En cumplimiento a lo dispuesto por la segunda parte del artículo 69 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, remite oficio que contiene el informe en torno a los motivos para que la Comisión Permanente convocara a las Cámaras del Congreso de la Unión a un Periodo de Sesiones Extraordinarias, a partir de éste día. Conforme a lo que marca el artículo 78 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, La Comisión Permanente, en su Sesión del 8 de junio de 2005, dio cuenta con la iniciativa del Presidente de la Cámara de Diputados en la que proponía convocar a un Período de Sesiones Extraordinarias de esa Cámara para atender asuntos de su competencia exclusiva, así como proyectos de ley acordados por los Grupos Parlamentarios. Durante el análisis de la iniciativa referida, la Comisión correspondiente de la Comisión Permanente recibió las solicitudes y propuestas de los Senadores para que los términos de la iniciativa se ampliaran para convocar también al Senado de la República a Sesiones Extraordinarias y estar así en posibilidad de abordar temas de su interés que podían ser despachados sin esperar hasta el inicio del Periodo Ordinario en el mes de septiembre. La urgencia de estos asuntos se consideró a partir de la necesidad de que el Poder Legislativo se ocupara, dentro del ámbito de sus facultades, de diversos temas que el interés nacional mantiene vigentes y con expectativas sobre su aportación para el fortalecimiento de nuestro estado de Derecho. En esta virtud, la Comisión Permanente aprobó el pasado 15 de junio un decreto para que las Cámaras del Congreso, en Sesiones Extraordinarias, se ocuparan de los siguientes asuntos:
1. Reformas a la Legislación Electoral;
2. Proyecto de Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3. Reformas a la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 4. Régimen Fiscal de Petróleos Mexicanos; 5. Ley para el Aprovechamiento de las Fuentes Renovables de Energía; 6. Reformas Constitucionales y Legales en materia de seguridad pública, procuración, impartición y administración de justicia. 7. Ley de la Caña de Azúcar; 8. Reformas constitucionales y legales sobre la organización y funcionamiento del Congreso de la Unión; 9. Reformas a la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres; 10. Reformas a la Ley de Amparo; 11. Decretos por los que se establecen las características de diversas monedas conmemorativas; 12. Proyecto de Decreto mediante el cual se reforman los artículos 46; 73; 76 y 105 Constitucionales, relacionados al establecimiento de límites entre los Estados, y 13. Toma de Protesta y en su caso reincorporación de legisladores que de conformidad con la Constitución y la Ley deban asumir el cargo. Para la cámara de Diputados se dispuso que se ocupara dentro de los asuntos de su exclusiva competencia, de lo relativo al Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2005 y de la elección de un Vicepresidente de la Mesa Directiva, así como de la creación, integración y cambios en comisiones y comunicados de Órganos de Gobierno. Por su parte, la Cámara de Senadores conforme a sus facultades exclusivas se ocupará del Dictamen del Estatuto de Roma de la Corte Penal internacional. Anexo a esta comunicación el decreto de convocatoria aprobado por la Comisión Permanente, con lo que doy cumplimiento a lo que establece el artículo 69 constitucional, señalado al inicio. |