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Comisión de Justicia. Publicación en GP: Anexo X. 27 de noviembre de 2014. |
Que expide la Ley Nacional de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en Materia Penal; se reforman diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales y se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales. Proceso Legislativo: Iniciativa enviada por el Ejecutivo Federal a la Cámara de Senadores el 06 de marzo de 2014. (LXII Legislatura). Dictamen de Primera Lectura con dispensa de Segunda del 03 de septiembre de 2014. Proyecto de decreto aprobado por 90 votos. Pasó a la Cámara de Diputados para los efectos del Apartado A) del artículo 72 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (LXII Legislatura) Minuta recibida el 09 de septiembre de 2014. (LXII Legislatura) Propuesta: Establecer los principios, bases, requisitos y condiciones de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal que conduzcan a las Soluciones Alternas previstas en la legislación procedimental penal aplicable. Los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal tienen como finalidad propiciar, a través del diálogo, la solución de las controversias que surjan entre miembros de la sociedad con motivo de la denuncia o querella referidos a un hecho delictivo, mediante procedimientos basados en la oralidad, la economía procesal y la confidencialidad. |
Se cumple con la Declaratoria de Publicidad (Art. 87 RCD) |