Remite Decreto número 626 mediante el cual se designa el Honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Iliatenco, Guerrero, aprobado el 4 de noviembre del año en curso. Resolutivos: 1. Se designa el Honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Iliatenco, Guerrero, integrado de la siguiente forma:
Presidente propietario Erasmo Cano Olivera |
Presidente suplente Isidoro Mosso Cantú |
Síndico procurador propietario Juan González Rojas |
Síndico procurador suplente Santa Cruz Carranza López |
Regidor propietario Otón Francisco Barrera |
Regidor suplente Salomón de Jesús Oropeza |
Regidor propietario Nemorio Eduardo Melesio |
Regidor suplente Efraín Cantú Deaquino |
Regidora propietaria Dagoberto Jiménez Castro |
Regidor suplente Irma Jiménez Rasgado |
Regidor propietario Cirilo Nicolás Cantú |
Regidora suplente José Javier Santos Pérez |
Regidor propietario Victorio García Cantú |
Regidor suplente Delfino Cruz Altamirano |
Regidor propietario Felicitas Terán Galeana |
Regidor suplente Leonisa Deaquino Ramírez |
2. El Honorable Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Iliatenco, Guerrero, fungirá del periodo comprendido del 6 de noviembre de 2005 al 31 de diciembre de 2008. 3. Tómeseles la protesta de ley a los integrantes del H. Ayuntamiento Instituyente del Municipio de Iliatenco, Guerrero, y déseles posesión del cargo. 4. Comuníquese el presente decreto al titular del Poder Ejecutivo del Estado para los efectos legales procedentes y su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado. 5. Comuníquese el presente decreto al Poder Ejecutivo Federal y a las Cámaras de Diputados y Senadores del Congreso de la Unión para su conocimiento y efectos legales conducentes. 6. Hágase del conocimiento el presente Decreto de los Organismos Electorales Federales y Estatales. 7. Comuníquese el presente Decreto al Honorable Ayuntamiento de los Municipios de Malinaltepec y San Luis Acatlán, Guerrero, para los efectos de la entrega y recepción y dése parte a la Contraloría General del Estado y a la Auditoría General del Estado para su intervención dentro de su competencia. |