No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que adiciona una fracción IX al artículo 25, y se adicionan los artículos 47 BIS y 47 TER a la Ley de Coordinación Fiscal. Publicación en GP: Anexo I. 04 de noviembre de 2014. |
Asamblea Legislativa del Distrito Federal |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Crear el Fondo de Capitalidad para el Distrito Federal, que se determinará anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación con recursos federales por un monto equivalente, al 0.65 por ciento de la recaudación federal participable, según estimación que de la misma se realice en el propio presupuesto. Este fondo se enterará mensualmente, en los primeros 10 meses del año por partes iguales al Distrito Federal, por conducto de la Federación de manera ágil y directa, sin más limitaciones ni restricciones, incluyendo las de carácter administrativo. |
2 |
Que reforman y adicionan los artículos 2 y 3 de la Ley del Sistema de Horario en los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo I. 04 de noviembre de 2014. |
Congreso del Estado de Quintana Roo |
Comisión de Energía, para dictamen. |
Reconocer para los Estados Unidos Mexicanos, la aplicación y vigencia de los husos horarios 75 grados. Implementar la Zona Sureste, referida al meridiano 75 grados oeste que comprende el territorio del Estado de Quintana Roo. |
3 |
Que deroga el numeral 6, inciso b), fracción I, del Artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Publicación en GP: Anexo I. 04 de noviembre de 2014. |
Sen. David Monreal Ávila (PT)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Eliminar el Impuesto al Valor Agregado, aplicado a alimentos procesados para perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar. |
4 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo V. 04 de noviembre de 2014. |
Diputados y Senadores del Grupo Parlamentario del PAN* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen, y a la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para opinión. |
Establecer un Sistema Nacional Anticorrupción, dotado de un Comité Coordinador, encargado de coordinar esfuerzos para implementar políticas transversales en materia de control, prevención y disuasión de la corrupción y promoción de la integridad, en los términos que establezca la ley general que al efecto expida el Congreso de la Unión, conformado por mecanismos de control interno, de control externo y de sanción. En materia de control interno, el fortalecimiento de la actual Secretaría de la Función Pública en cuanto a la prevención, corrección, auditoría, investigación y sanción; es decir, reasumiendo todas las funciones que le fueron derogadas mediante la reforma a dicha ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero del 2013. En materia de control externo, que además de la Secretaría de la Función Pública, sean dos órganos más, absolutamente independientes del Poder Ejecutivo, los responsables de auditar el uso de los recursos públicos e investigar, con las más amplias facultades, posibles actos de corrupción: la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción, para lo cual se les otorgan facultades para recibir quejas y denuncias ciudadanas. Instaurar un Consejo Nacional para la Ética Pública, que estará encargado de garantizar la adecuada implementación de las políticas y programas desarrollados por el Comité Coordinador en sus respectivos órdenes de gobierno. Instaurar un Comité de Participación Ciudadana que será el órgano ciudadano mediante el cual se canalizarán los esfuerzos de las organizaciones de la sociedad civil, en su función de coadyuvar con las autoridades en el combate a la corrupción, conformada por cinco ciudadanos que se hayan destacado por su contribución a la transparencia, la rendición de cuentas o el combate a la corrupción. Establecer que cada Entidad Federativa reproduzca el sistema en su ámbito respectivo, bajo las bases establecidas en la Constitución y en la Ley General que regule el Sistema, debiendo observar además las políticas acordadas por el Sistema Nacional Anticorrupción. Facultar al congreso para legislar en materia de corrupción y para expedir leyes que instituyan el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. Sustituir a los tribunales contenciosos administrativos por el tribunal federal de justicia administrativa, como órgano facultado para conocer y dirimir controversias en la materia. Actualizar el nombre de la Auditoría Superior de la Federación. |
5 |
Que expide la Ley General para el Control de la Cannabis; y reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General de Salud, del Código Penal Federal, de la Ley Federal de Derechos y de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios. Publicación en GP: Anexo V. 04 de noviembre de 2014. |
Diputados Fernando Belaunzarán Méndez y Agustín Miguel Alonso Raya (PRD)* |
