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Comisión de Agricultura y Ganadería Publicación en GP: Anexo II. Abril 26, 2007. |
Que expide la Ley de Promoción y Desarrollo de los Bioenergéticos. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Dip. Cruz López Aguilar (PRI) el 8 de diciembre de 2005. (LIX) Dictamen de Primera Lectura presentado el 14 de diciembre de 2005. (LIX) Dictamen a Discusión presentado el 7 de febrero de 2006. Aprobado por 346 votos en pro. Se turnó al Senado de la República para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX) Minuta presentada en el Senado de la República el 9 de febrero de 2006. (LIX) Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de abril de 2006. (LIX) Dictamen a Discusión presentado el 27 de abril de 2006. Aprobado por 70 votos. Se devolvió a la Cámara de Diputados, para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX) Minuta presentada el 5 de septiembre de 2006. (LIX) Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de abril de 2007 y puesto a discusión en misma fecha. Propuesta: Modificar la minuta recibida conforme a los siguiente: incluir el apoyo al campo y que el derecho al medio ambiente quede garantizado a partir del uso de biocombustibles. Se elimina del Título Tercero, el Capítulo Segundo Instrumentos Económicos, Estímulos y Apoyos Financieros a la Producción de Bioenergéticos. Se precisan los alcances en la definición de bioenergéticos a la que se le vincula e integra el concepto de biocombustibles. Precisar la participación del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable, así como la definición de biodiesel y la de etanol anhidro que se complementan con la definición de oxigenantes sustentados en etanol, especificando los proyectos de inversión correspondientes. Incluir a la Secretaría de Energía en el proceso de expedición de normatividad. Intervenciones:
Para presentar voto particular: |
Dip. Amador Campos Aburto (PRD) |
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Para fundamentar el dictamen: |
Dip. Isael Villa Villa (PRI) |
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Para fijar posición de los Grupos Parlamentarios: |
Dip. Elsa de Guadalupe Conde Rodríguez (Alternativa) |
Dip. Anuario Luis Herrera Solís (PT) |
Dip. Sergio Augusto López Ramírez (PVEM) |
Dip. Daniel Pérez Valdés (PRI) |
Dip. Carlos Ernesto Navarro López (PRD) |
Dip. Agustín Mollinedo Hernández (PAN) |
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Para hablar en pro del dictamen: |
Dip. Iñigo Antonio Laviada Hernández (PAN) |
Dip. Narcizo Alberto Amador Leal (PRI) |
Dip. Apolonio Méndez Meneses (PAN) |
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Para hablar en contra del dictamen: |
Dip. Adriana Díaz Contreras (PRD) |
Dip. José Antonio Almazán González (PRD) |
Dip. Juan Nicasio Guerra Ochoa (PRD) |
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Para alusiones personales: |
Dip. Juan Nicasio Guerra Ochoa (PRD) |
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Para presentar reservas: |
Dip. Alejandro Martínez Hernández (PRD) ? Art. 1 |
Dip. Fausto Fluvio Mendoza Maldonado (PRD) ? Art. 3 |
Dip. Carlos Ernesto Navarro López (PRD) ? Arts. 5 y 10 |
Dip. Isidro Pedraza Chávez (PRD) ? Art. 19 |
Dip. Francisco Sánchez Ramos (PRD) ? Art. 21 |
Dip. Adriana Díaz Contreras (PRD) ? Art. 41 |
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a) En votación económica se dispensó la Segunda Lectura. b) Aprobado en lo general y en lo particular de los artículos no impugnados, en votación nominal por 243 votos, 128 en contra y 7 abstenciones. c) En votación económica se desechó la propuesta de modificación del Dip. Mendoza Maldonado. d) En votación económica se desechó la propuesta de modificación del Dip. Navarro López. e) En votación económica se desechó la propuesta de modificación del Dip. Pedraza Chávez. f) En votación económica se desechó la propuesta de modificación del Dip. Sánchez Ramos (PRD). g) En votación económica se desechó la propuesta de modificación de la Dip. Díaz Contreras. h) Aprobados en lo particular los artículos reservados en términos del dictamen, en votación nominal por 232 votos, 107 en contra y 10 abstenciones. i) Pasa al Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales. |
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Comisión de Hacienda y Crédito Público Publicación en GP: Anexo III. Abril 26, 2007. |
Que abroga la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de enero de 2004; expide la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley de Instituciones de Crédito, de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Sen. Ricardo García Cervantes (PAN) el 20 de diciembre de 2006. Iniciativa presentada por el Sen. Fernando Castro Trenti (PRI) el 27 de febrero de 2007. Iniciativa presentada por los Senadores Ruben Camarillo Ortega (PAN), Juan Buen Torio (PAN) y Eugenio Guadalupe Govea Arcos (PAN) el 1º de marzo de 2007. Iniciativa presentada por el Sen. Arturo Escobar y Vega (PVEM) el 20 de febrero de 2007. Iniciativa presentada por el Sen. Adolfo Toledo Infanzón (PRI) el 22 de febrero de 2007. Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado en el Senado de la República el 24 de abril de 2007. Aprobado por 85 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Minuta presentada el 25 de abril de 2007. Iniciativa presentada por la Dip. Diva Hadamira Gastélum Bajo (PRI) el 27 de julio de 2005. (LIX) Iniciativa presentada por el Dip. Eduardo Elías Espinosa Abuxapqui a nombre del Dip. Raúl Cervantes Andrade (PRI) el 17 de octubre de 2006. Iniciativa presentada por el Dip. Mario Mendoza Cortés (PRI) el 6 de febrero de 2007. Iniciativa presentada por el Dip. Alejandro Sánchez Camacho (PRD) el 1 de marzo de 2007. Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de abril de 2007 y puesto a discusión en misma fecha. (LX) Propuesta: Aprueba en sus términos la minuta enviada por el Senado, en el sentido de incorporar dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros tanto a entidades financieras como entidades comerciales que otorguen crédito. Establecer la obligación de las instituciones de crédito, sociedades financieras de objeto limitado y las sociedades financieras de objeto múltiple reguladas, de registrar ante el Banco de México y respecto de las sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas, ante la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, las comisiones que cobran las entidades mencionadas, y de expresar de forma detallada las tasas de interés ordinaria y moratoria en términos anuales que cobren a sus clientes, en estados de cuenta, contratos de adhesión y cualquier otro relacionados con los servicios y productos que les proporciona. Intervenciones:
Para fijar la posición de sus Grupos Parlamentarios: |
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Dip. José Rosas Aispuro Torres (PRI) |
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Dip. Antonio Soto Sánchez (PRD) |
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Dip. Dolores Ma. del Carmen Parra Jiménez (PAN) |
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a) En votación económica se dispensó la Segunda Lectura. b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 302 votos, 0 en contra y 0 abstenciones. c) Pasa al Ejecutivo Federal para los efectos constitucionales. |
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Comisiones Unidas de Justicia y de Gobernación Publicación en GP: Anexo III. Abril 26, 2007 |
Que expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes y reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y la Ley Federal de Defensoría Pública. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal en el Senado de la República el 1 de abril de 2004. (LIX) Iniciativa presentada por el Sen. César Camacho Quiroz (PRI) el 22 de septiembre de 2005. (LIX) Iniciativa presentada por el Sen. David Jiménez González (PRI) el 25 de enero de 2006. (LIX) Dictamen de Primera Lectura presentado el 25 de abril de 2006. (LIX) Dictamen a Discusión presentado el 26 de abril de 2006. Aprobado por 87 votos. Se turnó a la Cámara de Diputados para los efectos del inciso a) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LIX) Minuta presentada el 26 de abril de 2006. Iniciativa presentada por la Dip. Adriana González Furlong (PAN) el 11 de enero de 2006. (LIX) Dictamen de Primera Lectura presentado el 26 de abril de 2007 y puesto a discusión en misma fecha. Propuesta: Establecer que la aplicación de la Ley será para quienes teniendo una edad de entre 12 años cumplidos y menos de 18 se les atribuya la realización de una conducta tipificada como delito por las leyes penales. Que se extenderá a los adultos jóvenes, así como que los menores de 12 años no serán sujetos de ningún tipo de sanción. Garantizar los derechos fundamentales y específicos que por su condición de personas en desarrollo les han sido reconocidos a los adolescentes. Implementar la conciliación cuando se compruebe fehacientemente que las partes están en condiciones de igualdad; y la suspensión del proceso a prueba, que podrá solicitarse cuando la conducta realizada amerite privación de libertad. Prever medidas de orientación y tratamiento; como el apercibimiento, la libertad asistida, la prestación de servicios a la comunidad; la reparación del daño, la limitación o prohibición de residencia, la prohibición de relacionarse con determinadas personas, de asistir a determinados lugares, o de conducir vehículos motorizados; la obligación de recibir formación educativa, técnica, orientación o asesoramiento, la obligación de obtener un trabajo o de abstenerse de ingerir bebidas alcohólicas, drogas, estupefacientes Intervenciones:
Para fundamentar el dictamen: |
Dip. Liliana Carvajal Méndez (PAN) |
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Para fijar la posición de sus Grupos Parlamentarios: |
Dip. Monica Arriola (Nueva Alianza) |
Dip. Silvano Garay Ulloa (PT) |
Dip. Patricia Villanueva Abraján (PRI) |
Dip. Miguel Ángel Arellano Pulido (PRD) |
Dip. Carlos Navarro Sugich (PAN) |
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a) En votación económica se le dispensó la Segunda Lectura. b) Aprobado en lo general y en lo particular, en votación nominal por 281 votos, 23 en contra y 10 abstenciones c) Pasa al Senado de la República para los efectos del inciso e) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |