No. |
INICIATIVA |
PROMOVENTE (S) |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma los artículos 7 y 7-A de la Ley Federal de Sanidad Vegetal. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. José Luis Flores Méndez (PRI) |
Comisión de Agricultura y Sistemas de Riego de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Facultar a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para divulgar y aplicar ecotecnologías que disminuyan los riesgos de contaminación en la producción primaria de los vegetales. |
2 |
Que adiciona el artículo 202 TER al Código Penal Federal. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Sen. Mariana Gómez del Campo Gurza (PAN) |
Comisión de Justicia de la Cámara de Senadores. |
Establecer que al que contacte a un menor de edad, a través de Internet, teléfono móvil o cualquier tecnología de la información y comunicación, con el objeto de concertar un encuentro o acercamiento con éste, a fin de abusar sexualmente de él, se le impondrá la pena de siete a doce años de prisión y de ochocientos a dos mil días multa. |
3 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Reglamento de la Cámara de Diputados. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. Trinidad Morales Vargas (PRD) |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Adicionar una sección al Reglamento a efecto de considerar impedimentos, incompatibilidades y responsabilidades parlamentarias. Sancionar con la pérdida de la condición de Diputado Federal, aquél que desempeñe otra comisión o empleo durante su ejercicio sin previa licencia. Establecer que el cargo de Diputado Federal, es sujeto de responsabilidad política y penal, en los términos de diversas legislaciones. |
4 |
Que adiciona un artículo 23 Bis a la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. José Angelino Caamal Mena (NA) |
Comisión de Atención a Grupos Vulnerables de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Facultar a la Secretaría de Economía en coordinación con el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, para impulsar la participación de las personas adultas mayores en el desarrollo de proyectos productivos; así como para contribuir al desarrollo de sus habilidades y aptitudes empresariales. |
5 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. José Rangel Espinoza (PRI)* |
Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Considerar que la atención médica, preferentemente en beneficio de grupos vulnerables, sea proporcionada por las instituciones públicas o privadas sin fines de lucro. Considerar en materia de salubridad general, la discapacidad intelectual. |
6 |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General de Educación Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. José Luis Oliveros Usabiaga (PAN)* |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Incluir dentro de las obligaciones del Estado, el registrar los estudios realizados en el extranjero que cuenten con reconocimiento oficial en sus países de origen. |
7 |
Que reforma el artículo 94 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. Ricardo Mejía Berdeja (MC)* |
Comisión de Derechos de la Niñez de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Establecer que los sistemas nacional, estatales y municipales DIF, acordarán las condiciones básicas para que los espacios de alojamiento o albergues brinden la atención y cuidados adecuados, sin desatender las necesidades de esparcimiento y juego propias a la edad y condiciones de niñas, niños y adolescentes migrantes, evitando por todos los medios posibles un impacto psicológico. |
8 |
Que reforma el artículo 469 Bis de la Ley General de Salud. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Sen. Cristina Díaz Salazar (PRI)* |
Comisión de Salud de la Cámara de Senadores. |
Establecer sanción de dos a ocho años de prisión y multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal. a quien por cualquier medio oculte información para la salud o asiente como ciertos hechos falsos, que pudiera resultar en una afectación grave al patrimonio o los intereses de la Secretaría de Salud. |
9 |
Que reforma los artículos 49, 73 y 80 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Sen. Ángel Benjamín Robles Montoya (PRD)* |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Senadores. |
Eliminar el termino supremo en cuanto a los Poderes de la Federación se Refiere. |
10 |
Que reforma los artículos 106 y 108 de la Ley Federal de Sanidad Animal. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. Salvador Barajas del Toro (PRI)* |
Comisión de Ganadería de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Identificar los términos y funciones de los médicos veterinarios responsables autorizados u oficiales, para el cumplimiento de las disposiciones de sanidad animal. |
11 |
Que reforma el artículo 93 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. Adriana González Carrillo (PAN)* |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Establecer que el Secretario de Gobernación comparecerá ante las comisiones de Gobernación y de Seguridad Pública del Senado de la República y de la Cámara de Diputados, y ante la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional del Congreso de la Unión, dos veces al año, y los funcionarios federales vinculados al tema de Seguridad Nacional, lo harán cuando lo estime conveniente la Comisión Bicameral de Seguridad Nacional. |
12 |
Que reforma el artículo 71 de la Ley General de Desarrollo Social. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. Yesenia Nolasco Ramírez (PRD)* |
Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Establecer como una de las funciones de la Contraloría Social, el vigilar el ejercicio de los recursos públicos y la aplicación de los programas de desarrollo social conforme a la ley y a las reglas de operación, así como vigilar que los apoyos no se utilicen con fines de lucro, políticos, electorales o con fines distintos a los objetivos de los mismos. |
13 |
Que reforma los artículos 3o. y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 84 del Código Penal Federal. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Sen. Luz María Beristain Navarrete (PRD)* |
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia de la Cámara de Senadores. |
Establecer que el estado contará con un sistema adecuado para garantizar el acceso a la educación de los individuos que se encuentran compurgando pena privativa de libertad, e incluir dentro de los derechos de toda persona imputada el acceso a la educación. Estableciendo la obligatoriedad de la asistencia a cursos de alfabetización y educación primaria y secundaria será obligatoria para los sentenciados que no han obtenido estos beneficios. |
14 |
Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social y de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. Valentín Maldonado Salgado (PRD)* |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Definir el trabajo forzoso, obligatorio o esclavo, para facilitar su erradicación; establecer como riesgo de trabajo las afectaciones físicas y psicológicas que sufran los trabajadores a causa de ello; determinar como prioritario, la detección y combate del trabajo forzado; prever el trabajo forzoso como causa de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador. |
15 |
De decreto, para declarar el 14 de junio de cada año como Día Nacional de la Seguridad Sanguínea y del Donante de Sangre. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Sen. Luz María Beristain Navarrete (PRD)* |
Comisión de Gobernación de la Cámara de Senadores. |
Establecer el 14 de junio de cada año como Día Nacional de la Seguridad Sanguínea y del Donante de Sangre. |
16 |
Que reforma el artículo 66 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Dip. Verónica Juárez Piña (PRD)* |
Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, para dictamen. |
Extender al 31 de mayo, la fecha límite para la clausura del segundo periodo de sesiones ordinarias del Congreso de la Unión. |
17 |
Que reforma los artículos 101 y 105 de la Ley de Ahorro y Crédito Popular. Publicación en GP: Anexo VII. 21 de enero de 2015. |
Sen. Mario Delgado Carrillo (PRD)* |
Comisión de Hacienda y Crédito Público de la Cámara de Senadores. |
Incrementar el Fondo de protección de las sociedades financieras populares estableciendo su integración mediante cuotas ordinarias que deberán cubrir las Sociedades Financieras Populares. Dicho fondo aplicará siempre que sea por causas imprevistas. Si se trata de conducta dolosa se cubrirá la totalidad de los depósitos de dinero de cada ahorrador. |