Relativo a la vacante del Diputado del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional de la Cámara de Diputados de la LXII Legislatura. Acuerdo: PRIMERO. En razón de que los ciudadanos Jesús Murillo Karam y José Alberto Rodríguez Calderón, diputados federales propietario y suplente, respectivamente, del Partido Revolucionario Institucional, electos en la Quinta Circunscripción, Plurinominal, han solicitado licencia para ejercer el cargo de diputado federal de la LXII Legislatura, se considera vacante dicha fórmula, por lo que resulta necesario actuar conforme a lo previsto en el artículo 63 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que a la letra dice lo siguiente: “…la vacante de la Cámara de Diputados, electos por el principio de representación proporcional, será cubierta por la fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido,…” Así como, de conformidad con lo señalado en el artículo 23 numeral 3 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales que a la letra dice lo siguiente: “3. Las vacantes de miembros propietarios de la Cámara de Diputados electos por el principio de representación proporcional deberán ser cubiertas por los suplentes de la fórmula electa respectiva. Si la vacante se presenta respecto de la fórmula completa, será cubierta por aquella fórmula de candidatos del mismo partido que siga en el orden de la lista regional respectiva, después de habérsele asignado los diputados que le hubieren correspondido.” De igual forma el artículo 11 del Reglamento de Cámara de Diputados establece: 1. Las vacantes de diputados o diputadas electos por el principio de mayoría relativa o representación proporcional, se cubrirán conforme a lo dispuesto en la Constitución, en sus artículos 63, primer párrafo y 77, fracción IV. SEGUNDO. Dese cuenta al Instituto Nacional, a efecto de que dicho órgano de gobierno informe a esta Soberanía de la fórmula de candidatos que siga en el orden de la lista regional de la Quinta Circunscripción Plurinominal del Partido Revolucionario Institucional, para efecto de que los miembros de dicha fórmula puedan ser llamados a ocupar el cargo de diputado federal de la LXII Legislatura. TERCERO. Notifíquese a los ciudadanos Jesús Murillo Karam y José Alberto Rodríguez Calderón. CUARTO. Comuníquese a los Grupos Parlamentarios representados en la LXII Legislatura de la Cámara de Diputados. |