Comisiones Unidas de Salud, de Justicia, y de Hacienda y Crédito Público, para dictamen y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Crear un ordenamiento jurídico que tenga por objeto regular la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo de los productos derivados de la cannabis. Establecer las facultades de la Secretaría de Salud en materia de consumo y productos derivados de la cannabis. Crear el Programa Nacional de Prevención, Tratamiento de las Adicciones y Rehabilitación. Contemplar que los establecimientos involucrados con la venta o producción de cannabis, requerirán licencia sanitaria. Establecer las obligaciones de las personas relacionadas con la producción, procesamiento y comercialización de la cannabis. Ley General de Salud: reforma el nombre de Capítulo IV para llamarse “Programa Nacional para la Prevención, Reducción de Daños y Riesgos, y Tratamiento de la Farmacodependencia”, se establecen programas para la reducción de riesgos del consumo de substancias psicotrópicas. Eliminar a la cannabis de las sustancias consideradas como estupefacientes. Código Penal Federal: Eliminar la sanción prevista correspondiente a la siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana. Ley Federal de Derechos: Establecer el pago de derechos por la producción, procesamiento, distribución, venta y consumo de la Cannabis y sus derivados. Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios: Establecer un impuesto a los cigarros e infusiones de cannabis. Establecer que los fabricantes, productores, empaquetadores y distribuidores de los productos derivados de la cannabis, deberán estar inscritos en el padrón de contribuyentes de la cannabis. |
6 |
Que reforma el artículo 150 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Publicación en GP: Anexo V. 04 de noviembre de 2014. |
Dip. Ruth Zavaleta Salgado (PVEM)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Incluir en las atribuciones del Presidente de la Junta Directiva, presentar durante el primer mes, a partir de la instalación de la comisión, los indicadores de desempeño a través de los cuales se realizará el control evaluatorio del Plan Nacional de Desarrollo. |
7 |
Que expide la Ley Federal para el Fomento y la Transición al Transporte Alternativo. Publicación en GP: Anexo IV. 02 de octubre de 2014. |
Dip. Jesús Antonio Valdés Palazuelos (PRI)* |
Comisión de Transportes, para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión. |
Establecer una normatividad que genere la transición hacia medios de transporte alternativos, el fomento a la construcción de ciclovías que mejoren la salud de los ciudadanos, mejoren la convivencia, la movilidad urbana, conserven el medio ambiente y promuevan el deporte, además de establecer los instrumentos de financiamiento para la construcción de ciclovías. Establecer la Comisión para el Fomento y Transición al Transporte Alternativo. Asentar que el financiamiento para construcción de ciclovías pueda provenir de asociaciones público-privadas regidas por la Ley de Asociaciones Público Privadas y a través de un fideicomiso público regido por reglas de operación. Establecer las reglas de participación de estas asociaciones. Instituír el fideicomiso para la financiación de proyectos infraestructurales de ciclovías que contaría con un comité técnico integrado por representantes de las Secretarías de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, de Hacienda y Crédito Público, de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de Comunicaciones y Transportes, de la Comisión y del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología. Establecer las infracciones y sanciones en la materia. |
8 |
Que reforma el artículo 215 de la Ley General de Salud. Publicación en GP: Anexo V. 09 de octubre de 2014. |
Diputado Luis Armando Córdova Díaz (PRI)* |
Comisión de Salud, para dictamen. |
Complementar el concepto de “suplementos alimenticios”, agregando a los extractos de origen animal, que se puedan presentar en forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir alguno de sus componentes. |
9 |
Que reforma el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. Publicación en GP: Anexo III. 14 de octubre de 2014. |
Diputada Elvia María Pérez Escalante (PRI)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Ampliar la prohibición a la administración pública federal, centralizada y paraestatal, así como a la Procuraduría General de la República, de contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública precisando que las obligaciones deberán ser acreditadas como cumplidas para ser candidato a la adjudicación de contratos en dicha materia. |
10 |
Que reforma el artículo 167 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Publicación en GP: Anexo III. 14 de octubre de 2014. |
Diputada Graciela Saldaña Fraire (PRD)* |
Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen. |
Incluir el acto de emplazamiento a procedimiento administrativo. Establecer que la autoridad ordenadora tendrá un plazo máximo de 120 días contados a partir de la fecha en que se notificó la orden de inspección para emplazar al interesado. Indicar que cuando la autoridad ordenadora no cumpliese con el plazo se entenderán por caducados los efectos del acta de inspección. Asentar que, una vez recepcionada el acta de inspección por parte de la autoridad ordenadora y determinado que no existen irregularidades a subsanar, deberá notificar al interesado el acuerdo de cierre del expediente. |
11 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados. Publicación en GP: Anexo III. 14 de octubre de 2014. |
