Datos
de la
LXII Legislatura

CONCENTRADO
DE ASUNTOS ABORDADOS

 

1.   COMUNICACIÓN DE LA MESA DIRECTIVA

Con modificación de turno de proposición con punto de acuerdo

2.   SOLICITUD DE DIPUTADA

Para retirar iniciativa

3.   CONTESTACIÓN A PUNTO DE ACUERDO

4.   COMUNICACIONES RELATIVAS A MOVIMIENTOS EN COMISIONES

5.   MOVIMIENTO DE C. DIPUTADA

De solicitud de licencia.

6.   INICIATIVAS

7.   DECLARATORIA DE PUBLICIDAD DE DICTAMEN

Con proyecto de decreto

8.   DICTÁMENES A DISCUSIÓN

a) Con proyecto de decreto

b) Con puntos de acuerdo

9.   DICTÁMENES NEGATIVOS

a) De iniciativas

b) De minutas

10.   PROPOSICIONES

11.   PROTESTA DE LEY

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

Primer Período de Sesiones Ordinarias del
Tercer Año de Ejercicio

 

Sesión 34

   

 

 

6.     INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

PROMOVENTE (S)

TURNO

SINOPSIS

1

Que expide la Ley de Transición Energética.

 

Publicación en GP: Anexo VI

21 de octubre de 2014.

Dip.

María Isabel Ortiz Mantilla

(PAN)*

 

Suscrita por diputados de su Grupo Parlamentario

Comisiones Unidas de Energía, y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de regular el aprovechamiento sustentable de la energía y las obligaciones en materia de energías limpias y de reducción de contaminantes de la industria eléctrica. Definir las atribuciones de la Secretaría de Energía, Comisión Reguladora de Energía, Centro Nacional de Control de Energía Eléctrica, Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, SEMARNAT y PROFEPA, en la materia. Definir la Estrategia Nacional para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía. Crear el Fondo para la Transición Energética y el Aprovechamiento Sustentable de la Energía con el objeto de captar recursos para instrumentar proyectos para el cumplimiento de las metas país en materia de energías limpias, generación distribuida y eficiencia energética. Crear el Fondo de Sustentabilidad Energética, con el objeto de captar recursos para apoyar las actividades de investigación, desarrollo e innovación para el cumplimiento de las metas país en la materia. Crear el Fondo para las Energías Renovables con el objeto de captar y canalizar recursos para financiar obras de infraestructura de transmisión que contribuyan al cumplimiento de las metas país en la materia. Crear el Instituto Nacional de Electricidad y Energías Limpias, con el objeto de coordinar y realizar estudios y proyectos de investigación científica o tecnológica con instituciones en materia de energía.

2

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

07 de octubre de 2014.

Diputada

Cristina Olvera Barrios

(NA)

Comisión de Energía, para dictamen.

Prever que la Comisión Nacional de Hidrocarburos podrá abstenerse de considerar como candidatos para las licitaciones que lleve a cabo, a las personas físicas o morales con antecedentes en materia de daño ambiental y/o patrimonial. Considerar como causal de revocación de contrato, cuando el contratista resulte responsable durante el ejercicio del contrato, de un procedimiento federal, estatal, municipal o de tribunales internacionales derivado de daños medio ambientales y/o patrimoniales.

3

Que expide la Ley General para la Atención con Dignidad a las Víctimas de Desaparición Forzada, y reforma los artículos 4o. y 10 de la Ley del Registro Nacional de Datos de Personas Extraviadas o Desaparecidas.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

20 de noviembre de 2014.

Diputado

Manuel Rafael Huerta Ladrón de Guevara

(PT)

Comisiones Unidas de Gobernación, y de Seguridad Pública para dictamen, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública, para opinión.

Crear un ordenamiento jurídico con el objeto de obligar a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno, y de los tres Poderes, los organismos autónomos de derechos humanos, así como a cualquier oficina, dependencia, organismo o institución pública o privada con funciones de seguridad pública o privada, para declarar y proporcionar información, documentos, ayuda, asistencia y colaboración más amplia en la investigación del paradero de personas desaparecidas. Crear la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, que tendrá por objeto atender la denuncia de hechos relacionados con la desaparición de personas ocurridas en el país y coadyuvar en la investigación ministerial sobre el paradero o ubicación de cada una de ellas.

4

Que reforma los artículos 105, 112 y 114 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

25 de noviembre de 2014.

Dip.

José Francisco Coronato Rodríguez

(MC)

Comisión de Justicia, para dictamen.

Establecer que los servidores públicos del Poder Judicial tendrán que acreditar los exámenes y evaluaciones de confianza correspondientes, los cuales serán de carácter permanentes y obligatorios. Establecer que el ingreso y promoción para las categorías de magistrado de circuito y juez de distrito se realizará a través de concurso interno de oposición y oposición libre, siempre y cuando se hayan presentado y acreditado los exámenes de control de confianza, mismos a los que se someterán periódicamente en las fechas en que el Sistema Nacional de Seguridad Pública determine.

