Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, en materia de residuos sólidos urbanos. Proceso Legislativo: Iniciativa presentada por la Dip. Lía Limón García (PVEM), suscrita por el Dip. Jesús Sesma Suárez (PVEM) e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM, el 14 de junio de 2017. (LXIII Legislatura) Propuesta: Establecer la responsabilidad objetiva de los integrantes de los Ayuntamientos y Alcaldías, de los Alcaldes, Regidores y Presidentes Municipales y en general, cualquier autoridad de las entidades federativas o municipales, que en el marco de su competencia autoricen o bien, permitan formal o materialmente el establecimiento y funcionamiento de tiraderos a cielo abierto, así como la operación de sitios de disposición final que no cumplan con la normatividad vigente aplicable. Señalar qué se entiende por Tiradero a Cielo Abierto. Incluir como facultad de la Federación el verificar el cumplimiento de las normas oficiales mexicanas en materia de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial e imponer sanciones y medidas que resulten aplicables en caso de incumplimento. Señalar que las entidades federativas tienen a su cargo la gestión integral de los residuos de manejo especial y la autorización de su manejo integral. Indicar que el ayuntamiento tiene a su cargo la gestión integral de residuos sólidos urbanos, y la autorización de su manejo integral. |