Datos
de la
LXII Legislatura

CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

1.   COMUNICACIONES

 

a) De Comisión Especial

 

b) De Comisión Bicamaral

 

2.   OFICIOS

 

3.   SOLICITUD DE DIPUTADO

 

Para retirar iniciativa

 

4.   CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

 

5.   INICIATIVAS

 

6.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto

 

7.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

 

Con proyecto de decreto

 

8.   PROPOSICIONES

 

9.   AGENDA POLÍTICA

 

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

 Sesión 26

   

 

 

 

6.     DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTÁMENES

 

Con proyecto de decreto.

No.

ORIGEN

DICTAMEN

TRÁMITE

1

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

04 de noviembre de 2014.

Que reforma diversas disposiciones de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, de la Ley Federal de Derechos, de la Ley General de Asentamientos Humanos, y de la Ley General de Salud.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. María Esperanza Morelos Borja (PAN) a nombre propio y del Dip. Jorge Quintero Bello (PAN) el 20 de noviembre 2007. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de abril de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 17 de abril de 2008. Proyecto de Decreto aprobado por 267 votos. Pasa a la Cámara de Senadores para los efectos del Apartado A del artículo 72 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LX Legislatura)

Minuta recibida en la Cámara de Senadores el 21 de abril de 2008. (LX Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 05 de septiembre de 2013 (LXII Legislatura)

Dictamen a Discusión presentado el 10 de septiembre de 2013. Proyecto de Decreto aprobado por 90 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida el 12 de septiembre de 2013. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Sustituir el término “discapacitados” por el de “personas con discapacidad”.

Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD)

2

Comisión de Protección Civil.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

04 de noviembre de 2014.

Que reforma y adiciona el artículo 4o. de la Ley General de Protección Civil.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por la Dip. María del Carmen Ordaz Martínez (PRI) el 30 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que la cultura de responsabilidad social dirigida a la protección civil se promueva desde la niñez, asimismo, se brinde atención prioritaria para la población vulnerable.

3

Comisión de Pesca.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

04 de noviembre de 2014.

Que reforma y adiciona la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, en materia de inspección y vigilancia.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa suscrita por el Dip. Carlos Oznerol Pacheco Castro (PRI) el 15 de diciembre de 2010. (LXI Legislatura) Declaratoria de Publicidad emitida el 08 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 13 de diciembre de 2011. Proyecto de decreto aprobado por 261 votos en pro y 1 abstención. Pasó a la Cámara de Senadores para efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura)

Minuta recibida en Cámara de Senadores el 15 de diciembre de 2011. (LXI Legislatura)

Dictamen de Primera Lectura presentado el 21 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

Dictamen a discusión presentado el 22 de abril de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 79 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado E del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura)

Minuta recibida el 28 de abril de 2014. (LXII Legislatura)

 

Propuesta:

Establecer que una vez concluido el levantamiento de acta en una visita de inspección, el inspector o verificador deberá proporcionar al visitado la información respecto a la autoridad que emitió la orden de visita, y hará de su conocimiento el plazo con que cuenta para manifestar lo que a su derecho convenga.

Los datos de la visita de inspección asentados en el acta se tendrán por ciertos salvo prueba en contrario.

Señalar el procedimiento en caso de que el visitado ofrezca pruebas derivadas de una visita de inspección.

4

Comisión de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

04 de noviembre de 2014.

Que reforma la fracción II Bis del artículo 64 de la Ley General de Salud, en materia de bancos de leche.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por la Dip. Cristina Olvera Barrios (NA), el 28 de mayo de 2014. (LXII Legislatura).

 

Propuesta:

Incluir en la competencia de las autoridades sanitarias, la creación de al menos un banco de leche humana en cada entidad federativa en los establecimientos de salud que cuenten con servicios neonatales.

5

Que reforma la fracción II del artículo 64 de la Ley General de Salud.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada por los Senadores Maki Esther Ortiz Domínguez, Francisco Salvador López Brito, Luisa María Calderón Hinojosa (PAN); Lisbeth Hernández Lecona, Marcela Guerra Castillo, María del Rocío Pineda Gochi (PRI); Rabindranath Salazar Solorio, Luz María Beristain Navarrete (PRD) y la Senadora Ana Gabriela Guevara (PT) el 26 de febrero de 2013. (LXII Legislatura).

Dictamen de Primera Lectura presentado el 10 de abril de 2014. (LXII Legislatura).

Dictamen a Discusión presentado el 22 de abril de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 83 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXI Legislatura).

Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 28 de abril de 2014. (LXII Legislatura).

 

Propuesta:

Impulsar la instalación de lactarios en los centros de trabajo público y privado.

6

Comisión de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

04 de noviembre de 2014.

Que reforma el inciso a) de la Fracción II, la fracción V, y adiciona un inciso m) a la Fracción I y los incisos a), b) y c) a la fracción V, del artículo 4 de la Ley de Asistencia Social.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por los senadores Guillermo Tamborrel Suárez, José Antonio Badía San Martín, Sebastián Calderón Centeno, Ramón Galindo Noriega, Carlos Osuna Dávila, Héctor Pérez Plazola, Alfredo Rodríguez y Pacheco, así como Beatriz Zavala Peniche (PAN) el 12 de abril de 2011. (LXI Legislatura).

Iniciativa presentada por el Senador Guillermo Tamborrel Suárez (PAN) el 23 de febrero de 2012. (LXI Legislatura).

Dictamen de Primera Lectura con dispensa de trámites presentado el 20 de febrero de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 80 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura).

Minuta recibida en la Cámara de Diputados el 20 de febrero de 2014. (LXII Legislatura).

 

Propuesta:

Incluir como sujetos de la asistencia social a niños huérfanos, madres solas que tengan a su cuidado hijos menores de dieciocho años de edad, y personas adultas mayores que vivan con discapacidad o que ejerzan la patria potestad.

7

Que reforma el artículo 157 Bis de la Ley General de Salud.

 

Proceso Legislativo:

Iniciativa presentada en la Cámara de Senadores por la Sen. María Cristina Díaz Salazar (PRI) el 29 de abril de 2013. (LXII Legislatura).

Dictamen de Primera Lectura presentado el 03 de abril de 2014. (LXII Legislatura).

Dictamen a Discusión presentado el 08 de abril de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 102 votos. Pasa a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura).

Minuta recibida en Cámara de Diputados el 10 de abril de 2014. (LXII Legislatura).

 

Propuesta:

Señalar que la Secretaría de Salud y los gobiernos de las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias, se coordinarán para la promoción del uso del condón; principalmente en las poblaciones de mayor vulnerabilidad de contraer la infección del VIH/SIDA y de más enfermedades de transmisión sexual.

 

 

 

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