5

Que reforma los artículos 74 y 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

27 de noviembre de 2014.

Diputado

Felipe Arturo Camarena García

(PVEM)

Comisión de Puntos Constitucionales, para dictamen.

Establecer que no podrá haber recursos para cubrir las compensaciones de quienes han desempeñado el cargo de titular del Ejecutivo Federal o, a falta de éste, a quien en términos de las disposiciones aplicables sea su beneficiario, así como las correspondientes a personal de apoyo. Sólo se incluirán los recursos que se asignan a la compensación que se otorga al personal militar del Estado Mayor Presidencial. Eliminar el haber de retiro para quienes han desempeñado el cargo de Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

6

Que Reforma el artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

27 de noviembre de 2014.

Dip.

Trinidad Secundino Morales Vargas (PRD)

 

A nombre propio y de los diputados Agustín Miguel Alonso Raya y Amalia Dolores García Medina

(PRD)

Sustituir la alusión a “impuestos” que se hace a las restricciones de los temas de las consultas populares por “Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos”. Establecer un procedimiento en que se otorgue a los peticionarios la garantía de audiencia, previo al resultado de la decisión de la revisión de constitucionalidad de la materia de la consulta. Establecer que cuando el resultado sea vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes deberán reformarse y adicionarse los ordenamientos jurídicos y el Ejecutivo deberá derogar los ordenamientos correspondientes. Asentar que las autoridades competentes en el ámbito de sus atribuciones, deberán derogar sus resoluciones y disposiciones administrativas.

7

Que reforma los artículos 21, 115 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y adiciona el artículo transitorio décimo octavo del decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia político-electoral, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

25 de noviembre de 2014.

Dip.

José Guillermo Anaya Llamas

(PAN)

Profesionalizar a los integrantes de las instituciones de seguridad pública, incluyendo la mejora en calidad de vida y aumento de las percepciones. Fortalecer la profesionalización de los miembros de las instituciones de seguridad para establecer un perfil profesional tanto a los policías como a sus mandos así como impulsar y mejorar los procesos de ascenso del servicio de carrera. Garantizar su acceso a las diversas instituciones de seguridad pública. Permitir que las organizaciones de la sociedad civil colaboren en la evaluación, supervisión y control a las instituciones de seguridad pública. Crear una unidad dentro de la Fiscalía General de la República que esté especializada en investigación y persecución a los delitos cometidos por integrantes de las instituciones de seguridad pública en el ejercicio y cumplimiento de sus funciones, cuyo régimen interior gozará de independencia técnica y de gestión.

8

Que reforma el artículo 306 y adiciona el 308 Bis a la Ley General de Salud.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

20 de noviembre de 2014.

Diputado Francisco Javier Fernández Clamont,

(PRI)

Comisión de Salud, para dictamen.

Establecer que la publicidad a que se hace referencia la Ley, se sujetará a que la información contenida en el mensaje sobre calidad, origen, pureza, conservación, propiedades nutritivas y beneficios de empleo deberá ser comprobable, tanto del producto final como de sus insumos y el mensaje deberá tener contenido orientador y educativo, que no induzca al error y que el consumidor pueda inferir que el consumo del producto de referencia sea saludable o, en su caso, no sea nocivo para la salud. Asentar que la publicidad de alimentos y bebidas no alcohólicas, a través de cualquier medio de comunicación, dirigida directa o indirectamente a los menores de edad, se abstendrá del uso de personajes animados o celebridades atractivas a los mismos.

9

Que reforma el artículo 129 de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo XI.

27 de noviembre de 2014.

Diputados integrantes de la Comisión Especial para indagar el funcionamiento de las instancias del gobierno federal relacionadas con el otorgamiento de permisos para juegos y sorteos*

Comisión de Justicia, para dictamen.

Cambiar dentro de la enumeración de casos en los que, de concederse la suspensión del acto reclamado, se considere que se siguen perjuicios al interés social o se contravienen disposiciones de orden público, la alusión a los establecimientos de juegos con apuestas o sorteos para expresarlo como obstaculización de los actos dictados con fundamento en la Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos.

10

Que expide la Ley Federal de Juegos con Apuestas y Sorteos.

 

Publicación en GP:

Anexo XII.

27 de noviembre de 2014.

Comisión de Gobernación para dictamen.

Regular todos los tipos de juegos con apuesta y sorteos que se organicen, oferten, preparen, publiciten, comercialicen o celebren dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, a fin de que se lleven a cabo de forma responsable, segura y salvaguardando el interés social, los derechos fundamentales de los participantes, permisionarios y operadores; garantizar los derechos de los participantes en juegos con apuesta y sorteos, así como los derechos de protección de las niñas, niños, adolescentes, menores de veintiún años, personas con discapacidad mental o psicosocial y quienes padezcan ludopatía; establecer las bases para un ejercicio responsable del juego con apuesta y los sorteos por parte de los permisionarios y operadores, así como señalar sus derechos y obligaciones, y establecer las bases, requisitos y límites para la autorización, el control, la vigilancia, la inspección y la sanción de conductas relativas a todos los tipos de juegos con apuesta y sorteos.

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables, y de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

 

Publicación en GP: Anexo III

17 de septiembre de 2014.

Dip.

Francisco Pelayo Covarrubias

(PAN)*

Comisiones Unidas de Pesca y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para dictamen.

Adicionar los siguientes conceptos: “Regularización”, entendida como la división de un territorio en áreas menores con características comunes, para la planeación ambiental y el otorgamiento de permisos y concesiones para el manejo adecuado de sus recursos; y “Zonas Marítimas Prioritarias”, entendidas como las áreas costeras y oceánicas prioritarias por su alta diversidad biológica. Adicionar a los programas de ordenamiento ecológico marino, las zonas exclusivas de repoblación y reproducción de especies.

12

Que reforma el artículo 113 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

14 de octubre de 2014.

Diputado

Felipe Arturo Camarena García

(PVEM)*

Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, para dictamen.

Facultar a la Contraloría Interna de la Cámara de Senadores, para iniciar y desahogar los procedimientos administrativos en contra de los legisladores federales e imponer la sanción correspondiente.

13

Que reforma el artículo 484 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

04 de noviembre de 2014.

Dip.

Felipe Arturo Camarena García

(PVEM)*

Comisión de Gobernación, para dictamen.

Considerar como faltas graves, el incumplimiento a determinadas obligaciones de los Servidores Públicos.

14

Que reforma el artículo 13 de la Ley del Seguro Social.

 

Publicación en GP:

Anexo IV.

13 de noviembre de 2014.

Diputada

Margarita Saldaña Hernández

(PAN)*

Comisión de Seguridad Social, para dictamen.

Incluir a los artistas intérpretes o ejecutantes, autores y gestores del ámbito de la cultura, en aquellos que voluntariamente podrán ser sujetos de aseguramiento al régimen obligatorio.

15

Que reforma el artículo 56 Bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

20 de noviembre de 2014.

Diputados Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja

(MC)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Responsabilizar a las administradoras de las pérdidas que pudiera haber por los malos manejos que se hagan de los recursos ahorrados.

16

Que reforma el artículo 7o. de la Ley General de Turismo.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

20 de noviembre de 2014.

Diputados

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila

(MC)*

Comisión de Turismo, para dictamen.

Incluir en las tareas de la Secretaría de Turismo, identificar y promover en coordinación con la Secretaría de Salud los destinos especializados en turismo médico nacional, de acuerdo a la especialidad médica, tratamiento y procedimiento quirúrgico, contando en todo momento con la Certificación del Consejo de Salubridad.

17

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

20 de noviembre de 2014.

Diputada

Margarita Saldaña Hernández (PAN)*

Comisión de Relaciones Exteriores, para dictamen.

Incorpora dentro de los vocablos convenidos que utiliza la ley el de “agregado cultural”. Precisa dentro de las actividades que corresponden al Servicio Exterior, que la promoción que este haga del conocimiento de la cultura nacional en el exterior y ampliar la presencia de México en el mundo, será a través de sus agregados culturales. Establece dentro de los casos excepcionales de los candidatos a ingresar a la rama diplomático-consular, que la Comisión de Personal podrá dispensar el requisito de ser menor de 30 años de edad, si a su juicio así lo amerita el perfil académico y profesional del aspirante y que también se podrá otorgar la dispensa a quienes durante el año anterior a la emisión de la convocatoria para el concurso público anual se hayan desempeñado como agregado cultural en las representaciones diplomáticas.

18

Que reforma los artículos 20 y 23 de la Ley para regular las Sociedades de Información Crediticia.

 

Publicación en GP:

Anexo V.

25 de noviembre de 2014.

Dips.

Ricardo Monreal Ávila y Ricardo Mejía Berdeja

(MC)*

Comisión de Hacienda y Crédito Público, para dictamen.

Disminuir de 72 a 12 meses, el tiempo que deben guardar los historiales crediticios las sociedades de información crediticia, para el caso de personas que paguen sus adeudos, para así quedar en posibilidad de solicitar créditos de nueva cuenta.

19

Que reforma y adiciona los artículos 3o. Bis y 51 de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

27 de noviembre de 2014.

Comisión de Trabajo y Previsión Social, para dictamen.

Establecer dentro de las voces usadas en la Ley, el “acoso laboral” o “mobbing”. Establecer esta conducta como causa de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador.

20

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Derechos Lingüísticos de los Pueblos Indígenas.

 

Publicación en GP:

Anexo VIII.

27 de noviembre de 2014.

Diputados

Ricardo Mejía Berdeja y Ricardo Monreal Ávila

(MC)*

Comisión de Asuntos Indígenas, para dictamen.

Promover la importancia de preservar y usar la lengua materna indígena nacional, bajo un contexto de respeto y reconocimiento.

 

 

* Sin intervención en Tribuna.

Turnos de las iniciativas 11 a 20 publicados en el Anexo XIII de la Gaceta Parlamentaria del 27 de noviembre de 2014.

 

 

Regresar

 

 

 

 

Inklusion
Loading