SEGUNDO PERIODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO  

Sesión N° 19, Abril 05, 2005.

 

4. MINUTAS

No.

Origen

Minuta

Turno o Trámite

1

Cámara de Senadores

Con proyecto de decreto por el que se reforma la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 12, 13, 17, 33, 34, 35, 36, 39 y 55 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental presentada por el Sen. César Camacho Quiroz (PRI) en Sesión de la Comisión Permanente del 9 de junio de 2004.

2. Iniciativa con proyecto de decreto para reformar y adicionar los artículos 6º y 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos presentada por el Sen. César Camacho Quiroz (PRI) en Sesión de la Comisión Permanente del 9 de junio de 2004.

3. Dictamen de Primera Lectura presentado en Sesión Ordinaria del 17 de marzo de 2005.

4. Dictamen a discusión presentado en Sesión Ordinaria del 30 de marzo de 2005 y aprobado por 82 votos en pro y una abstención.

Materia: Administración de la Información Pública Gubernamental.

Propuesta:

1. Garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los organismos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquiera otra entidad federal, que reciba o utilice en su presupuesto de manera parcial o total, recursos públicos federales.

2. Considerar a la información pública gubernamental como "un bien de dominio público".

3. Establecer el concepto de Recursos públicos federales.

4. Actualizar la denominación de la Auditoria Superior de la Federación, por el de Entidad de Fiscalización Superior de la Federación.

5. Hacer pública la "situación económica, estados financieros, deuda pública, capital, patrimonio o inventarios de las dependencias y entidades.

6. Se deroga la disposición que dicta que se considerará como información reservada aquella de los secretos comercial, industrial, fiscal, bancario, fiduciario u otro considerado como tal por una disposición legal.

7. Establecer que cuando los sujetos obligados entreguen recursos públicos a cualquier persona, deben precisar las razones, el procedimiento y los fundamentos en que se basaron para su autorización y entrega.

8. Determinar que el derecho de acceso a la información se ejerce de manera independiente a las facultades que tiene el Ente de Fiscalización Superior de la Federación, en materia de fiscalización de recursos públicos.

9. Establecer un procedimiento mediante el cual, el IFAI, podrá ejercer la facultad que actualmente tiene atribuida para verificar las clasificaciones de información que hagan las dependencias y entidades.

10. Establecer que los datos personales que posean los sujetos obligados podrán contenerse no tan sólo en un sistema de datos personales, sino también en "cualquier medio de acopio, archivo o almacenamiento".

11. Otorga a los obligados y representantes legales para corregir sus datos personales, así como cambiar la modificación tanto de sus datos personales, como de la información confidencial.

12. Permite que el IFAI pueda, no sólo establecer y revisar los criterios de clasificación de información reservada o confidencial que hagan las dependencias y entidades, sino también actualizarlos.

Se turnó a la Comisión de Gobernación.

2

Cámara de Senadores

Con proyecto de Ley para la Comprobación, ajuste y cómputo de Servicios en el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa suscrita por el Ejecutivo Federal en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 1 de marzo de 2005.

2. Dictamen de Primera Lectura presentado en Sesión Ordinaria del 17 de marzo de 2005.

4. Dictamen a discusión presentado en Sesión Ordinaria del 30 de marzo de 2005 y aprobado por 91 votos en pro.

Materia: Militar.

Propuesta:

1. Reconoce el derecho del militar para que se ratifique o rectifique su tiempo de servicios aportando las pruebas correspondientes.

2. Establece el procedimiento para el cómputo del tiempo de servicios y la posibilidad de que el militar aporte pruebas, dentro de los plazos que se señalan, cuando los documentos que obren en su expediente no justifiquen su tiempo de servicios.

3. Señala los supuestos en los que procede abonar o deducir tiempo al de servicios y de antigüedad al del empleo.

4. Establece los documentos en los que se deberá hacer constar el tiempo de servicios y la actuación del personal militar, señalando los datos que debe contener cada documento.

Se turnó a la Comisión de Defensa Nacional

3

Cámara de Senadores

Con proyecto de decreto por el que se reforma la el párrafo cuarto y se adicionan los párrafos quinto, sexto y séptimo, recorriéndose en su orden los restantes del artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Proceso Legislativo:

1. Iniciativa presentada por el Sen. Jorge Zermeño Infante (PAN), Sen. Rutilio Cruz Escandón Cadenas (PRD), Sen. Orlando Paredes Lara (PRI), Sen. Emilia Patricia Gómez Bravo (PVEM) el 4 de noviembre de 2003.

2. Dictamen a discusión presentado en Sesión Ordinaria del Senado de la República del 31 de marzo de 2005 y aprobado por 82 votos en pro y 2 abstenciones.

Materia: Penal

Propuesta:

1. Garantizar de forma efectiva, los derechos fundamentales de todas las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional, especialmente su derecho al debido proceso legal.

2. Aplicar el sistema de Justicia Penal únicamente a las personas mayores de 12 y menores de 18 años de edad, acusadas por la comisión de una conducta tipificada como delito por las leyes penales.

3. Exentar de responsabilidad penal a las personas menores de 12 años de edad que sean acusados de la comisión de un delito.

Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales.

Inklusion
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