1 |
Que reforma los artículos 26 Y 27 de la Ley de Coordinación Fiscal. Publicación en GP: Abril 24, 2007. |
Sen. Melquíades Morales Flores (PRI) Nota: Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Hacienda |
Crear el Fondo de Aportaciones Federales para la Educación Superior, cuyos recursos se destinarían de manera exclusiva para los servicios de educación superior de los estados y deberá incrementarse cada año en términos reales en la misma proporción que el número de alumnos de educación superior en cada estado. Asimismo, establecer el monto de referencia, que, de la recaudación federal participable, constituirá el Fondo de Aportaciones para la Educación Básica y Normal, misma que deberá de incrementarse cada año en términos reales en la misma proporción que el número de alumnos de educación básica y normal en cada entidad federativa y, en su caso del Distrito Federal. |
2 |
Que adiciona el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios. Publicación en GP: Abril 24. 2007 |
Sen. María Rojo e Incháustegui (PRD) Y suscrita por los senadores Pablo Gómez Álvarez y Carlos Sotelo García (PRD), y Gustavo Madero Muñoz (PAN) Nota: Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, con opinión de la Comisión de Radio, Televisión y Cinematografía |
Establecer la tasa que se fijará para la exhibición pública de películas, en la cual la base gravable será el precio de la contraprestación que cubre cada espectador y el impuesto se calcularía multiplicándolo por el factor 0.027. |
3 |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Publicación en GP: Abril 24. 2007 |
Sen. Juan Bueno Torio (PAN) Nota: Sin intervención en tribuna. |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Establecer que el Fondo para Infraestructura Social Municipal lo recibirán los municipios por conducto de la federación. Su cálculo deberá comunicarse a los gobiernos de los estados para efectos de su publicación en los órganos de difusión oficial, de tal forma que los recursos que correspondan a los municipios deberán entregarse conforme al calendario de enteros en que la federación lo haga a los estados. Asimismo, los fondos correspondientes al Distrito Federal serán entregados en la misma forma que al resto de los municipios a cargo de la Secretaría de la Función Pública. |