No. |
INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma diversas disposiciones de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral. Publicación en GP: 30 de junio de 2015. |
Dip. Juan Pablo Adame Alemán (PAN) A nombre del Dip. José Luis Oliveros Usabiaga (PAN) |
Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados. |
Ampliar el plazo de cuatro a diez días para la presentación de los medios de impugnación, con excepción al juicio de revisión constitucional electoral. |
2 |
Que adiciona los artículos 32 Bis y 32 Ter a la Ley Federal del Trabajo, un artículo 6° a la Ley Reglamentaria del artículo 5° Constitucional, relativo al ejercicio de las profesiones en el Distrito Federal y el artículo 45 a la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. Publicación en GP: 30 de junio de 2015. |
Sen. Dolores Padierna Luna (PRD) |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, y de Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores. |
Establecer que los contratos y las relaciones de trabajo entre los periodistas y los medios de comunicación deberán contener explícitamente el contenido y alcance de la cláusula de conciencia periodística; facultar a los periodistas para invocar la cláusula de conciencia periodística para solicitar que el patrón modifique, revoque o cambie la práctica que generó que el periodista hiciera uso de ella y eximir de responsabilidad contractual y laboral al periodista que la use, en la terminación de la relación con su medio de comunicación. Establecer que se privilegiará el ejercicio de los derechos que mayor beneficio impriman a la sociedad en caso de conflicto de intereses entre una empresa de comunicación y el ejercicio de los derechos de libertad de expresión y de información de los periodistas. Promover el reconocimiento de la cláusula de conciencia periodística como medida de prevención efectiva que salvaguarde la integridad intelectual de los periodistas y su independencia editorial. |
3 |
Que adiciona los artículos 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51, 52, 53 y 58 y un capítulo V "De las Zonas de Monumentos Arqueológicos" de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos. Publicación en GP: 30 de junio de 2015. |
Sen. Luis Armando Melgar Bravo (PVEM)* |
Comisiones Unidas de Cultura, y de Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores. |
Restringir las construcciones alrededor de las zonas arqueológicas, mediante la creación de un perímetro alrededor de las superficies que buscan ser consideradas de protección. |
4 |
Que adiciona el artículo 9º bis y se reforma la fracción XI del artículo 28 de la Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores, en materia de garantía de los derechos a la vida y a la integridad en asilos, albergues o centros de cuidado y atención similares. Publicación en GP: 30 de junio de 2015. |
Sen. Marco Antonio Blásquez Salinas (PT)* |
Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, y de Estudios Legislativos, Segunda, de la Cámara de Senadores. |
Garantizar la seguridad de las personas adultas mayores en asilos, albergues o estancias poniéndolas a salvo de ataques por parte del personal que les tiene bajo su cuidado y establecer visitas de inspección al menos cada tres meses. |
5 |
Que reforma y adiciona diversos artículos de la Ley General de Educación. Publicación en GP: 30 de junio de 2015. |
Dip. Enrique Cárdenas del Avellano (PRI) |
Comisión de Educación Pública y Servicios Educativos de la Cámara de Diputados. |
Establecer dentro de las atribuciones concurrentes de las autoridades educativas federal y locales el proporcionar por cada ciclo escolar un paquete de útiles escolares gratuitos, determinados a partir de la lista oficial de materiales y útiles escolares aprobada y publicada anualmente por la autoridad competente a los educandos inscritos en las escuelas públicas del país, en los niveles de preescolar, primaria y secundaria. Asentar que para esos efectos se considerará a los alumnos inscritos en el nivel preescolar, los centros de desarrollo infantil y estancias infantiles dependientes de los gobiernos locales; así como los alumnos de educación especial inscritos en los centros de atención múltiple, las unidades de servicios de apoyo a la escuela regular y los centros de recursos, información e innovación para la integración educativa. |
6 |
Que adiciona diversos artículos de la Ley General de Turismo. Publicación en GP: 30 de junio de 2015. |
Dip. Gloria Bautista Cuevas (PRD) |
Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados. |
Adicionar un capítulo a la Ley denominado “De las rutas patrimoniales interculturales”, con el objeto de promover y difundir el valor histórico de aspectos culturales, ambientales y comunitarios de espacios destinados al conocimiento, investigación, esparcimiento, disfrute y fomento turístico, en el cual las poblaciones y comunidades anfitrionas sean las principales beneficiadas. |
7 |
Que se reforman y adicionan diversas disposiciones a la Ley General de Asentamientos Humanos. Publicación en GP: 30 de junio de 2015. |
Dip. María Sanjuana Cerda Franco (NA)* |
Comisión de Desarrollo Urbano y Ordenación Territorial de la Cámara de Diputados. |
Incluir la participación ciudadana en la vigilancia del cumplimento de los instrumentos, leyes y normas que regulan la ocupación del territorio urbano mediante la denuncia. |
8 |
Que reforma el artículo 79 del Reglamento de la Cámara de Diputados. Publicación en GP: 30 de junio de 2015. |
Dip. Graciela Saldaña Fraire (PRD)* |
Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias de la Cámara de Diputados. |
Considerar como materia de proposiciones con punto de acuerdo, las solicitudes de información a una dependencia gubernamental. |
9 |
Que adiciona el artículo 53 a la Ley Coordinación Fiscal. Publicación en GP: 30 de junio de 2015. |
Sen. Ángel Benjamín Robles Montoya (PRD)* |
Comisiones Unidas de Hacienda y Crédito Público, y de Estudios Legislativos, Primera, de la Cámara de Senadores. |
Adicionar como objeto de responsabilidad administrativa y penal, el retraso en la entrega de los recursos correspondientes a las aportaciones federales por parte de las dependencias y las entidades de la administración pública federal a los estados, los municipios y el Distrito Federal, siempre que dicho retraso no sea por causas ajenas a los servidores públicos correspondientes. |