Diputada María Fernanda Schroeder Verdugo (PRI)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Establecer lenguaje con perspectiva de género, colocando en primer término el género femenino y después el masculino. Prever que las diputadas y diputados deberán integrar grupos de trabajo, órganos de gobierno y grupos parlamentarios; asimismo, podrán disponer de los servicios administrativos y legislativos que cuente la Cámara para el desarrollo de su función. |
12 |
Que reforma los artículos 17, 18 y 19 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Publicación en GP: Anexo IV. 16 de octubre de 2014. |
Diputada María del Carmen Ordaz Martínez (PRI)* |
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, para dictamen. |
Facultar a la Secretaría de Educación Pública, para garantizar a las personas adultas mayores su participación en actividades deportivas y recreativas. Prever que las Instituciones Públicas del Sector Salud, garanticen a las personas adultas mayores, vivir en lugares higiénicos, seguros, dignos y decorosos que puedan satisfacer sus requerimientos. |
13 |
Que reforma el artículo 29 Bis de la Ley de Aguas Nacionales. Publicación en GP: Anexo IV. 16 de octubre de 2014. |
Diputada Landy Margarita Berzunza Novelo (PAN)* |
Comisión de Recursos Hidráulicos, para dictamen. |
Establecer como responsabilidad de los asignatarios, la de resarcir los daños económicos y afectaciones a la salud, que en su caso, resulten afectadas por la contaminación que provocan sus descargas. |
14 |
Que reforma el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo IV. 16 de octubre de 2014. |
Diputada Miriam Cárdenas Cantú (PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Sustituir el término “servicios de guardería” por el de “servicios de Centros para la Atención, Cuidado y Desarrollo Integral Infantil”. |
15 |
Que reforma el artículo 410-A del Código Civil Federal. Publicación en GP: Anexo IV. 16 de octubre de 2014. |
Diputada Landy Margarita Berzunza Novelo (PRI)* |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Establecer que el consentimiento de adopción es irrevocable, sea cual sea la causa. |
16 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados. Publicación en GP: Anexo VI 21 de octubre de 2014. |
Dip. María de Jesús Huerta Rea (PRI)* |
Comisión de Seguridad Pública, para dictamen. |
Considerar el perfil clínico-criminológico en la asignación de los internos al trabajo. Incluir servicios médicos en los centros penitenciarios y especificar los servicios mínimos que deberán brindar. |
17 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Ciencia y Tecnología. Publicación en GP: Anexo VI 21 de octubre de 2014. |
Dip. María de Jesús Huerta Rea (PRI)* |
Comisión de Ciencia y Tecnología, para dictamen. |
Incluir los resultados del Sistema Nacional de Información de Infraestructura Científica y Tecnológica, en la integración del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Considerar en el Programa Especial de Ciencia, Tecnología e Innovación, la infraestructura científica y tecnológica. |
18 |
Que reforma el artículo 40 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo VI 21 de octubre de 2014. |
Dip. Mirna Esmeralda Hernández Morales (PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que el escudo, la bandera y el himno nacional, son los símbolos patrios de los Estados Unidos Mexicanos; cuyas características y utilización se establecen en la ley respectiva. |
19 |
Que reforma los artículos 3o. y 133 de la Ley Federal del Trabajo. Publicación en GP: Anexo III. 23 de octubre de 2014. |
Dip. María del Carmen García de la Cadena Romero (PRI)* |
Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen. |
Adicionar como prohibición de los patrones, de aceptar trabajadores en razón de su apariencia física, uso de perforaciones o tatuajes. |
20 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y del Reglamento de la Cámara de Diputados. Publicación en GP: Anexo III. 23 de octubre de 2014. |
Dip. María del Rocío García Olmedo (PRI)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Crear la Unidad para la Igualdad de Género de la Cámara de Diputados como un órgano técnico responsable de vigilar la conducción transversal con perspectiva de género en la estructura organizacional y desarrollo de las actividades institucionales y laborales; contará con los recursos humanos, materiales y financieros que requiera para el cumplimiento de sus funciones, estará a cargo de una Coordinadora que acredite especialidad en la materia, y que será designada por la Junta de Coordinación Política. |
21 |
Que reforma el artículo 130 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Publicación en GP: Anexo III. 23 de octubre de 2014. |
Dip. Enrique Cárdenas del Avellano (PRI)* |
Comisión de Seguridad Pública, para dictamen. |
Establecer que el Centro Nacional de Prevención del Delito y Participación Ciudadana promoverá que la Federación, los estados, el Distrito Federal y los municipios, establezcan un servicio de comunicación único de emergencia 066 y la plataforma encargada de recibir la primer llamada ante situaciones de riesgo, emergencia, denuncias y demás reportes que requiera la atención de las instituciones públicas a fin de activar las previsiones y acciones de seguridad pública, protección civil o salud. |
22 |
Por el que se declara el 25 de octubre como Día Nacional de las Personas con Talla Baja. Publicación en GP: Anexo III. 23 de octubre de 2014. |
Diputada María Fernanda Schroeder Verdugo (PRI)* |
Comisión de Gobernación, para dictamen. |
Declarar el 25 de octubre como Día Nacional de las Personas con Talla Baja. |
23 |
Que reforma el artículo 107 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Publicación en GP: Anexo V. 28 de octubre de 2014. |
Diputada Cecilia González Gómez (PRI)* |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Establecer que será obligación de los ejecutores del gasto, realizar, la publicación de la evolución diaria del gasto público en su portal de internet, incluyendo en ello los subejercicios y los estados financieros de recursos públicos en fondos y fideicomisos. |
24 |
Que adiciona el artículo 4-C de la Ley de Coordinación Fiscal. Publicación en GP: Anexo V. 28 de octubre de 2014. |
Diputados Nabor Ochoa López (PVEM), Francisco Alberto Zepeda González (PRI) y Miguel Ángel Aguayo López (PRI)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Crear el Fondo Portuario Municipal que estará conformado por un monto equivalente, al 10% de los ingresos anuales totales que obtengan las administradoras portuarias integrales. Los recursos de este fondo serán ejercidos por los municipios atendiendo los criterios del Ramo 28 y se destinarán a los fines que cada ayuntamiento determine, para atender los impactos negativos que generan los puertos a la ciudad y prever una planeación que mejore la calidad de vida de los habitantes en dichos municipios. |
25 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático. Publicación en GP: Anexo V. 28 de octubre de 2014. |
Diputado Ossiel Omar Niaves López (PRI)* |
Comisión de Cambio Climático, para dictamen. |
Incluir el principio de preservación y protección a los derechos humanos que tengan impacto por los efectos adversos del cambio climático, en la formulación de la política nacional de cambio climático. |
26 |
Que reforma el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo V. 28 de octubre de 2014. |
Diputado Roman Alfredo Padilla Fierro (PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Prever que la educación que imparta el Estado fomentará conciencia en el cambio climático. |
27 |
Que reforma el artículo 13 de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Publicación en GP: Anexo V. 28 de octubre de 2014. |
Diputado Jorge Terán Juárez (PRI)* |
Comisión de Transparencia y Anticorrupción, para dictamen. |
Explicitar que los servidores públicos inhabilitados en términos de esta Ley, no podrán desempeñar ningún empleo, cargo o comisión, cuya encomienda implique el manejo, administración o aplicación de recursos públicos federales. |
28 |
Que reforma los artículos 50 y 59 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Publicación en GP: Anexo V. 28 de octubre de 2014. |
Diputada Cecilia González Gómez (PRI)* |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Prohibir a los ejecutores de gasto realizar algún tipo de operación financiera, transferencia de recursos a fideicomisos o a fondos, que no hayan sido expresamente aprobados en el Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio correspondiente. Vedar adecuaciones presupuestarias encaminadas a realizar transferencias de recursos a fideicomisos o fondos, que no hayan sido debidamente establecidos en el decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente. |
29 |
Que reforma el artículo 37 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. Publicación en GP: Anexo V. 28 de octubre de 2014. |
Diputada Mirna Esmeralda Hernández Morales (PRI)* |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para dictamen. |
Considerar en el proyecto de Presupuesto de Egresos las previsiones para el Fondo Nacional de Huracanes, mismo que no podrá ser menor al 0.4 por ciento del gasto programable para el ejercicio fiscal respectivo. |
30 |
Que reforma el artículo primero transitorio del decreto por el que se expide la Ley Federal de Justicia para Adolescentes, se adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se reforma la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, se adiciona la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República y se reforma la Ley Federal de Defensoría Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. Héctor Gutiérrez de la Garza (PRI)* |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Cambiar la fecha de entrada en vigor de los “2 años después de su publicación” a “gradualmente”, en los términos previstos en la declaratoria que hace referencia el artículo segundo transitorio del decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Penales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de marzo de 2014, sin que pueda exceder del 18 de junio de 2016. |
31 |
Que reforma el artículo 2o. de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. María del Carmen Ordaz Martínez (PRI)* |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen. |
Establecer que la Secretaría de Educación Pública, el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes y los demás institutos culturales del país, en coordinación con las autoridades estatales, municipales y los particulares, implementarán las acciones correspondientes al resguardo, exploración, rescate y preservación de los monumentos arqueológicos, históricos y artísticos, con el fin de proteger nuestro patrimonio cultural. |
