

Alberto Amador Leal

(PRI)

Comisión de Desarrollo Social, con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer los lineamientos para la coordinación y ejecución de los programas sociales compensatorios destinados a garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a los servicios de salud, educación, alimentación y a la vivienda digna. Asimismo, los principios y propósitos a que deberán sujetarse dichos programas, y las competencias de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, entidades federativas y los municipios.

22

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

 

Publicación en G.P.: Anexo I, Marzo 13, 2007.

Dip.

Gustavo Fernando Caballero Camargo

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Establecer que sólo las entidades financieras y las empresas comerciales podrán ser usuarios de la información que proporcionen las sociedades, y las empresas que adquieran carteras vencidas operarán con las licencias de los usuarios. Las usuarios que vendan o cedan cartera vencida deberán informar al cliente, por escrito, que su crédito fue traspasado a otra empresa; independientemente de que serán responsables de modificar la situación del cliente cuando se realicen los pagos de los adeudos, otorgándole al cliente una carta de liberación de adeudo.

 

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