Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Primer Año de Ejercicio

 

 Sesión 35

 

                7. MINUTA CON DISPENSA DE TRAMITE 

                                  a) Con proyecto de decreto

 

No.

MINUTA

CONTENIDO

TRÁMITE

1

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

13 de diciembre de 2012.

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por el Dip. José Sergio Manzur Quiroga (PRI), suscrita por diputados de los Grupos Parlamentarios del PRI y del PVEM el 15 de noviembre de 2012 (LXII Legislatura)

Voto particular del Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT)

Voto particular de los Dips. Francisco Alfonso Durazo Montaño y José Francisco Coronato Rodríguez (MC).

Declaratoria de publicidad emitida el 22 de noviembre de 2012. (LXI Legislatura)

Proyecto de decreto aprobado por 333 votos a favor, 50 en contra y 80 abstenciones, el 22 de noviembre de 2012, pasó a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 27 de noviembre de 2012. (LXII Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda, presentado el 06 de diciembre de 2012. Proyecto de decreto aprobado por 114 votos en pro; 4 votos en contra; y 5 abstenciones. Proyecto de decreto aprobado en lo general y particular el 11 de diciembre de 2012. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Consolidar la Oficina de la Presidencia de la República como una instancia cercana al Ejecutivo Federal para apoyo y seguimiento permanente de sus tareas y de las políticas públicas. El Presidente designará al Jefe de dicha Oficina, quien podrá ser convocado a las reuniones de gabinete. Establecer atribuciones a la Secretaría de Gobernación para que lleve a cabo funciones de coordinación de las acciones de la Administración Pública Federal para cumplir sus acuerdos y órdenes.  Desaparecer las Secretarías de Seguridad Pública y de la Función Pública.  Se transfieren a la Secretaría de Gobernación las tareas en materia de seguridad pública, de Policía Federal, así como las del sistema penitenciario federal, prevención del delito. A la Secretaría de Gobernación le corresponderá presidir el Consejo Nacional de Seguridad Pública en ausencia del presidente de la República; presidir la Conferencia Nacional de Secretarios de Seguridad Pública; proponer al Presidente de la República el nombramiento del Comisionado General de la Policía Federal y del Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.  Establecer como atribuciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, coordinar el desarrollo administrativo integral en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, emitir políticas, normas, lineamientos y procedimientos en materia de adquisiciones, arrendamientos, servicios y obras públicas, llevar y normar el registro de servidores públicos, determinar los perfiles que deberán cubrir los titulares y personal de las auditorías preventivas de las dependencias y entidades.    Crear la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, tomando en cuenta diversas atribuciones tanto de la actual Secretaría de la Reforma Agraria, así como de la Secretaría de Desarrollo Social en materia de desarrollo urbano, regional y de vivienda.  Se establece un nuevo régimen de control gubernamental, a través de la consolidación de unidades de auditoría preventiva en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con distribución de facultades de la actual Secretaría de la Función Pública en distintas estructuras y órganos, principalmente en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

El Secretario de Gobernación deberá comparecer cada seis meses ante las comisiones de Gobernación y de Seguridad Pública del Senado para presentar la política criminal y darle seguimiento cuando ésta se apruebe o se modifique. Asimismo, deberá ejercer el mando sobre la fuerza pública para proteger a la población ante todo tipo de amenazas y riesgos, con plena sujeción a los derechos humanos y libertades fundamentales.

El Secretario de Gobernación deberá comparecer cada seis meses ante la Comisión Bicamaral prevista en el artículo 56 de la Ley de Seguridad Nacional, con el objetivo de que informe al Poder Legislativo Federal sobre los asuntos de su competencia en materia de seguridad nacional. Asimismo debe impulsar las políticas públicas y dar seguimiento a los programas que refuercen la inclusión social y la igualdad, mediante estrategias y acciones que contribuyan a prevenir y eliminar la discriminación.

Intervenciones:

 

Para fijar postura de su Grupo Parlamentario:

Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)

Dip. Lizbeth Eugenia Rosas Montero (PRD)

Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT)

Dip. Felipe Arturo Camarena García (PVEM)

Dip. Héctor Humberto Gutiérrez De la Garza (PRI)

Dip. Elizabeth Oswelia Yáñez Robles (PAN)

 

Para hablar en contra:

Dip. Juan Luis Martínez Martínez (MC) *

Dip. Francisco Alfonso Durazo Montaño (MC) **

Dip. Ricardo Monreal Ávila (MC)

Dip. Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara (PT) *

 

Para hablar en pro:

Dip. Amalia Dolores García Medina (PRD)

Dip. Fernando Belaunzarán Méndez (PRD)

Dip. Rubén Camarillo Ortega (PAN)

Dip. Marcos Rosendo Medina Filigrana (PRD)

Dip. Tomás Torres Mercado (PVEM)

 

* Propusieron modificación al artículo 27 fracción XII.

** Propuso modificación al artículo 27 último párrafo.

 

Nota: La Presidencia informó que a petición de diversos Grupos Parlamentarios, la fracción XVI, del artículo 27 y el último párrafo del mismo se votarían por separado.

 

a)  En votación económica se dispensaron los trámites y se sometió a discusión de inmediato.

b)  En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Martínez Martínez.

c)  En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Durazo Montaño.

d)  En votación económica se desechó la propuesta del Dip. Huerta Ladrón de Guevara.

e)  Aprobado en lo general y en lo particular los artículos no impugnados del proyecto de decreto por 423 votos a favor, 38 en contra y 4 abstenciones.

f)   Por 228 votos a favor, 38 en contra y 195 abstenciones se aprobó el artículo 27, fracción XVI y último párrafo del proyecto de decreto, en términos del dictamen.

g)  Aprobado en lo general y en lo particular el proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

h)  Pasa al Ejecutivo  para los efectos constitucionales.

 

 

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