32 |
Que reforma los artículos 64 y 65 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. Graciela Saldaña Fraire (PRD)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Prever que la Mesa Directiva, así como los grupos parlamentarios, podrá incluir en el Orden del Día de la Sesión, proyectos de ley o decreto u otros asuntos que considere prioritarios una vez publicado el Orden del día en la Gaceta y antes del inicio de la Sesión, durante el desarrollo de la misma podrá hacerlo, previa aprobación del Pleno. |
33 |
Que adiciona los artículos 65 Bis 8 y 65 Bis 9 a la Ley Federal de Protección al Consumidor. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. María del Carmen Martínez Santillán (PT)* |
Comisión de Economía, para dictamen. |
Establecer como obligación de las casas de empeño, de exigir a los clientes la documentación que acredite la legal propiedad de los bienes motivo de las contrataciones de mutuo y garantía prendaria que realicen, además de rendir un informe trimestral a la Procuraduría General de Justicia de la entidad federativa correspondiente al lugar en que se establezcan. |
34 |
Que reforma el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. Jesús Antonio Valdés Palazuelos (PRI)* |
Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen. |
Establecer que el Estado Mexicano, la Federación, Estados y Municipios, promoverán la participación de la población en edad juvenil en la vida social, cultural, económica y política de la Nación. |
35 |
Que reforma el artículo 78 de la Ley General de Protección Civil. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. Laura Barrera Fortoul (PRI)* |
Comisión de Protección Civil, para dictamen. |
Establece que una vez hecha pública una alerta de fenómeno hidrometeorológico, los establecimientos hoteleros y de hospedaje que se encuentren en zonas de riesgo deberán notificarla a todos sus huéspedes y estarán obligados a garantizar el abasto de alimentos y servicios y abstenerse de elevar sus precios. |
36 |
Que reforma el artículo 360 del Código Civil Federal. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. Elvia María Pérez Escalante (PRI)* |
Comisión de Justicia, para dictamen. |
Establecer que, en caso de contradicción, la paternidad y la maternidad pueden probarse por cualquiera de los medios ordinarios y en especial mediante la prueba pericial en materia de genética. Señalar que si el presunto progenitor se negara a proporcionar la muestra necesaria, se presumirá, salvo prueba en contrario, que es el padre o la madre. Asentar que si existe carencia de recursos, el juez solicitará al área de servicios periciales correspondiente, que se exima del pago atendiendo al interés superior del menor. |
37 |
De decreto, para inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Felipe Ángeles. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. Darío Badillo Ramírez (PRI)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen. |
Inscribir con letras de oro en el Muro de Honor del salón de sesiones de la Cámara de Diputados el nombre de Felipe Ángeles. |
38 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal de Derechos. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. Raymundo King de la Rosa (PRI)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen. |
Modificar las cuotas por servicios migratorios extraordinarios, en puertos marítimos. |
39 |
Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones del Código de Comercio. Publicación en GP: Anexo III. 30 de octubre de 2014. |
Dip. Mauricio Sahuí Rivero (PRI)* |
Comisión de Economía, para dictamen. |
Eliminar el requisito de probar que el promovente actuó con el claro propósito de alargar o entorpecer el juicio, tratándose de la imposición de la multa. |
40 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal. Publicación en GP: Anexo V. 04 de noviembre de 2014. |
Dip. Juan Bueno Torio (PAN)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen |
Precisar que esta Ley tiene por objeto coordinar el sistema fiscal de la Federación con los estados, el Distrito Federal, las demarcaciones territoriales de éste y los municipios. Establecer que el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público distribuirá los recursos del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal. Establecer que la SHCP, deberá publicar en su página oficial de internet, las variables y fórmulas utilizadas para determinar los montos que correspondan a cada municipio o demarcación territorial por concepto de dicho Fondo. |
41 |
Que reforma los artículos 8o. y 13 de la Ley General del Servicio Profesional Docente. Publicación en GP: Anexo V. 04 de noviembre de 2014. |
Diputados María del Rocío Corona Nakamura y Rafael González Reséndiz (PRI)* |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos, para dictamen. |
Incluir como propósito del Servicio Profesional Docente, fortalecer las condiciones de seguridad e integridad física de cada individuo, ejecutando programas para el personal docente sobre capacitación obligatoria para reconocer y atender lesiones y emergencias de primeros auxilios en menores de 15 años de edad. |